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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 715
Información pública de la modificación puntual de las Normas subsidiarias de Planeamiento de Porreres para incluir el uso extractivo, en subrogación de la competencia municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 25 de enero de 2019, ha tomado el acuerdo siguiente:

“Visto el expediente relativo a la subrogación del Consejo Insular de Mallorca en la competencia municipal para la redacción y tramitación de la modificación puntual de las Normas subsidiarias de Planeamiento de Porreres para incluir el uso extractivo, de acuerdo con la propuesta de la ponencia técnica, esta comisión insular acuerda:

 1. Aprobar inicialmente la documentación redactada por el Servicio de Información y Apoyo Territorial de modificación puntual de las Normas subsidiarias de Porreres, para la incorporación del ámbito de suelo delimitado en la autorización minera con la calificación de que sólo admita el uso extractivo, de acuerdo con la resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de regularización de los datos de la explotación minera Son Amat, 3.

 2. De conformidad con los apartados 2, 3 y 4 del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears, esta aprobación determina para ella misma y, dentro del ámbito de la modificación, la suspensión de la tramitación de procedimientos así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y la posibilidad de presentar autorizaciones previas. Todo eso, sin perjuicio que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado. 

3. Solicitar a la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears pronunciamiento sobre la innecessariedad de someter esta modificación a tramitación ambiental simplificada, según el artículo 9.4 de la Ley 12/2016, de 1 de julio, de evaluación ambiental de las Illes Balears, en la redacción conferida por la Ley 9/2018, de 31 de julio, dado que la regulación de los parámetros urbanísticos fijados por el nuevo artículo que se incluye dentro de las Normas subsidiarias, es sobre un espacio que ya ha sido objeto de evaluación ambiental.

4. En cumplimiento de lo que dispone el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, someter el proyecto a información pública por el plazo de treinta días, mediante la publicación del anuncio en el BOIB, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca. 

5. Solicitar los informes que correspondan a los organismos afectados en razón de la materia.»

En cumplimiento del acuerdo mencionado, se somete a información pública la propuesta aprobada inicialmente durante un plazo de treinta mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la dirección electrónica del Consejo Insular de Mallorca, con publicación íntegra de la documentación en este medio telemático. Durante el mencionado plazo, todas las personas que se estén interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 9 h. a las 14 h.) en las dependencias del Departamento de Territorio e Infraestructuras situadas en la calle General Riera, 113 (Llar de la Infància) de Palma, y se podrán interponer las alegaciones que se estimen pertinentes del mismo plazo. El texto completo de la modificación se puede consultar en el siguiente localizador:

www.conselldemallorca.cat/info-pub-ut?id_section=19174&id_parent=19162&id_class=19163

 

Porreras,25 de enero de 2019

El secretario

Jaume Munar Fullana