Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 697
Aprobación definitiva proyecto dotación y reforma infraestructuras urbanización Noria Riera
El Ayuntamiento Pleno con fecha 14/01/2019, adoptó el siguiente ACUERDO:
APROBACIÓN DEFINITIVA PROYECTO DOTACIÓN Y REFORMA INFRAESTRUCTURAS URBANIZACIÓN NORIA RIERA
Primero: Aprobar definitivamente el Proyecto de dotación y reforma de las infraestructuras del núcleo urbano Noria Riera, con un presupuesto de contrato que importa la cantidad de 324.916,91 euros y un impuesto del 21% de IVA de 68.232,55 €, con un total de 393.149,46€, todo de conformidad y en el contexto de lo señalado en los artículos 148 y siguientes de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y el artículo 79.4 de la Ley de urbanismo de las Islas Baleares.
Segundo: Aprobar definitivamente la Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos de necesaria ocupación, que consta como Anexo I.
Tercero: Aprobar los convenios de mutuo acuerdo firmados con los propietarios de los terrenos a expropiar, Sra. Mª del Carmen de Olives Mercadal y Sr. Armando Capó Pons.
Cuarto: Satisfacer de acuerdo con los convenios de mutuo acuerdo, a la Sra. Mª del Carmen de Olives Mercadal, la cantidad de 6.222€ y al Sr. Armando Capó Pons, la cantidad de 1.192,50€.
El pago de la expropiación se hará efectiva mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada por la propiedad, en el plazo de cinco (5) días desde la aprobación definitiva del proyecto de obras mencionado anteriormente.
Una vez hecho el pago, dar por concluido el expediente de expropiación y proceder al acta de ocupación de las fincas.
Quinto: Conforme señala el artículo 236 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación del correspondiente expediente de contratación quedará supeditado a la previa y necesaria formalización de la concesión administrativa por parte del Consell Insular de Menorca, en relación a la finca sita en Polígono 6 parcela 31 Binimaimó de 468m2 de Dominio Público de la carretera Me-6, dando cumplimiento asimismo en el apartado 1 de la resolución del Consejero ejecutivo del Departamento de Movilidad del CIM de fecha 11/07/2018, que consta en el expediente.
Sexto: Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de edictos del ayuntamiento y en la página web municipal y notificar a los interesados que constan en el expediente.
ANEXO I
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el presente procedimiento de expropiación forzosa:
Finca núm. 1:
Titular: Sra. Mª Carmen de Olives Mercadal, con NIF número
Emplazamiento: Polígono 6 parcela 27 Son Calapat
Naturaleza finca: Finca situada en suelo rústico
Superficie objeto de expropiación: 732m2
Inscripción registral: Finca registral número 6330 del Paraje de Son Calapat, inscrita al tomo 1785, libro 140, folio 163 del Registro de la Propiedad de Maó.
Referencia catastral del terreno: 07064A006000270000UE
Valoración indemnización: 6.222 euros (8'5 € / m2 * 732m2)
Finca núm. 2:
Titular: Sr. Armando Capó Pons
Emplazamiento: Polígono 6 parcela 32 Binimaimó.
Naturaleza finca: Finca situada en suelo rústico
Superficie objeto de expropiación: 159m2
Inscripción registral: Finca registral número 933 Finca denominada "Santa Camila", inscrita al tomo 2399, libro 202, folio 71 del Registro de la Propiedad de Maó.
Referencia catastral del terreno: 07064A006000320000UZ
Valoración indemnización: 1.192,50 euros (7'5 € / m2 * 159m2)
Finca núm. 3:
Titular: Consell Insular de Menorca
Emplazamiento: Polígono 6 parcela 31 Binimaimó
Naturaleza finca: Finca situada en suelo rústico
Inscripción registral: Finca registralmente no inscrita según el Registro de la Propiedad de Maó.
Superficie objeto de concesión: 468m2
Referencia catastral del terreno: 07064A006000310000US
RECURSOS
Contra la presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, con carácter POTESTATIVO, a interponer ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución. Este recurso se podrá interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de recepción de la presente notificación. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a su desestimación presunta.
En ningún caso se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo competente que se podrá interponer DIRECTAMENTE contra la presente acuerdo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sin perjuicio de lo anterior se podrán interponer todos los recursos alternativos que se estimen procedentes.
Finalmente procede indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada, ni interrumpe los plazos que se puedan derivar de la misma, salvo que así se acuerde expresamente por la autoridad competente.
Que firmo en Es Castell en la fecha (25 de enero de 2019)
El Alcalde,
José Luis Campos Pons