Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-
Núm. 858
PalmaActiva.- Anuncio de las bases reguladoras y convocatoria del XVII Concurso de premios a los mejores proyectos empresariales del año 2019. (Publicado extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ID 437818)
Por resolución de gerencia núm. PAC 201900058, de fecha 30 de enero de 2019, se aprobó la convocatoria y las bases reguladoras del XVII Concurso de premios a los mejores proyectos empresariales del año 2019. Se publican las citadas bases para general conocimiento.
Palma, 01 de febrero de 2019
La gerente
Susana Rincón Otero
BASES
1.- Objetivo General
Los “XVII Premios PalmaActiva a los mejores proyectos empresariales” se entregan por concurrencia competitiva y tienen como objetivos:
-Contribuir a la creación de empresas.
-Estimular el crecimiento de la economía local, así como la ocupación que se derive.
2.- Destinatarios
Pueden participar en el concurso las persones físicas mayores de edad y las personas jurídicas. Las personas físicas pueden participar individualmente o en grupo (participación colectiva) y las personas jurídicas lo pueden hacer bajo cualquiera de las formas legalmente previstas en el ordenamiento jurídico. Tanto las personas físicas como las jurídicas pueden tener o no alta censal y de actividad.
Si cuentan con alta censal y de actividad -desarrollan actividad económica-, tanto para las personas físicas como para las jurídicas, esta deberá ser inferior a 3 años de alta censal a contar desde el inicio del plazo para presentar solicitudes de participación indicado en las presentes bases.
La participación se hace mediante la presentación de un "proyecto empresarial”, entendido como un proyecto para desarrollar una idea de negocio para llevar a cabo una actividad económica.
Además, no podrán incurrir en ninguno de los siguientes:
-Sólo se podrá presentar solicitud para participar con un solo proyecto. Si se presentaran solicitudes de participación a más de un proyecto se requerirá al solicitante para que opte por un solo proyecto y participación, y presente la baja a los otros proyectos.
-No podrán participar los proyectos que hayan sido galardonados en anteriores ediciones de este concurso.
-No podrán participar los proyectos que formen parte de la edición en vigor del programa EXPLORER de Santander Universidades y CISE –Centro Internacional Santander Emprendimiento- en el que también participa PalmaActiva (antiguos Premios YUZZ).
3.- Aplicaciones presupuestarias
El crédito total asignado a la presente convocatoria es de 14.350,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 40/43310/48900/00 del presupuesto de PalmaActiva de 2019.
4.- Proyectos elegibles
Se pueden presentar proyectos de empresa sobre cualquier actividad económica lícita relacionada con los sectores emergentes y la economía del conocimiento.
Se considerarán sectores emergentes: el turismo sostenible, la economía social y solidaria y el comercio electrónico, y también todas aquellas actividades que incorporen un alto grado de innovación social o tecnológica a criterio del Jurado.
Se considera economía creativa: el modelo económico donde tienen más peso los activos humanos, sus ideas y creatividad, que las máquinas, para poder ser más competitivos en el mundo de la empresa.
5.- Premios
El concurso está integrado por premios dinerarios y en especie.
Premios dinerarios por importe total de 11.500 €
1.- Mejor proyecto empresarial por importe de 5.000 €
2.- Mejor proyecto emprendedor por importe de 2.000 €
3.- Mejor proyecto de economía social por importe de 2.500 €
4.- Mejor proyecto de mujeres emprendedoras por importe de 2.000 €.
Los proyectos presentados al concurso que no cuenten con alta fiscal y de actividad - ya sean la personas físicas o jurídicas- en la fecha de presentación, optarán a los premios mejor proyecto emprendedor, mejor proyecto de economía social y mejor proyecto mujeres emprendedoras.
Los proyectos presentados al concurso que sí cuenten con alta fiscal y de actividad- ya sean personas físicas o jurídicas- a la fecha de presentación, optaran los premios mejor proyecto empresarial, mejor proyecto de economía social y mejor proyecto mujeres emprendedores.
Los solicitantes participarán -conforme a los párrafos anteriores- en todas las categorías, no eligiendo categoría concreta.
Participarán en la categoría de mujeres emprendedoras los proyectos individuales o los proyectos colectivos sin personalidad jurídica en qué más del 50% de los integrantes sean mujeres. En el supuesto de personas jurídicas, el 50% o más de su capital social debe estar suscrito por mujeres.
