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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Núm. 500
Resolución de aprobación de la concesión de los premios a prácticas ejemplares en responsabilidad social 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 412468 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

El consejero ejecutivo de Economía y Hacienda, en fecha 11 de diciembre 2018, dictó la siguiente resolución:

"Antecedentes

1. El consejero ejecutivo de Economía y Hacienda, mediante resolución de 14 de agosto de 2018, aprobó el expediente de la Convocatoria de premios a prácticas ejemplares en responsabilidad social 2018. El extracto de la convocatoria se publicó en el BOIB núm. 104, de 23 de agosto de 2018. En la Base Nacional de Subvenciones está dada de alta con la referencia de identificación 412468.

2. El jurado se reunió por videoconferencia en sesión constitutiva día 9 de octubre de 2018 y en sesión presencial día 6 de noviembre de 2018 y examinó las candidaturas propuestas.

3. En fecha 19 de noviembre de 2018 el órgano instructor ha emitido informe relativo al cumplimiento por parte de las personas y empresas propuestas de los requisitos para ser premiados.

4. Hay crédito adecuado y suficiente en la partida 70.93101.48100 para hacer frente a los gastos derivados de este expediente.

5. La Intervención Delegada ha emitido el correspondiente informe de fiscalización de conformidad.

Fundamento de derecho

Primero. El órgano competente para aprobar y resolver la convocatoria de premios en función del importe es el consejero ejecutivo de acuerdo con lo establecido en el apartado a) punto 4 del artículo 18 de la Ordenanza general de subvenciones en concordancia con la Base 23.5 de las Bases de ejecución del Consejo de Mallorca de 2018.

Segundo. Para garantizar el anonimato de los premiados, de acuerdo con el punto 3 de la disposición adicional primera de la Ordenanza General de Subvenciones, la resolución de concesión se hará pública y se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones con posterioridad al acto de entrega de los premios.

Tercero. El jurado es el órgano colegiado que debe valorar los proyectos presentados en función de los criterios detallados en la convocatoria. Su veredicto debe ser elevado al órgano competente para resolver. La convocatoria preveía la posibilidad de dejar una o más categorías desiertas.  

Cuarto. Las personas y empresas propuestas como ganadoras reúnen los requisitos para ser premiadas, de acuerdo con el punto 5 de la convocatoria.

Quinto. El artículo 9 apartado e) de la Ordenanza General de Subvenciones establece la obligación de acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución de concesión, que las personas y empresas premiadas están al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo de Mallorca y los organismos autónomos dependientes, y de las obligaciones con la Seguridad Social.

Sexto. La propuesta de resolución de concesión de los premios se ajusta a la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca y, específicamente, a lo previsto en el artículo 27.1 de la misma normativa, en lo aplicable a la concesión de premios.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero. Excluir la solicitud presentada por Antonio Salom Coll, "Viadap, invenciones y proyectos para la accesibilidad" porque se presentó fuera de plazo.

Segundo. Admitir las solicitudes siguientes:

 

ENTIDAD

PRÁCTICA

CATEGORÍA

01/18

MELIÀ HOTELS INTERNACIONAL

Gestión del Palacio de Congresos

GRAN EMPRESA

02/18

LIVIANA ANA MORENO GREUTER

La grafologia com a herramienta en la inversión ética, social y empresarial

PROYECTO EMPRENDEDOR

03/18

GUILLERMO DURÁN MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN SA

Proyectos de  cooperación

MEDIANA EMPRESA

04/18

SILVIA FISAS QUILEZ

Sistemas electrónicos de movilidad personal

PROYECTO EMPRENDEDOR

05/18

INSTITUT MUNICIPAL DE L'ESPORT

Sostenibilidad en la vida cotidiana

 

