Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 1108
Plan Estratégico de Subvenciones del año 2019 del Ayuntamiento de Inca
Plan Estratégico de Subvenciones del año 2019 del Ayuntamiento de Inca con el texto siguiente:
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2019
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, motivo por el cual todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones tienen que aprobar su Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente.
Hay que tener en cuenta la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que establece que los planes y los programas relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstas en normas legales o reglamentarias tienen la consideración de planes estratégicos de subvenciones y en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor del mismo (25 de octubre de 2006), los planes estratégicos de subvenciones o de los planes y programas sectoriales vigentes se adaptarán a aquello establecido en el mismo.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, afecta de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este aspecto, una mayor información sobre las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que puedan afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, en la Legislación se prevé que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones - instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad púbica - con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Por eso, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, el articulado del cual figura a continuación.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.
El establecimiento de subvenciones por parte de este Ayuntamiento durante el periodo de 2019 se ajustará a aquello que prevé este Plan.
Articulo 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá de la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Articulo 3.
El establecimiento efectivo de las subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, hecho por el cual las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.
Articulo 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de ningún derecho en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir ninguna indemnización o compensación en caso de que el Plan no se traiga a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II
BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERAN SUBVENCIONES
Articulo 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de objetivos públicos atribuidos a la competencia local.
Articulo 6.
El Ayuntamiento establece para el año 2019 los siguientes objetivos estratégicos:
1.- Fomento de la cultura: Música, cultura popular, mantenimiento y conservación del cultural del municipio.
2.- Mejorar la calidad educativa.
3.- Ayudar a las familias para cobrar los gastos de material escolar y libros de texto.
4.- Fomento del deporte: Prácticas deportivas, asociacionismo deportivo.
5.- Acción social: Apoyo económico a personas necesitadas, a familias con menores en situación de riesgo, asociacionismo y participación ciudadana.
6.- Fomento de la actividad empresarial y del trabajo.
7.- Fomento de la actividad rural y el campesinado.
El anexo I recoge de forma detallada las distintas líneas de actuación de los objetivos estratégicos.
CAPÍTULO III
CONTROL Y EVALUACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
Articulo 7.
El regidor de cada área gestora efectuará el control del cumplimiento de este Plan durante su periodo de vigencia.
Una vez al año, como mínimo, el regidor de cada área gestora tiene que presentar ante el Pleno una actualización de los planes en una Memoria en la que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y la eficiencia del otorgamiento de subvenciones en la consecución de los objetivos y los efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO AÑO 2019
(Articulo 8 de la Lei 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)
1.- Objetivo estratégico: FOMENTO DE LA CULTURA
2.- Objetivo estratégico: MEJORAR LA CALIDAD EDUCATIVA
3.- Objetivo estratégico: AYUDAR A LAS FAMILIAS PARA CUBRIR LOS GASTOS DEL MATERIAL ESCOLAR
Y LIBROS DE TEXTO
4.- Objetivo estratégico: FOMENTO DEL DEPORTE
5.- Objetivo estratégico: ACCIÓN SOCIAL
6.- Objetivo estratégico: FOMENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y DEL COMERCIO.
7.- Objetivo estratégico: ACTIVIDAD RURAL Y CAMPESINADO.
8.- Objetivo estratégico: PRÁCTICAS DEPORTIVAS Y ASOCIACIONISMO DEPORTIVO
Partida presupuesto |
Área gestora |
Beneficiario |
Objetivo Estratégico |
Finalidad |
Objetivo |
Importe |
Fuente financiamiento |
2311.48920 |
Servicios sociales |
Caritas |
Acción social |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte económico personas necesitadas |
100.000,00 |
Propios |
2311.48924 |
Servicios sociales |
Dentistas sobre ruedas |
Acción social |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte económico personas necesitadas |
3.000,00 |
Propios |
2312.48800 |
Entidades sociales |
Fondo Mallorquín Solidaridad |
Acción social |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte económico personas necesitadas |
20.000,00 |
Propios |
2312.48904 |
Entidades sociales |
Patronato Joan XXIII |
Acción social |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Soporte discapacitados |
12.000,00 |
Propios |
2312.48905 |
Entidades sociales |
Proyecto Joven |
Acción social |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Integración personas jóvenes |
21.000,00 |
Propios |
2312.48906 |
Entidades sociales |
Proyecto Hombre |
Acción social |
Dley 2/2014 de Baleares de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 7/1985. |
Integración personas drogodependientes |
3.600,00 |
Propios |
330.48901 |
Cultura |
Fundación Teatro Principal |
Fomento de la Cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Art 25.n. |
Soporte música |
50.000,00 |
Propios |
330.48910 |
Cultura |
Unión Musical Inquera |
Fomento de la Cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Art 25.n. |
Soporte música |
66.000,00 |
Propios |
330.78100 |
Cultura |
Fundación Teatro Principal |
Financiamiento obra |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte música |
444,877,31 |
Propios |
339.48912 |
Juventud |
Grupo Educativo Ambiental |
Fomento cultura |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. Art 25.n. |
Soporte asociaciones educativas |
15.000,00 |
Propios |
341.48935 |
Deportes |
Club deportivo Constancia |
Fomento del deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deportes |
50.000,00 |
Propios |
341.48936 |
Deportes |
Club deportivo Juventud Constancia |
Fomento del deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deportes |
95.000,00 |
Propios |
341.48937 |
Deportes |
Club basquet Sa Creu |
Fomento del deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deportes |
20.000,00 |
Propios |
341.78003 |
Deportes |
Club deportivo Constancia |
Fomento del deporte |
Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. |
Soporte deportes |
65.000,00 |
Propios |
Inca, 6 de febrero de 2019
El Alcalde
Virgilio Moreno Sarrió