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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 704
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de aprobación inicial (2ª información pública) de la Modificación núm. 9 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal relativa a la exoneración de la zona de Bonaire, de la necesidad de disponer de red de saneamiento
Se hace saber que el Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión de carácter extraordinaria el 21 de enero de 2019, entre otros, acordó aprobar la documentación de la Modificación núm. 9 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal relativa a la exoneración de la zona de Bonaire de la necesidad de disponer de red de saneamiento, redactada por el arquitecto municipal como consecuencia de las modificaciones sustanciales derivadas de la información pública y de los informes de organismos, así como también el Estudio ambiental estratégico (Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria) redactado por la empresa medioambiental Olivar Gestión y Medio, SL
De conformidad con los apartados 2, 3 y 4, del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, y en concordancia con los apartados 2 y 3 del artículo 138 y, 1.b) del artículo 139 del Reglamento para Mallorca, de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo en relación a la disposición transitoria 4ª de la mencionada Ley 12/2017 (L.U.I.B.), esta aprobación inicial determina por sí misma y, dentro del ámbito de la Modificación, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta la aprobación provisional de la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en los términos establecido en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.
De conformidad con el artículo 54 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo y con el artículo 154 del reglamento que la desarrolla, sirva el presente para anunciar que se somete la referida Modificación a información pública durante un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, mediante publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión en la isla de Mallorca y, de la documentación completa en la sede electrònica del Ayuntamiento que seguidamente se detalla:
http://sac.alcudia.net/absatlas/Normativa/PUBLICACION_WEB/EN_TRAMITE/MODI_9/FICHA_MODIFICACION_9.pdf
Durante dicho plazo, todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en día laborable y horario de oficina (de las 8 h. A las 14 h.) en las dependencias municipales de Planificación Urbanística situadas en el núm. 1 de la plazoleta dels Pins, pudiendo asimismo presentar las alegaciones que estimen oportunas en el Registro General del Consistorio, el cual se encuentra situado en el núm. 9 de la calle Mayor.
Alcudia, en fecha (29 de enero de 2019)
El Concejal Delegado de Urbanismo,
Joaquín Cantalapiedra Aloy