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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 652
Consejo Ejecutivo. Concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil (0-3 años) para 2018 (Exp. 1505-2018-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión extraordinaria de día 17 de diciembre de 2018, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 25.9.2017 y publicadas en el BOIB núm. 125 de 12.10.2017, adoptó el siguiente acuerdo:

Conceder a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil (0-3 años) las ayudas siguientes:

AJUNTAMENT DES MERCADAL………………....... 7.194

E.I ARC DE SANT MARTÍ 7.194 €

AJUNTAMENT DE MAÓ………….……………..…… 59.007 €

E.I. ES BUSQUERETS 14.547 €

E.I. ES PASSERELLS 14.939 €

E.I. FORT DE L’EAU 11.253 €

EI CAP DE CREUS 12.528 €

E.I. SANT CLIMENT 5.740 €

AJUNTAMENT DE CIUTADELLA…….…................. 60.951 €

E.I. SA GALERA 15.795 €

E.I. ES MUSSOL 9.683 €

E.I. ES PORIOL 15.733 €

E.I. JOGUINA 7.967 €

E.I. ROSER GENER 11.773 €

AJUNTAMENT DES CASTELL…….…...………...... 12.191 €

E.I. ES CASTELL 12.191 €

AJUNTAMENT DE FERRERIES….........…………… 11.752 €

E.I. DE FERRERIES 11.752 €

AJUNTAMENT DE SANT LLUÍS……........……….... 15.325 €

E.I. SES CANALETES 15.325 €

AJUNTAMENT DES MIGJORN GRAN……........…... 3.659 €

E.I. XIBIT 3.659 €

AJUNTAMENT D'ALAIOR…………….........………,, 15.921 €

E.I. ES POUET 15.921 €

E.I. XIPELL DE CIUTADELLA…………........…….... 14.022 €

E.I. LA SALLE MAÓ……………….....….…………… 9.978 €

TOTAL……………......................................................... 210.000 €

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón