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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 492
Modificación del apartado 4 de los Criterios generales de gestión y funcionamiento de las bolsas de trabajo del Consejo Insular de Ibiza

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales de fecha 17 de enero de 2019, con número 201900026, se ha resuelto lo siguiente:

Primero- Aprobar la modificación del apartado cuarto de los criterios generales de gestión y funcionamiento de las bolsas de trabajo del Consejo Insular de Ibiza aprobados por resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente de fecha 14 de abril de 2014, y modificada por resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales de fecha 24 de octubre de 2018, de conformidad con el acuerdo de la Mesa General de negociación conjunta del personal funcionario y del personal laboral del Consejo Insular de Ibiza de fecha 27 de noviembre de 2018, según la siguiente redacción:

" (.../…)

Si una persona que forma parte de una bolsa de trabajo ya está trabajando en el Consejo Insular de Ibiza y surge una nueva necesidad de contratación o nombramiento de la misma categoría, ésta se le tendrá que ofrecer siempre que suponga una mejora en su actividad laboral, entendiendo como mejora el ofrecimiento de una plaza hasta cobertura definitiva.

Si una persona que ya está trabajando en el Consejo Insular de Ibiza y que forma parte de una o de varias bolsas de trabajo se le ofrece un contrato o un nombramiento en una categoría superior, ésta se le tendrá que ofrecer siempre que suponga una mejora en su actividad laboral.

Cuando surja una contratación o un nombramiento por interinidad hasta la provisión definitiva de la plaza vacante, se tendrá que ofrecer a todas las personas que formen parte de la bolsa. No obstante, en caso de que una persona que forma parte de la bolsa no acepte un ofrecimiento hasta provisión definitiva por un motivo justificable (criterios generales de gestión y funcionamiento de las bolsas de trabajo del Consejo Insular de Ibiza, punto 5, BOIB número 60 de 3.05.2014) quedará como no disponible. Una vez justificada la no disponibilidad, la persona aspirante quedará inactiva en la bolsa hasta que finalicen los motivos alegados.

Para la activación en la bolsa como personal disponible para posibles ofertas, sin perder su posición, la persona aspirante tendrá que presentar un escrito dirigido a la Sección de Recursos Humanos con la justificación de la finalización de la causa por la que rechazó la oferta de nombramiento o de contratación.

(...//...)”

Segundo.- Publicar en el BOIB la resolución que se dicte.

  

Ibiza, 22 de enero de 2019

La secretaria técnica de Turismo, Interior, Territorio y Movilidad Margarita Planells Torres