SECTOR PÚBLICO

06/18

IT TRAVEL SERVICES SL

Formación social estratégica

MICROEMPRESA

07/08

CAP ROCAT HOTEL

Integración laboral inclusiva

MEDIANA EMPRESA

08/18

FUNDACIÓN HANDISPORT MALLORCA

Handisport concilia

MICROEMPRESA

09/18

INTELLIGENTIA PROJUSTITIA

Plan de prevención de delitos

MICROEMPRESA

10/18

INTELLIGENTIA PROJUSTITIA

Plan de igualdad

MICROEMPRESA

11/18

INTELLIGENTIA PROJUSTITIA

Excelencia en la gestión

MICROEMPRESA

12/18

ÓPTICA BALEAR

Centro de atención primaria de salud visual y estética

PEQUEÑA EMPRESA

13/18

ENOVAM PRO ENERGY EFFIENCY SL

Enovam – Tu partner energético: eficiencia i sostenibilidad energética

PEQUEÑA EMPRESA

14/18

AJUNTAMENT D'ALCÚDIA

Alcúdia para todos

SECTOR PÚBLICO

15/18

SAMPOL INGENIERÍA Y OBRAS

Triple E: Empleados/as, Empresa y Entorno

GRAN EMPRESA

16/18

MARC MASMIQUEL MENDIARA

La mano lectora

AUTÓNOMO

17/18

CATALINA GUARDIOLA ROSSELLÓ

Valor de la tradición local

AUTÓNOMA

18/18

THAIS GONZÁLEZ NAVARRO

Depilitiva

AUTÓNOMA

19/18

EMMA CECILIA HOLM

Cooperativa de viviendas autofinanciadas

PROYECTO EMPRENDEDOR

20/18

MARVIN SINGHATEH DURAN

Implantación del concepte de empresa/organitzación saludable

AUTÓNOMO

21/18

JOSEP ANTONI ROMAN BENNÀSSAR

Mente

PROYECTO EMPRENDEDOR

22/18

ISLA CENTINELA SL

Hábitos de vida saludables

MEDIANA EMPRESA

23/18

FUNDACIÓ DEIXALLES

Favorecer conciliación laboral y familiar y fomentar desarrollo personal / cálculo ahorro emisiones CO2

MEDIANA EMPRESA

24/18

NARTHA SERVEIS I MANAGEMENTS

Luchando por una inclusión sociolaboral

MEDIANA EMPRESA

25/18

LEROY MERLIN SLU

Damos vida a un hàbitat mejor

GRAN EMPRESA

26/18

MELCHOR MASCARÓ SA

Smiling worker

GRAN EMPRESA

27/18

ENDESA

Creación de valor compartido – CSV Alcúdia

GRAN EMPRESA

29/18

JOSÉ MARÍA GARCÍA BUSTOS

Glupps Social

PROYECTO EMPRENDEDOR

30/18

ES FERRERET BESSÓ SL

El mejor inglés para los más desfavorecidos

PEQUEÑA EMPRESA

31/18

MARGARITA PALOMARES RISUEÑO

Maisha Mallorca

PROYECTO EMPRENDEDOR

32/18

MAGDALENA MAYOL FERRER

Escalaix

AUTÓNOMA

33/18

LABO'LIFE ESPAÑA SA

Fomento del bienestar laboral

PEQUEÑA EMPRESA

Tercero. Declarar desierta la categoría Proyecto emprendedor y declarar ganadoras las prácticas siguientes, de acuerdo con el dictamen del jurado.

CATEGORÍA

GANADORES

PRÁCTICA

PUNTUACIÓN

SECTOR PÚBLIC

INSTITUT MUNICIPAL DE L'ESPORT

Sostenibilidad  en la vida cotidiana

6,22

GRAN EMPRESA

SAMPOL INGENIERÍA Y OBRAS, SA

Triple E: Empleados/as, Empresa y Entorno

5,00

MITJANA EMPRESA

CAP ROCAT HOTEL, SL

Integración laboral inclusiva

2,53

PETITA EMPRESA

LABO'LIFE ESPAÑA, SA

Fomento del bienestar laboral

5,38

MICROEMPRESA

IT TRAVEL SERVICES, SL

Formación social estratégica

5,51

AUTÒNOMA

CATALINA GUARDIOLA ROSSELLÓ

Valor de la tradición local

3,39

TRAJECTÒRIA PERSONAL

ANTONI PONS CANYELLES

 

S/P

Cuarto. Disponer y reconocer un gasto a favor de las personas y empresas siguientes, por los importes que se relacionan, con cargo a la aplicación presupuestaria 70.93101.48100 de la anualidad 2018 y anular la cuantía restante del documento A referencia 22018008866.

PERSONA/EMPRESA PREMIADA

CIF

IMPORTE

 REFERENCIA CONTABLE DO

CAP ROCAT HOTEL, SL

B57667099

9.000,00 €

920180018569

LABO'LIFE ESPAÑA, SA

A07324320

9.000,00 €

920180018566

IT TRAVEL SERVICES, SL

B57844920

9.000,00 €

920180018571

CATALINA GUARDIOLA ROSSELLÓ

41516378K

9.000,00 €

920180018570

Quinto. Publicar esta resolución en el BOIB y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones una vez hecha la proclamación pública de las candidaturas ganadoras.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

  

(Palma, 22 de enero de 2019)

La secretaria técnica de Economía y Hacienda,

(Por delegación del consejero ejecutivo de Economía y Hacienda,

Resolución de 21 de julio de 2015, BOIB núm. 113, de 25 de julio)

María del Carmen Iglesias Manjón