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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 848
Aprobación inicial Estudio de Detalle correspondiente a la parcela ubicada en la c/ Xòric, 14 de Torret de Baix

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Texto

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 14 de enero de 2019 adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar inicialmente el Estudio de detalle promovido por el Sr. Luis Barca Mir  y redactado por  el arquitecto Miguel Barca Mir, correspondiente a la parcela ubicada en  c/ Xòric, 14 (parcela 6 - ref. cad. 7784007FE0078S0001IG) de la urbanización de Torret de Baix de Sant Lluís, el objeto del cual es la fijación de la ordenación de volúmenes respecto las rasantes.

Segundo. De acuerdo con el art. 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, someter el estudio de detalle a información pública durante el período de 30 días, mediante la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión de la isla de Menorca y en la sede electrónica del  Ayuntamiento (donde figurará la documentación completa), a efectos de que cualquier persona pueda presentar alegaciones.

Tercero. De acuerdo con el art. 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre,  de urbanismo de las Islas Baleares, solicitar durante el periodo mencionado, informe a las siguientes administraciones, las competencias de las cuales puedan verse afectadas:

1. Al Departamento de Presidencia (Servicio de Ordenación Territorial) del Consell Insular de Menorca, como órgano con competencias urbanísticas a ámbito insular.

2. Instituto Balear de la Mujer del Gobierno de las Islas Baleares, con relación al informe de impacto de género previsto en el art. 5.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

Cuarto. Notificar personalmente el acuerdo de aprobación inicial a los propietarios y demás interesados directamente afectados, comprendidos en el ámbito territorial del Estudio de Detalle.

Quinto. Suspender, de conformidad con el art. 51 de la LUIB, la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y la posibilidad de presentar comunicaciones previas al ámbito objeto del presente estudio de detalle durante el plazo de dos años, o hasta la aprobación definitiva del estudio de detalle. Todo sin perjuicio de que en el plazo de suspensión se pueda ampliar de acuerdo con el régimen previsto en el art. 51 indicado, y con la condición de que mientras dure la suspensión se podrán tramitar los instrumentos y otorgar las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y sean compatibles con las determinaciones del estudio de detalle inicialmente aprobado.

El expediente se podrá consultar a la sección «tablón de edictos» en la página web del Ayuntamiento (www.ajsantlluis.org) o en el departamento de urbanismo del Ayuntamiento, Pla de Sa Creu, s/n, en horario laborable de lunes a viernes, de 9 a 13.”

La cual cosa se hace público al objeto que durante el plazo de 30 días los interesados puedan analizar el expediente y presentar, en su caso, reclamaciones o alegaciones.

 

Sant Lluís 1 de enero de 2019

Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís

M. Montserrat Morlà Subirats