Premios en especie:
Junto con el premio dinerario se otorgarán los siguientes premios en especie. La renuncia a uno o todos los premios en especie no comportará la renuncia al premio dinerario. La renuncia al premio dinerario comportará la renuncia a todos los premios en especie.
Para el premiado con el mejor proyecto empresarial:
- 1 año de estancia gratuita para un máximo de 2 personas en el espacio coworking del Centro de Empresas de PalmaActiva, conforme a lo previsto en las bases del Centro. O si el proyecto es de base tecnológica y los promotores lo prefieren, acceso gratuito durante un máximo de 6 meses en el espacio de incubación colaborativa (3a planta del Edificio Disset) del Parc Balear d’Innovació Tecnològica (ParcBit).
- 1 entrada al South Summit que se desarrolle en España en 2019, por importe máximo de 440 €.
- 1 traslado desde Palma a la ciudad española donde se realice el South Summit en 2019, por importe máximo de 140 €.
- Presentación de solicitud de aval de hasta 60.000 € a la sociedad de garantía recíproca ISBA SGR.
Para el premiado con el mejor proyecto emprendedor:
- 1 entrada al South Summit que se desarrolle en España en 2019, por importe máximo de 440 €.
- 1 traslado desde Palma a la ciudad española donde se realice el South Summit en 2019, por importe máximo de 140 €.
Para el premiado con el mejor proyecto de economía social
- 1 entrada al South Summit que se desarrolle en España en 2019 por importe máximo de 440 €.
- 1 traslado desde Palma a la ciudad española donde se realice el South Summit en 2019, por importe máximo de 140 €.
Para el premiado con el mejor proyecto de mujeres emprendedoras:
- 1 entrada al South Summit que se desarrolle en España en 2019 por importe máximo de 440 €.
- 1 traslado desde Palma a la ciudad española donde se desarrolle el South Summit en 2019, por importe máximo de 140 €.
6.- Órganos
Este concurso consta de dos órganos: órgano gestor y comisión evaluadora.
El órgano gestor del concurso es el Área de Promoción Económica y Emprendeduria de PalmaActiva, que llevará a cabo las tareas de registro y admisión de solicitudes, requerimientos de subsanación, comunicaciones y notificaciones y asumirá las funciones de secretaria de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora es un órgano colegiado encargado de la valoración de los proyectos presentados y de elevar propuesta de los ganadores a la gerencia de PalmaActiva para su aprobación definitiva. También, si lo considera, podrá proponer declarar desierta alguna o todas las categorías. Estará integrada por dos técnicos de PalmaActiva junto con diferentes empresarios y responsables de instituciones propuestas por PalmaActiva. Su composición y miembros se publicarán en la web de PalmaActiva.
La gerencia de PalmaActiva presidirá la Comisión Evaluadora y le corresponde la competencia para otorgar los premios. La resolución de otorgamiento de premios pondrá fin a la vía administrativa.
7. Fases del concurso:
7.1 Fase de presentación
Las solicitudes de participación serán para participar en todas las categorías, no debiéndose indicar participación en categoría concreta.
Las solicitudes de participación se presentarán en el registro de PalmaActiva, de la calle Socors, 22 de Palma, en horario de 9 a 14h, de lunes a viernes laborables, o por cualquiera de los medios y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOIB y hasta el 25 de febrero de 2019.
La documentación a presentar en esta fase será la siguiente:
- Instancia-solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada, en el modelo que indique PalmaActiva, y que estará disponible en su web y físicamente en sus oficinas de PalmaActiva de la calle Socors, 22 de Palma. Para las participaciones colectivas, ésta será firmada por el presentante, que será el que representará al grupo de participantes y con quien se realizarán todas las comunicaciones y notificaciones.
- Declaración jurada firmada por cada solicitante, del art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en el modelo que indique PalmaActiva, que estará disponible en su web y físicamente en las oficinas de PalmaActiva de la calle Socors, 22 de Palma.
El órgano gestor comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos de participación y requerirá -en su caso- a los solicitantes que subsanen las deficiencias en el plazo de 10 días hábiles, con apercibimiento de que, en el caso contrario, se considerará que han desistido de su solicitud. El órgano gestor podrá requerir a los solicitantes - si lo considera necesario- para que presenten titulaciones, certificados o autorizaciones administrativas oportunas.
