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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 797
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 29 de enero de 2019 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB nº 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas al anexo, con respecto a determinadas líneas de ayudas que tiene que gestionar el Instituto Balear de la Mujer, concretamente las previstas al Objetivo III, Lucha contra las desigualdades.

En este sentido, el Congreso de los Diputados aprobó el Informe de la Subcomisión para un Pacto de Estado en materia de violencia de género que recoge 10 ejes de actuación prioritaria y 292 medidas. El eje 9 prevé el compromiso económico con las políticas para la erradicación de la violencia sobre las mujeres. La implementación de las medidas contempladas en los informes del Congreso y del Senado requiere el apoyo presupuestario correspondiente, con la finalidad de que los Presupuestos Generales del Estado destinen a cada una de las administraciones, en el ámbito de sus competencias, la cuantía económica necesaria para el desarrollo o ampliación de las medidas contempladas en el Pacto. Así, entre las medidas del eje 9 destacar:

La medida 278 supone la dedicación de recursos financieros para la correcta aplicación de políticas integradas, medidas y programas dirigidos a prevenir y combatir todas las formas de violencia en las que se refiere el Convenio de Estambul, incluidos los que realizan las ONG y la sociedad civil.

La medida 281 que supone un incremento sustancial en las ayudas destinadas a las comunidades autónomas (500 millones de euros adicionales) para desarrollar el Pacto de Estado.

De acuerdo con lo expuesto, la Secretaría de Estado de Igualdad, mediante Resolución de 3 de agosto de 2018, publicó el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, por lo que se formalizaban los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2018 del crédito de 100.000.000 euros para el desarrollo por parte de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía del Pacto de Estado contra la violencia de género. De este acuerdo corresponden a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2018 la cantidad de 4.041.423,32 €.

La distribución de la cuantía correspondiente a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se realizará mediante el incremento del crédito destinado inicialmente a las entidades sin ánimo de lucro de las líneas III.2.1, subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y mediante la aprobación de una nueva línea de subvenciones, la III.2.9, subvenciones para entidades públicas de ámbito local para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con carácter plurianual.

3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan<A[Plan|Plano]> Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:

OBJETIVO III

LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES

III.2 Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres

Donde dice:

III.2.1

Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de fomento y de apoyo<A[apoyo|soporte]> a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres

Objetivos y efectos: promover proyectos destinados a dar apoyo al movimiento asociativo que tenga como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres

Coste: 60.000 €

Convocatoria: anual

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

Tiene que decir:

III.2.1

Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de fomento y de apoyo<A[apoyo|soporte]> a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres

Objetivos y efectos: promover proyectos destinados a dar apoyo al movimiento asociativo que tenga como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres

Coste: 200.000 €

Convocatoria: anual

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

- Se añade una nueva línea, en el sentido siguiente:

III.2.9

Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: subvenciones para entidades públicas de ámbito local para financiar proyectos de fomento y de apoyo<A[apoyo|soporte]> a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres

Objetivos y efectos: promover proyectos enmarcados en las medidas del Pacto de Estado contra las violencias machistas que tenga como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres

Coste: 2.200.000 € (2019: 1.100.000 €; 2020: 1.100.000 €)

Convocatoria: plurianual (2019-2020)

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

 

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 29 de enero de 2019

    

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Cres