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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 420
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 11 de enero de 2019 por la que se constituye una bolsa temporal para nombrar a personal funcionario interino del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para la isla de Mallorca

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Texto

Hechos

1. Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2009 se aprobó el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 78, de 30 de mayo).

2. El artículo 3.10 de dicho Decreto establece que, si se agota una bolsa de personal funcionario interino y no hay bolsas anteriores, antes de aplicar el procedimiento extraordinario y sólo hasta la constitución definitiva de la bolsa de trabajo que se hará cuando acabe el proceso selectivo de personal funcionario de un determinado cuerpo, escala o especialidad, se podrá utilizar la relación de las personas aspirantes que hayan aprobado alguna de las pruebas o ejercicios realizados hasta aquel momento, de acuerdo con la orden de prelación que recoge el artículo 3.4 del mencionado Decreto.

3. Actualmente, la administración de la Comunidad autónoma de las Illes Balears, en la isla de Mallorca, no dispone de ninguna bolsa extraordinaria del cuerpo facultativo superior,  escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico para poder proveer puestos de trabajo adscritos a esta especialidad, dado que se encuentra agotada.

Esta bolsa fue aprobada por la Resolución de 20 de agosto  de 2009  (BOIB núm. 132, de 10 de septiembre de 2009), en la mencionada bolsa no hay ninguna persona, en la situación de disponible.

4. Todo ello hace que, de acuerdo con el artículo 3.10 del Decreto 30/2009, sea necesario constituir una bolsa temporal a efectos de poder proveer puestos de trabajo.

Esta es una medida excepcional y provisional, que tiene como finalidad fundamental satisfacer el interés público, lo que no se no extenderá más allá de la fecha en que finalice el procedimiento para el acceso al cuerpo  facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la isla de Mallorca.

5. En caso de que la Administración tenga que acudir a la bolsa temporal que se aprueba con esta Resolución, las personas que la integran pueden aceptar o rechazar el ofrecimiento; en este último caso, la renuncia del ofrecimiento no supone la exclusión de la bolsa definitiva, que se tiene que constituir una vez finalizado el procedimiento selectivo de ingreso, y que tendrá la naturaleza de bolsa ordinaria de acuerdo con lo que dispone el Decreto 30/2009.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 54.1 a) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El artículo 12  del anexo del decreto 31/2012 de 13, de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

3. El artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

5. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

7. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la CAIB.

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Acordar la constitución de una bolsa de personal funcionario interino a partir de la relación de las personas aspirantes que han aprobado el primer o el primer y segundo ejercicio para el acceso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la isla de Mallorca, realizados el día 20 de octubre y el 22 de noviembre de 2018, respectivamente.

2. Establecer que la vigencia de esta bolsa es desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta la fecha en la que se constituya la bolsa mediante el procedimiento ordinario, una vez que haya concluido el proceso selectivo de acceso al cuerpo facultativo de superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico.

3. Determinar que la Administración de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears sólo puede nombrar interinamente a las personas integrantes de esta bolsa temporal en el supuesto que, atendidos los requisitos establecidos por la relación de lugares de trabajo, el lugar de trabajo en cuestión no pueda ser ocupado por alguna persona integrante de la bolsa extraordinaria del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico, aprobada por la Resolución de 30 de noviembre de 2010 (BOIB núm. 183, de 16 de diciembre de 2010).

4. Adjuntar la composición de la bolsa de personal funcionario interino, con indicación de todas las personas integrantes, el orden de prelación y la puntuación obtenida, que figura en el anexo de esta Resolución.

5.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la página web del Gobierno de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de la Escuela Balear de administración Pública (EBAP).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 11 de enero de 2019

El director/gerent de l’EBAP   

 Jaime Tovar Jover

 

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí

 

Anexo

Bolsa temporal del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la isla de Mallorca

 

Dni

Apellidos, nombre

Puntuación

Posición

Discapacidad

*5830

MATEU   SUAU   MARIA

16,1

1

N

*4945

LLOBET   MARTIN   DAVID JORDI

14,298

2

N

*070H

ESTEVE   BENEITO   FRANCESC

13,204

3

N

*7575

MUT   MUNAR   JOAN

11,83

4

N

*4338

CARRIO   MARTINEZ   JUAN

8,192

5

N

*3746

CARRERA   OLLER   LAIA

7,853

6

N

*5766

MUNAR   OLIVER   JUANA MARIA

7,74

7

N

*5215

 SAMPOL   MENA   RAFAEL

7,514

8

N

*3845

SERVERA   MORA   MAGDALA

7,458

9

N

*9890

QUINTANA   ABRAHAM   CARLOS

7,401

10

N

*5092

SERRA   BENNÀSSAR   ANTÒNIA

7,288

11

N

*0105

BUJOSA   PICORNELL   BARBARA MARIA

7,119

12

N

*7634

SUAU   MAYOL   TOMÀS

7,006

13

N

 *2356

OLIVER   MATARÓ   FRANCISCA

6,893

14

N

*2560

DIAZ   JIMENEZ   JOSUE

6,836

15

N

*5966

CALAFAT   PICORNELL   IRENE

6,497

16

N

 *7180

PERELLÓ   GAMUNDÍ   ANTONIA

6,102

17

N

*5505

CAYUELA   PONS   ESTHER

6,102

18

N

*8035

ESCANELLAS   MAS   MARIA ANTONIA

6,045

19

N

*4594

MELIS   VILA   M. ÀNGELA

5,989

20

N

*8720

CANTALLOPS   PERELLÓ   ELISABET

5,819

21

N

*2646

RAMIS   AMENGUAL   ANTÒNIA

5,763

22

N

*6548

GARCIA   FRAU   XAVIER

5,028

23

N

*1003

JANER   TORRENS   MARTI

5,028

24

N