Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 1107
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2019 de modificación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017 por el que se establecen los colectivos de personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico exceptuados de la suspensión de la concesión de gratificaciones por razón de la prestación de servicios extraordinarios fuera del horario o la jornada habituales de trabajo
El 4 de febrero de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) n.º 15 el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017 por el que se establecen los colectivos de personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico exceptuados de la suspensión de la concesión de gratificaciones por razón de la prestación de servicios extraordinarios fuera del horario o la jornada habituales de trabajo.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017 también dispone que el devengo de las correspondientes gratificaciones a favor del personal funcionario integrado en dichos colectivos requiere, en todo caso, que el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o de la entidad instrumental motive la imposibilidad material de la compensación de los servicios extraordinarios con tiempo de descanso, y que se cumplan el resto de trámites que, con dicha finalidad, establece el Decreto 85/1990, de 20 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo de los funcionarios al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Este acuerdo se modificó mediante los siguientes acuerdos:
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de marzo de 2017 (BOIB n.º 30, de 11 de marzo).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de julio de 2017 (BOIB n.º 83, de 8 de julio).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de octubre de 2017 (BOIB n.º 132, de 28 de octubre).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de noviembre de 2017 (BOIB n.º 141, de 18 de noviembre).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2018 (BOIB n.º 25, de 24 de febrero).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de abril de 2018 (BOIB n.º 49, de 21 de abril).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2018 (BOIB n.º 114, de 15 de septiembre).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 2018 (BOIB n.º 123, de 6 de octubre).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2018 (BOIB n.º 127, de 13 de octubre).
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de noviembre de 2018 (BOIB n.º 141, de 10 de noviembre).
Mediante una resolución de 27 de agosto de 2018, que se publicó en el BOIB n.º 107, de 30 de agosto, el consejero de Territorio, Energía y Movilidad convocó las ayudas del año 2018 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. El artículo 24.1 de esta resolución establece que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda será el órgano instructor del procedimiento de concesión de las ayudas que prevé la resolución, mediante la colaboración del Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) en cuanto a las funciones materiales y técnicas derivadas de la instrucción o la gestión de estas ayudas, de acuerdo con el artículo 23 de esta resolución.
El Plan Estatal de Vivienda 2012-2016 preveía 12,9 millones de euros para las Illes Balears, mientras que el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 ha previsto 34,6 millones de euros. Este aumento incrementa el trabajo de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda en cuanto a la tramitación de las correspondientes ayudas. Además, se ha producido un incremento del número de solicitudes del año 2018 en relación con las del año 2017.
En cuanto a la instrucción de las solicitudes de ayudas del año 2018, en estos momentos el IBAVI está llevando a cabo la revisión de las 4.840 solicitudes presentadas, lo que significa que, en breve, la Dirección General de Arquitectura y Vivienda deberá continuar su tramitación.
Por otra parte, de acuerdo con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación ejerce, mediante la Dirección General de Menores y Familias, las competencias en aplicación de medidas de justicia juvenil, ordenación de la protección de menores, políticas de promoción y apoyo a las familias y unidades de convivencia, reinserción social y atención a las víctimas del delito.
La Dirección General de Menores y Familias en el mes de octubre del año 2017 encomendó al Servicio de Informática y Calidad de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación la elaboración de una nueva versión de la aplicación informática de gestión de expedientes de menores infractores llamada GEXMEN 1, vigente desde el año 2004, con el fin de resolver los múltiples e importantes problemas y deficiencias que contiene la referida aplicación informática, utilizada hasta el 31 de diciembre de 2018.
Durante el año 2018, el Servicio de Informática y Calidad desarrolló una nueva versión de la aplicación informática de gestión de expedientes de menores llamada GEXMEN 2, que da respuesta a las necesidades antes planteadas que no resolvía el GEXMEN 1.
El proceso de implementación conlleva una elevada complejidad derivada de que la migración de datos del GEXMEN 1 al GEXMEN 2 se debe hacer de forma manual, ya que no es posible hacerla de forma automática o semiautomática, dado que no tienen nada que ver las estructuras de datos del nuevo sistema (valores codificados) con las del anterior (el mismo hecho o dato se ha introducido de maneras muy diferentes), y se estima que la migración automática propiciaría muchos errores y no podría garantizar la fiabilidad de los datos migrados. Para realizar la mencionada migración, es necesario que el personal del equipo de apoyo administrativo del Servicio de Ejecución de Medidas de Justicia Juvenil de la Dirección General de Menores y Familias realice horas extraordinarias.
Por estos motivos, y dado que la posibilidad de llevar a cabo la compensación de horas extraordinarias de trabajo con tiempo de descanso resulta incompatible con las necesidades del servicio respectivo, se considera conveniente modificar el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017, con el fin de incorporar el personal funcionario adscrito a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad encargado de la tramitación de las ayudas del año 2018 para el alquiler de viviendas, y también el personal del equipo de apoyo administrativo del Servicio de Ejecución de Medidas de Justicia Juvenil de la Dirección General de Menores y Familias de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación en relación con las tareas para llevar a cabo la migración de datos de la aplicación informática GEXMEN 1 al GEXMEN 2.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, en la sesión de 8 de febrero de 2019 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. Modificar el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 2017 por el que se establecen los colectivos de personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico exceptuados de la suspensión de la concesión de gratificaciones por razón de la prestación de servicios extraordinarios fuera del horario o la jornada habituales de trabajo, en el punto primero, que queda redactado de la siguiente manera:
Facultativos superiores, facultativos técnicos y agentes de medio ambiente con funciones de extinción de incendios.
