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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 1089
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 6 de febrero de 2019 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB nº 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, con respecto a determinadas líneas de ayudas que tiene que gestionar la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Universidad, concretamente las previstas al Objetivo VI,  Acceso a la enseñanza y a la cultura.

En este sentido, la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> mencionada propone incluir una nueva convocatoria dentro de la línea de subvenciones correspondiendo al objetivo VI.2, fomento del aprendizaje de lenguas extranjeras, dado que en fecha 11 de enero de 2019 ha firmado un  Convenio de colaboración con el Goethe Institut de Barcelona y en la cláusula tercera de este Convenio se prevén unas ayudas dirigidas al profesorado de alemán de centros educativos sostenidos con fondos públicos para realizar cursos de lengua y metodología en Alemania durante el verano de 2019, las cuales no estaban previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2018-2020.

Por otra parte, con respecto a la convocatoria VI.2.2 de ayudas para el alumnado para el aprendizaje de lenguas extranjeras, incluida en la línea relativa al fomento del aprendizaje de lenguas extranjeras, también es conveniente actualizar los importes de las ayudas con el fin de adaptarlos a la nueva realidad presupuestaria prevista para el ejercicio 2019.

3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan<A[Plan|Plano]> Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

 

OBJETIVO VI

ACCESO A LA ENSEÑANZA Y A LA CULTURA

VI.2. Fomento del aprendizaje de lenguas extranjeras

Allí donde dice:

VI.2.2

Dirección general o entidad: Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: ayudas para el alumnado de las Illes Balears para el aprendizaje de lenguas extranjeras

Objetivos y efectos: mejorar la adquisición de destrezas de comprensión y expresión oral y escrita en lenguas extranjeras

Coste: 250.000 €

Convocatoria: anual

 

 

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

Tiene que decir:

VI.2.2

Dirección general o entidad: Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: ayudas para el alumnado de las Illes Balears para el aprendizaje de lenguas extranjeras

Objetivos y efectos: mejorar la adquisición de destrezas de comprensión y expresión oral y escrita en lenguas extranjeras

Coste: 300.000 €

Convocatoria: anual

 

 

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

- Se añade una nueva línea, en el sentido siguiente:

VI.2.3

Dirección general o entidad: Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: ayudas para el profesorado de las Illes Balears para la actualización lingüística y metodológica en lenguas extranjeras

Objetivos y efectos: mejorar la adquisición de destrezas de comprensión y expresión oral y escrita y metodología en lenguas extranjeras del profesorado

Coste: 15.000 €

Convocatoria: anual

 

 

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 6 de febrero de 2019

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas Catalina Cladera Crespí