Los solicitantes que se presenten en forma agrupada designarán un representante en su solicitud, que será el representante de la solicitud, indicando su nombre completo y datos de contacto a efectos de notificación. Si así no lo indicaran o los datos fueran erróneos, las comunicaciones se realizarán a la persona de la agrupación indicada en primer lugar.
Una vez presentada la solicitud de participación, no se admitirán la incorporación de nuevos solicitantes a la misma.
Los solicitantes podrán desistir de su solicitud en cualquier momento. En los proyectos colectivos podrán presentar desistimiento o renuncia parte de sus integrantes – hasta la fase de otorgamiento de los premios- sin que ello conlleve la renuncia o baja del proyecto ni del resto de los solicitantes que no han renunciado.
Con el objetivo de facilitar instrumentos para la elaboración del modelo de negocio y redacción del plan de empresa, PalmaActiva llevará a cabo formación específica. La asistencia a la formación es obligatoria.
PalmaActiva publicará el programa y calendario de la formación en la forma habitual en su web.
7.2 Fase formativa
Los promotores de los proyectos deberán realizar un curso sobre creación de empresas hasta un máximo de 40 horas de duración. La fase formativa se iniciará al día siguiente del plazo de finalización de la fase anterior de presentación de proyectos.
La formación presencial se realizará preferentemente en horario de tarde. Los módulos, contenidos y calendarios se publicarán en la página web de PalmaActiva.
La asistencia a esta fase es de carácter obligatorio y se exigirá un mínimo de asistencia del 60% de la formación presencial para poder participar en la fase de premios.
Para contabilizar la asistencia en el caso de proyectos colectivos, al menos uno de los promotores debe obtener el certificado de asistencia del curso.
A la finalización del curso se entregará un certificado de asistencia nominativo para cada alumno participante. Para obtenerlo es necesario acreditar una asistencia mínima del 80% de las clases presenciales.
En ningún caso se emitirá un certificado de aprovechamiento a nombre del proyecto.
Una vez finalizada la fase de formativa de los Premios, los promotores de los proyectos tendrán la posibilidad de recibir dos sesiones de apoyo mediante asesoramiento individualizado mediante el servicio "PalmaActiva Asesora" que les ayudará en la mejora de su plan de empresa. El plazo en el que se podrá solicitar cita será de 15 días hábiles posteriores al inicio de la fase de formación y la duración de las sesiones será de máximo de 45 minutos.
8.- Fase de valoración de proyectos
Los promotores de los proyectos que hayan superado el mínimo de asistencia a la fase de formación podrán participar en la fase de valoración de proyectos, con la siguiente documentación, que se entregará en formato impreso una copia y formato electrónico la otra (WindowsOffice / OpenOffice y soporte USB):
- Plan de empresa del proyecto que se presenta a concurso, en modelo libre que no podrá superar las 40 páginas DINA4 en cuerpo de letra 11. En todo caso, para aquellos participantes que lo deseen, PalmaActiva dispondrá de un modelo de presentación de proyectos que pondrá a su disposición.
- Un resumen ejecutivo de máximo 2 hojas DinA4, cuerpo de letra tamaño 11, en modelo libre. En todo caso, para aquellos participantes que lo deseen, PalmaActiva dispondrá de un modelo de resumen ejecutivo que pondrá a su disposición.
- Un vídeo de presentación del proyecto en formato libre con una duración máxima de 90 segundos.
La presentación se hará en los plazos y las condiciones que establezca el órgano gestor.
La Comisión Evaluadora valorará los proyectos finalistas presentados según los criterios siguientes, cada uno de los cuales puntuará como se indica hasta sumar un máximo de 100 puntos:
1.- Innovación y creatividad del producto o servicio - máximo de 15 puntos
2.- Viabilidad técnica y económica - máximo de 15 puntos
3.- Coherencia global del proyecto - máximo de 15 puntos
4.- Impacto económico y social en el territorio - máximo de 15 puntos
5.- Sostenibilidad medioambiental y social - máximo de 10 puntos
6.- Capacidad de generar ocupación - máximo de 10 puntos
7.- Viabilidad a corto plazo - máximo de 10 puntos
8.- Currículum académico y profesional de los promotores del proyecto - máximo de 10 puntos
La Comisión Evaluadora en el plazo de 30 días naturales desde la finalización del periodo para presentar la documentación de la fase de valoración de proyectos evaluará los proyectos presentados y elevará a la Gerencia de PalmaActiva propuesta de concesión de premios para su resolución definitiva. Las deliberaciones de la Comisión son secretas.
Para cada categoría de premio se elevará propuesta de un proyecto ganador y un proyecto finalista, de forma que si un proyecto premiado a una categoría renuncia o no accede al premio, accederá el finalista de la misma categoría. Si este también renunciase, se declarará la categoría desierta. Igualmente la Comisión Evaluadora podrá proponer la declaración de desierto de una o varias categorías de premio.
Los nombres de los solicitantes y proyectos ganadores se darán a conocer en el acto de entrega de premios como reconocimiento público a todos y cada uno de los emprendedores y emprendedoras participantes.
9. Abono del premio
Los beneficiarios del premio son los promotores solicitantes, empresarios individuales o entidades jurídicas constituidas y los proyectos constituidos, solidariamente. Cuando un proyecto sea premiando, la baja o renuncia de alguno de los solicitantes de un proyecto colectivo comportará la renuncia al premio del resto de integrantes del proyecto que ha sido premiado.
Igualmente ninguno de los solicitantes integrantes de un proyecto premiado se puede dar de baja del mismo hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción previstos en los artículos 67 y 70 de Ordenanza Municipal de Subvenciones.
Para aquellos proyectos que su alta empresarial e inicio de actividad -conforme a lo previsto en el proyecto premiado- no comporte la constitución de una entidad con personalidad jurídica, el abono se realizará a los promotores a partes iguales. Para aquellos proyectos que sí comporte la constitución de una entidad con personalidad jurídica, el abono se hará a esta.
Dentro del plazo máximo de 6 meses siguientes al otorgamiento del premio, para hacer efectivo su cobro los galardonados deberán presentar documentación acreditativa del alta de actividad, que se acreditará mediante:
- En el caso de personas físicas y entidades no mercantiles, con la presentación de instancia–modelo acompañada de copia del alta censal fiscal y alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social u otro equivalente de todos y cada uno de los integrantes del proyecto premiado.
- En el caso de entidades mercantiles, con la presentación de instancia–modelo acompañada del alta de actividad fiscal, de copia de los estatutos y escritura de constitución debidamente inscritos en el registro mercantil -u otro al cual sea preceptiva su inscripción- y alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social u otro equivalente del/los administradores de la misma.
Los premios estarán sujetos a la retención fiscal correspondiente conforme a la normativa en vigor en el momento de su abono.
La concesión de estos premios es compatible con cualquier otro tipo de subvención, premio o ayuda, excepto en lo indicado en el párrafo 2 Destinatarios de esta convocatoria.
10. Obligaciones e incumplimientos de los beneficiarios
Son obligaciones de los beneficiarios de los premios:
a) Comunicar al órgano gestor la aceptación del premio en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución; en el caso contrario se entenderá que renuncia.
b) Estar al corriente en las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento del abono del premio.
c) Mantener la actividad premiada de alta fiscal y en la Tesorería General de la Seguridad Social - o régimen equivalente - durante un período mínimo de seis meses desde la concesión premio.
d) Hacer publicidad del premio entre sus medios de comunicación propios (web, redes, internet, etc.) y externos (facilitar entrevistas a los medios de comunicación, etc.).
e) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes.
f) El alta de las personas físicas y de entidades jurídicas deben tener domicilio social o fiscal en Palma.
g) Reintegrar la cuantía recibida si se encuentra en alguna de las siguientes causas de incumplimiento:
- Falsedad en los datos aportados.
- Incumplimiento de dar adecuada publicidad del premio dinerario recibido.
Los reintegros se sustanciarán en la forma prevista en el art. 42 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y concordantes, garantizando el derecho de audiencia de los interesados. Para el caso de reintegro de los premios en especie, se observará lo dispuesto en el art. 3.3 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, reglamento de la ley de subvenciones.
h) Todas aquellas obligaciones previstas en la ordenanza municipal de subvenciones que sean de aplicación.
11. Régimen jurídico
La convocatoria se rige por estas bases y, en todo lo no previsto en las mismas, por las bases reguladoras aprobadas por la ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, BOIB núm. 35 de 12/03/2015 y la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, reglamento de la ley general de subvenciones.