Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 750
Resolución del Director General del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 22 de noviembre de 2018 por la que se adscriben a la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, para el desarrollo de su actividad, la relación de todos los vehículos que quedaron adscritos a los sectores sanitarios del Área de Salud de Mallorca a raíz del proceso de sectorización de los años 2011 y 2012
Antecedentes de hecho
1. El 16 de noviembre de 2011 se publica en el B.O.I.B. n.º 171EXT el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de noviembre de 2011 por el que se aprueba el Plan de ordenación de recursos humanos de la atención primaria de Mallorca. La justificación de dicho plan es “la puesta en funcionamiento, en Mallorca, de las gerencias de hospital y sector derivadas de los sectores sanitarios.... Ello conlleva que los diferentes centros y servicios de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca se distribuyan en los actuales cuatro sectores sanitarios (Ponent, Migjorn, Llevant y Tramuntana), a través de las gerencias de hospital y sector de los hospitales de Son Espases, Son Llàtzer, de Manacor y Comarcal de Inca, respectivamente” (punto 4 del plan). El procedimiento para reordenar el personal de la atención primaria se estructuró en 3 fases:
- La 1ª, consistente en la incorporación de los diferentes EAP a las gerencias de hospital y sector.
- La 2ª , consistente en la incorporación del personal de las unidades de apoyo y del personal que no preste servicio en las unidades que transitoriamente continúan en las gerencias de hospital y de sector.
- Y la 3ª, consistente en el estudio y planificación de las unidades restantes.
2. Con la finalidad de distribuir el personal de atención primaria entre los distintos sectores sanitarios, el día 17 de noviembre de 2011 se publicó en el B.O.I.B. n.º 172 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de noviembre de 2011 por la que se aprueba una convocatoria de movilidad por razones del servicio del personal adscrito a los Servicios Centrales de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, que es resuelta con carácter definitivo por la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 19 de diciembre de 2011 por la cual se aprueba la lista definitiva de destinos por movilidad por razón del servicio (B.O.I.B. n.º 193, de 27/12/11).
3. El 29 de diciembre de 2011 se publica en el B.O.I.B. n.º 194 el Decreto 111/2011, de 9 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares, del cual cabe destacar los apartados siguientes:
- El artículo 19.2, que define cuáles son las gerencias territoriales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, entre las cuales no figura la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. Y, además, dispone que las gerencias de los sectores sanitarios de Ponent, Migjorn, Tramuntana y Llevant gestionen de manera unitaria los recursos de la atención especializada y de la atención primaria de cada uno de estos sectores.
- La disposición transitoria tercera, que lleva por rúbrica “Gestión de los recursos sanitarios de la atención primaria de Mallorca”, con el siguiente tenor literal:
"1. La Gerencia de Atención Primaria de Mallorca se extinguirá con efectos desde el 31 de diciembre de 2012.
2. Durante el año 2012 se llevarán a cabo las operaciones y los trámites legales necesarios para adscribir todos los medios personales y materiales de la atención primaria de Mallorca a las gerencias territoriales a las que se refieren las letras , , y a b c d del artículo 19.2 y, en su caso, a los Servicios Centrales.
3. Transitoriamente y hasta que no se efectúe la integración de las fundaciones públicas sanitarias en el Servicio de Salud, pueden adscribirse recursos personales y materiales de la atención primaria a esas fundaciones."
4. El 19 de enero de 2012 se publican en el B.O.I.B. n.º 8 las resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 29 de diciembre de 2011 por las que se adscriben los centros, los medios y los servicios de atención primaria a los sectores de Ponent, Tramuntana y Llevant.
5. El 21 de enero de 2012 se publica en el B.O.I.B. n.º 10 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 29 de diciembre de 2011 por la que se adscriben los centros, los medios y los servicios de atención primaria al sector Migjorn.
6. El 10 de marzo de 2012 se publica en el B.O.I.B. n.º 37 el Decreto 19/2012, de 9 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares, que deroga el Decreto 111/2011, de 9 de diciembre. Los aspectos destacables de este Decreto son los siguientes:
- El artículo 19.2 define cuáles son las gerencias territoriales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, entre las cuales no figura la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. Y, además, dispone que las gerencias de los sectores sanitarios de Ponent, Migjorn, Tramuntana y Llevant gestionen de manera unitaria los recursos de la atención especializada y de la atención primaria de cada uno de estos sectores.
- La disposición transitoria tercera, que lleva por rúbrica “Gestión de los recursos sanitarios de la atención primaria de Mallorca”, con el siguiente tenor literal:
"1. La Gerencia de Atención Primaria de Mallorca se extinguirá con efectos de día 31 de diciembre de 2012.
2. Durante el año 2012 se llevarán a cabo las operaciones y los trámites legales necesarios para adscribir todos los medios personales y materiales de la atención primaria de Mallorca a las gerencias territoriales a que se refieren las letras , , y a b c d del artículo 19.2 [gerencias de los sectores sanitarios de Ponent, Migjorn, Tramuntana y Llevant, respectivamente] y, en su caso, a los Servicios
Centrales.
3. Transitoriamente y hasta que no se efectúe la integración de las fundaciones públicas sanitarias en el Servicio de Salud, se podrán adscribir recursos personales y materiales de la atención primaria a estas fundaciones."
