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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 453
Calendario del contribuyente del ejercicio 2019

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

SERVICIOS ECONÓMICOS

RECAUDACIÓN

En cumplimiento de lo acordado en la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de Enero de 2019 , se publica el calendario del contribuyente para el ejercicio 2019, en el cual se fijan los plazos de cobro en periodo voluntario para el el pago de los tributos de cobro periódico y notificación colectiva, con objeto de aportar una garantía a los contribuyentes de conocer cuándo debe afrontar el pago de los tributos y exacciones que se exigen desde el Ayuntamiento.

Periodo de cobro

Tributos

12/02/2019 A 12/04/2019

FEMS Recogida de Basuras y limpieza viaria (1T)

I.V.T.M. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

04/04/2019 A 04/06/2019

TASA MERCADOS OCASIONALES

26/04/2019 A 26/06/2019

FEMS Recogida de Basuras y limpieza viaria (2T)

ARBITRIOS

03/06/2019 A 05/08/2019

I.B.I.U. Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana

IBIRCAT Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica

12/07/2019 a 12/09/2019

FEMS Recogida de Basuras y limpieza viaria (3T)

03/10/2019 a 03/12/2019

FEMS Recogida de Basuras y limpieza viaria (4T)

I.A.E. Impuesto sobre actividades económicas

En referencia al periodo de cobro de los recibos de IBI:

De acuerdo a las ordenanzas vigentes, los recibos del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBIU y IBIRCAT ) por importes superiores a 90€ con orden de pago a través del banco, siempre que se hayan domiciliado antes del mes de marzo, se cobrarán fraccionados:

  • 1º plazo, el 60% del importe del recibo, se cobrará el mes de Julio, dentro del periodo voluntario.

  • 2º plazo, el 40% restante, en la primera semana del mes de Noviembre.

(Este fraccionamiento sólo se efectuará a los recibos domiciliados y el impago del primer plazo anulará el fraccionamiento concedido, iniciándose el periodo ejecutivo por la totalidad de la deuda tributaria).

La Junta de Gobierno Local se reserva la facultad de modificar el presente calendario cuando, por motivos de carácter técnico debidamente justificados, sea imposible la gestión de los recursos económicos indicados en las fechas señaladas, informando de dicha circunstancia a los ciudadanos con suficiente antelación.

 

(Ajuntament de Sóller, 18 de enero de 2019)

El ALCADE,

Jaume Servera Servera