Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 502
Aprobación inicial del Plan Especial para llevar a cabo el desarrollo del Área de Reconversión Territorial Diferida (ART) de la Fachada de Inca
Por el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria de día 20 de diciembre de 2018 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"1.- DAR CUENTA Y TOMAR EN CONSIDERACIÓN las sugerencias y alegaciones presentadas durante el plazo de puesta a disposición pública del documento de avance Plan Especial para llevar a cabo el desarrollo del Área de Reconversión Territorial Diferida (ART) de la Fachada de Inca prevista en el Plan Territorial Insular de Mallorca, norma 39, núm. 11.1.
2.- APROBAR INICIALMENTE la propuesta del Plan Especial para llevar a cabo el desarrollo del Área de Reconversión Territorial Diferida (ART) de la Fachada de Inca prevista en el Plan Territorial Insular de Mallorca, norma 39, núm. 11.1 y su Estudio Ambiental Estratégico ordinario, redactado por el arquitecto, Sr. Jaume Luis Salas.
3.- SOMETER a información pública por el plazo de cuarenta y cinco días (45 días), mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de Plan Especial para llevar a cabo el desarrollo del Área de Reconversión Territorial Diferida (ART) de la Fachada de Inca prevista en el Plan Territorial Insular de Mallorca, norma 39, núm. 11.1 y su Estudio Ambiental Estratégico ordinario; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.
4.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta de Plan Especial.
5.- SOLICITAR a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, dado su condición de órgano ambiental que, previos los trámites oportunos, formule declaración ambiental estratégica de la presente propuesta de Plan Especial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 12/2016 y los artículos 17 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en caso de que lo considere oportuno.
6.- SOLICITAR los informes y CONSULTAR a las correspondientes Administraciones Públicas que puedan verse afectadas por el presente Plan Especial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares y el artículo 22 de la Ley 21/2013.
7.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados que como consecuencia de la aprobación inicial se puedan ver afectados."
Lo que se comunica, para su conocimiento y efectos oportunos.
Inca, 7 de enero de 2019
El Alcalde-Presidente Virgilio Moreno Sarrió