Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE MANACOR
Núm. 13232
Procedimiento ordinario 431/2017
Dª Emiliana Pérez Garcia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Manacor, por el presente hago saber: que en este Juzgado se ha seguido ORD 431/2017, en el que se ha dictado Sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:
FALLO
QUE ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda formulada por CONSTRUCCIONES JOAQUIN FRANCISCO VEGAS contra D. PATRICIO SERRA NEBOT Y DOÑA MARIA DEL CARMEN DE CABO PIÑERO, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a pagar a la actora la suma de ONCE MIL SESENTA EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (11.060’50 €), MÁS LOS INTERESES LEGALES DEVENGADOS DESDE LA FECHA DE INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA DEL PROCEDIMIENTO MONITORIO (7 DE OCTUBRE DE 2016), Y LOS DEL ARTÍCULO 576 LEC A CONTAR DESDE LA FECHA DE LA PRESENTE SENTENCIA HASTA SU COMPLETO PAGO, Y LAS COSTAS PROCESALES CAUSADAS.
Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, cabe RECURSO DE APELACION en ambos efectos, que conforme al artículo 458 de la LEC (tras su redacción por la LEY 37/2011), se presentará directamente ante este juzgado en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución, en el que se deberá exponer las alegaciones en que basen la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugnan, para su posterior sustanciación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
Para su interposición será necesario acompañar copia del resguardo de ingreso de 50 euros en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER, requisito exigido por la Disposición Adicional 15ª de la LO 1/2009 de 3 de noviembre, sin cuyo requisito no se le dará trámite.
Y para que sirva de notificación en forma PATRICIO SERRA NEBOT, MARIA DEL CARMEN CARMEN DE CABO PIÑERO, se expide el presente en MANACOR, a dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,