7. El día 21 de julio de 2012 se publicó en el B.O.I.B. n.º 106 el Decreto 63/2012, de 20 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Lo más destacable de este nuevo Decreto, respecto a la materia que nos ocupa, es lo siguiente:
- Deroga el Decreto 19/2012, de 9 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
- Crea de nuevo la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca y lo hace como una gerencia territorial más del Servicio de Salud de las Islas Baleares, encargada de la gestión de los “recursos de la atención primaria a la isla de Mallorca” (art. 19.2).
- Y, finalmente, la disposición transitoria tercera, que dispone:
"Disposición transitoria tercera
Gestión de los recursos sanitarios de la Atención Primaria de Mallorca
Durante el año 2012 se tienen que llevar a cabo las operaciones y los trámites legales necesarios para adscribir todos los recursos materiales necesarios para la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca desde las gerencias territoriales a las que se refieren las letras b, c, d y e del artículo 19.2 [es decir, las gerencias territoriales de los sectores sanitarios de Ponent, Migjorn, Tramuntana y Llevant, respectivamente] y, si procede, de los Servicios Centrales. Asimismo, se tienen que efectuar las operaciones y los trámites legales, con las negociaciones previas pertinentes, para llevar a cabo la asignación de todos los recursos humanos necesarios para el desarrollo de su actividad."
8. El día 5 de febrero de 2013 se publica en el B.O.I.B. núm. 18 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que, en cumplimiento del Decreto 63/2012, de 20 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud, se asignan a la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca los recursos humanos necesarios para que desarrolle su actividad.
9. Con la resolución citada en el punto anterior se asignan a la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca los recursos humanos necesarios para el desarrollo de su actividad, pero no así los vehículos, que continúan adscritos a los sectores sanitarios del Área de Salud de Mallorca, por lo que se considera necesario adscribir a la GAP Mallorca la relación de todos los vehículos que quedaron adscritos a los sectores sanitarios del Área de Salud de Mallorca a raíz del proceso de sectorización de los años 2011 y 2012.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
3. Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.
6. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas.
7. Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
8. Real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley 33/2003.
9. Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001.
10. Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.
11. Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
12. Decreto 81/2015, de 25 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Adscribir a la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, para el desarrollo de su actividad, la relación de todos los vehículos que quedaron adscritos a los sectores sanitarios del Área de Salud de Mallorca a raíz del proceso de sectorización de los años 2011 y 2012, que se adjunta como anexo I.
2. La adscripción tiene efectos a partir del 1 de diciembre de 2018.
3. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 22 de noviembre de 2018
El Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears
Julio Miguel Fuster Culebras
ANEXO I
Relación de vehículos que se adscriben a la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca
MATRÍCULA |
MARCA |
MODELO |
---|---|---|
0526-GGR |
RENAULT |
TRAFIC |
0549-GGR |
RENAULT |
MEGANE |
0567-GGR |
RENAULT |
MEGANE |
0583-GGR |
RENAULT |
MEGANE |
1080-GJX |
RENAULT |
MEGANE |
3263-JWF |
RENAULT |
MEGANE |
3278-JWF |
RENAULT |
MEGANE |
3284-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
3333-JWF |
RENAULT |
MEGANE |
3352-JWF |
RENAULT |
MEGANE |
3367-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
3426-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
3492-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
3534-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
3932- CPK |
RENAULT |
CLIO |
5986-GRN |
RENAULT |
CLIO |
6038-GHH |
YAMAHA |
XMAX |
6912 KMN |
RENAULT |
DOKKER - ELÉCTRICA |
8198-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
8274-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
8405-KGD |
TOYOTA |
YARIS |
9739-FGF |
RENAULT |
CLIO |
9744-JVN |
TOYOTA |
AURIS |
9761-JVN |
TOYOTA |
AURIS |
9788-JVN |
TOYOTA |
AURIS |
0440 CCS |
RENAULT |
KANGOO |
3016-BFS |
RENAULT |
CLIO |
3017-BFS |
RENAULT |
CLIO |
9806-JVN |
RENAULT |
CLIO |
9812-FGF |
RENAULT |
CLIO |
IB-1150-DP |
RENAULT |
CLIO |
0444 CCS |
RENAULT |
CLIO |
3025-BFS |
RENAULT |
CLIO |
7318-GRV |
RENAULT |
CLIO |
7404-GRV |
RENAULT |
CLIO |
9822-JVN |
RENAULT |
CLIO |
9881-FGF |
RENAULT |
KANGOO |
0460 CCS |
RENAULT |
KANGOO |
3889 CPK |
RENAULT |
KANGOO |
7391-BSR |
RENAULT |
CLIO |
9838-JVN |
RENAULT |
CLIO |
IB-1151-DP |
RENAULT |
CLIO |
IB-1154-DP |
RENAULT |
CLIO |
2894-FTR |
RENAULT |
CLIO |
3024-BFS |
RENAULT |
CLIO |
7285-GRV |
RENAULT |
CLIO |
7390-BSR |
RENAULT |
CLIO |
7392-BSR |
RENAULT |
CLIO |
9855.JVN |
RENAULT |
CLIO |