Personal adscrito al Departamento de Emergencias de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en relación, exclusivamente, con la prevención, la gestión y la dirección de emergencias.
Personal adscrito al Gabinete de la Presidencia.
Chóferes de la presidenta y de los consejeros.
Personal adscrito a la Dirección General de Desarrollo Tecnológico con funciones de operativa y mantenimiento de la red y de los sistemas informáticos corporativos.
Personal adscrito a la Dirección General de Salud Pública y Participación con funciones de inspección o laboratorio.
Personal facultativo superior que tiene funciones relacionadas con el Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública y Participación, solo en los casos en que se haya declarado un caso de alerta sanitaria y durante el tiempo que dure.
Personal adscrito a la Agencia Tributaria de las Illes Balears en relación, exclusivamente, con los servicios efectivos prestados en la campaña Renta Ágil durante los meses de mayo, junio y julio de cada año.
Personal de Puertos de las Illes Balears adscrito a los siguientes servicios:
a) El servicio de practicaje que tenga que realizar el personal que presta sus servicios como práctico, patrón y/o marinero de la embarcación del servicio fuera del horario o jornada habitual establecidos en la planificación aprobada, por complicaciones derivadas de operativas de los barcos.
b) La prestación de los servicios extraordinarios fuera del horario o jornada habituales de trabajo, de acuerdo con la planificación aprobada, que tenga que realizar el personal que presta sus servicios en los puertos comerciales por complicaciones derivadas de las operativas de los barcos de líneas regulares (Ciutadella y Sant Antoni de Portmany) o cruceros debidamente autorizados.
c) La prestación de los servicios extraordinarios fuera del horario o jornada habituales de trabajo en los puertos de gestión directa que se realicen para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, y los que se realicen por motivos de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
d) La prestación de servicios extraordinarios fuera del horario o jornada habituales de trabajo para realizar inspecciones, comprobaciones o denuncias relativas a ocupaciones de la zona del servicio del puerto en horario nocturno, a partir de las 22 horas, con motivo de eventos y actividades de terceros previamente autorizados por Puertos de las Illes Balears que obliguen a prolongar la jornada y que requieran la presencia física de personal en el puerto para llevar a cabo funciones de control y vigilancia de la actividad autorizada.
Personal de la Escuela Balear de Administración Pública y de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas que forme parte del Servicio de Selección y Provisión o le preste apoyo, en relación, exclusivamente, con los servicios efectivos prestados durante la preparación y el desarrollo del proceso selectivo correspondiente a las ofertas públicas de los ejercicios de 2014, 2015, 2016 y 2017.
Personal funcionario de la Consejería de Educación y Universidad en relación, exclusivamente, con las tareas de baremación e introducción de datos para actualizar el Registro general de actividades de formación permanente del profesorado de las Illes Balears que deriven de las convocatorias de bolsas de personal interino.
Personal técnico de prevención de riesgos laborales adscrito a la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria solo en los casos en que son requeridos por el Centro de Emergencias 112 para investigar accidentes laborales muy graves, graves, múltiples y mortales.
Personal adscrito a la Dirección General de Planificación y Servicios Sociales y a la Dirección General de Dependencia de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación que lleva a cabo funciones relacionadas exclusivamente con la gestión y la tramitación de la renta social garantizada y de las prestaciones de dependencia y no contributivas.
Personal adscrito al Servicio de Atención a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.
Personal funcionario adscrito al Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears en relación con las tareas para llevar a cabo el Plan de Actuación para la Ampliación de la Red Pública de Servicios Sociales 2017-2020.
Personal adscrito al Servicio de Inspección del Transporte Terrestre de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad.
Personal funcionario adscrito al Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos que se designe para llevar a cabo cada uno de los proyectos de ejecución del Plan de Infraestructuras Educativas 2016-2023.
Personal funcionario adscrito a las oficinas de atención al público del Servicio de Ocupación de las Illes Balears durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de cada año.
Personal funcionario de la Administración autonómica y de los entes del sector público instrumental autonómico que se designe para llevar a cabo tareas de recuperación y resarcimiento de los daños producidos por las fuertes lluvias producidas el 9 de octubre de 2018.
Personal funcionario adscrito al Servicio de Valoración y Orientación a la Discapacidad y la Dependencia de la Dirección General de Dependencia de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación en relación solo con las tareas que se lleven a cabo desde el 1 de noviembre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019, ambos incluidos.
Personal funcionario adscrito a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad encargado de la tramitación de las ayudas del año 2018 para el alquiler de viviendas.
Personal del equipo de apoyo administrativo del Servicio de Ejecución de Medidas de Justicia Juvenil de la Dirección General de Menores y Familias de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación en relación con las tareas para llevar a cabo la migración de datos de la aplicación informática GEXMEN 1 al GEXMEN 2.
Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 8 de febrero de 2019
La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra