Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 1055
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de la ayuda « transformación y la comercialización de productos agrícolas » de fecha 12 de diciembre de 2018, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA)
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para la transformación y la comercialización de productos agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
El expediente ha sido tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, en fecha 12 de diciembre de 2018, firmó la siguiente resolución:
“RESOLUCION DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida: 4.2 Inversiones en transformación, comercialización y / o desarrollo de productos agrícolas
Convocatoria: 2017_1
Grupo: ITC2017_1-4-RES
Antecedentes
Fundamentos de derecho
Propuesta de resolución de concesión
Por todo ello se informa favorablemente i propongo al rpesidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo I, que son un total de 2 expedientes y que comienza con VINYES MORTIX SA y termina con FRANJA ROJA SL, Que suma un importe total de 61.645,84 euros, relativa a la línea de ayuda "Transformación y comercialización de productos agrícolas desde 2015 hasta 2019".
2. Autorizar y disponer el gasto señalada en cada uno de los beneficiarios con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo I.
3. Determinar que, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el Anexo II.
4. Notificar la resolución a cada uno de los beneficiarios del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 25 de octubre de 2018
El/la gestor de la línea |
El/la jefe de la Secció I |
Maria Victoria Toledo Molina |
María Ángeles Pérez Ribas |
El/ La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural |
El vicepresidente del FOGAIBA en fecha 12 de diciembre de 2018 |
Isidre Cañellas Simonet |
Mateu Ginard i Sampol |
ANNEXO I
RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA
Solicitante |
NIF |
Num. exp. |
Inversión elegible |
TOTAL |
% Aj. |
Importe concedido |
Cofinanciación |
Plazo ejecución |
Anualidad |
|||||
Maquinaria |
Bienes Inmuebles |
Intangibles |
Honorarios |
CAIB (32.9%) |
FEADER (53.0%) |
AGE (Fega) (14.1%) |
||||||||
VINYES MORTITX SA |
A57085300 |
ITC2017_1/050 |
0,00 |
43.510,00 |
0,00 |
0,00 |
43.510,00 |
40.0 |
17.404,00 |
5.725,92 |
9.224,12 |
2.453,96 |
6 mesos |
2019 |
FRANJA ROJA SL |
B57539249 |
ITC2017_1/052 |
0,00 |
102.376,00 |
8.228,60 |
0,00 |
110.604,60 |
40.0 |
44.241,84 |
14.555,56 |
23.448,18 |
6.238,10 |
12 mesos |
2019 |
TOTALES |
61.645,84 |
20.281,48 |
32.672,30 |
8.692,06 |
Palma, 25 de octubre de 2018
El/la gestor de la línia |
El/la jefe de la Sección I |
El/la jefe del Servicio de ayudas al Desarrollo Rural |
El vicepresidente del FOGAIBA a fecha 12 de diciembre de 2018 |
Maria Victoria Toledo Molina |
María Ángeles Pérez Ribas |
Isidre Cañellas Simonet |
Mateu Ginard i Sampol” |
ANEXO II
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
Adoptar las medidas necesarias para proporcionar información al público y dar publicidad.
Realizar y justificar las inversiones o actividades auxiliadas en el plazo establecido en la concesión de la ayuda
Aportar los justificantes necesarios para la comprobación de los datos incluidos en la solicitud, así como facilitar toda la documentación complementaria requerida para acreditar los requisitos exigidos.
Cumplir los requisitos de compromiso establecidos en la normativa vigente y facilitar y aceptar, en su caso, la realización de controles administrativos e inspecciones sobre el terreno que la autoridad competente considere necesarios, para verificar que se cumplen las condiciones reglamentarias para la concesión de la ayuda.
Devolver las cantidades indebidamente recibidas por estas ayudas, si así lo solicita la autoridad competente, incrementadas en su caso por el interés legal aplicable.
Disponer de todos los permisos necesarios para desarrollar la actividad.
Realizar, pagar y justificar las inversiones o actividades auxiliadas en el plazo establecido en la concesión de la ayuda.
Facilitar la realización de controles, tanto administrativos como sobre el terreno, que la autoridad considere necesarios para verificar que se cumplen las condiciones reglamentarias para la concesión de las ayudas.
Mantener las inversiones realizadas durante al menos cinco años a contar desde la fecha de pago de la ayuda.
Justificar los gastos relacionados con las actuaciones realizadas.
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA
Palma, a 8 de febrero de 2019
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina