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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 712
Información pública de la aprobación inicial de los Estatutos y Bases de actuación de la Junta de Compensación del SUP 6 Acceso Sant Cristóbal del Plan de Reconversión Integral [PRI] de la Playa de Palma
La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 25 de enero de 2019, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“1. Acordar la subrogación de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en la competencia municipal del Ayuntamiento de Llucmajor para la tramitación de la aprobación de los Estatutos y las Bases de actuación de la Junta de Compensación del SUP 6 Acceso Sant Cristòfol, del Plan de Reconversión Integral [PRI] de la Playa de Palma, de acuerdo con lo que se dispone en el artículo 83.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears [LUIB] y en el artículo 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca [RLOUSM]. Este acuerdo implica la pérdida de competencia municipal con relación al mencionado expediente.
2. Aprobar inicialmente los Estatutos y las Bases de actuación de la Junta de Compensación del SUP 6 Acceso Sant Cristóbal, en el trámite previsto en el artículo 83.4 de la LUIB y en el artículo 245 del RLOUSM.
3. Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Llucmajor, y reclamarle expresamente que envíe una copia certificada del expediente administrativo municipal, si existe. Esta copia se tiene que enviar en el plazo improrrogable de los diez días siguientes a la notificación de este acuerdo, con la advertencia expresa que la persona titular de la alcaldia y de la secretaría general son directamente responsables, respectivamente, del mencionado envío y de la certificación de la documentación. Asimismo, se advierte que la falta de remisión del expediente no impide la tramitación ante la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, independientemente de las responsabilidades en que puedan incurrir las personas responsables, y sin perjuicio del requerimiento de enmienda o mejora de la solicitud.
4. Notificar este acuerdo al representante de las personas copropietarias de los terrenos afectados y que han solicitado la subrogación del Consejo Insular de Mallorca para la aprobación de los Estatutos y las Bases de actuación; y requerirlo para que, en calidad de solicitante, aporte la documentación siguiente:
a) 2 ejemplares originales de los Estatutos y las Bases de actuación en papel, con firma en cada una de las páginas.
b) El texto de los Estatutos y las Bases de actuación en soporte informático y formato “word”, en lengua catalana y en lengua castellana, para su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears [BOIB].
5. Someter a información pública los Estatutos y las Bases de actuación aprobados inicialmente durante un plazo de veinte días hábiles mediante anuncio en el BOIB y en la dirección o punto de acceso electrónico del Consejo Insular de Mallorca, con publicación íntegra de la documentación en este medio telemático ”.
En cumplimiento del acuerdo mencionado, se somete a información pública la propuesta aprobada inicialmente durante un plazo de veinte días hábiles mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la dirección electrónica del Consejo Insular de Mallorca, con publicación íntegra de la documentación en este medio telemático. El texto completo de los Estatutos y las Bases de actuación se pueden consultar en el siguiente localizador:
www.conselldemallorca.cat/info-pub-ut?id_section=19174&id_parent=19162&id_class=19163
El secretario Jaume Munar Fullana