Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 420
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 11 de enero de 2019 por la que se constituye una bolsa temporal para nombrar a personal funcionario interino del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para la isla de Mallorca
Hechos
1. Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2009 se aprobó el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 78, de 30 de mayo).
2. El artículo 3.10 de dicho Decreto establece que, si se agota una bolsa de personal funcionario interino y no hay bolsas anteriores, antes de aplicar el procedimiento extraordinario y sólo hasta la constitución definitiva de la bolsa de trabajo que se hará cuando acabe el proceso selectivo de personal funcionario de un determinado cuerpo, escala o especialidad, se podrá utilizar la relación de las personas aspirantes que hayan aprobado alguna de las pruebas o ejercicios realizados hasta aquel momento, de acuerdo con la orden de prelación que recoge el artículo 3.4 del mencionado Decreto.
3. Actualmente, la administración de la Comunidad autónoma de las Illes Balears, en la isla de Mallorca, no dispone de ninguna bolsa extraordinaria del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico para poder proveer puestos de trabajo adscritos a esta especialidad, dado que se encuentra agotada.
Esta bolsa fue aprobada por la Resolución de 20 de agosto de 2009 (BOIB núm. 132, de 10 de septiembre de 2009), en la mencionada bolsa no hay ninguna persona, en la situación de disponible.
4. Todo ello hace que, de acuerdo con el artículo 3.10 del Decreto 30/2009, sea necesario constituir una bolsa temporal a efectos de poder proveer puestos de trabajo.
Esta es una medida excepcional y provisional, que tiene como finalidad fundamental satisfacer el interés público, lo que no se no extenderá más allá de la fecha en que finalice el procedimiento para el acceso al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la isla de Mallorca.
5. En caso de que la Administración tenga que acudir a la bolsa temporal que se aprueba con esta Resolución, las personas que la integran pueden aceptar o rechazar el ofrecimiento; en este último caso, la renuncia del ofrecimiento no supone la exclusión de la bolsa definitiva, que se tiene que constituir una vez finalizado el procedimiento selectivo de ingreso, y que tendrá la naturaleza de bolsa ordinaria de acuerdo con lo que dispone el Decreto 30/2009.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 54.1 a) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El artículo 12 del anexo del decreto 31/2012 de 13, de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.
3. El artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
7. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la CAIB.
Propuesta de resolución
Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Acordar la constitución de una bolsa de personal funcionario interino a partir de la relación de las personas aspirantes que han aprobado el primer o el primer y segundo ejercicio para el acceso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la isla de Mallorca, realizados el día 20 de octubre y el 22 de noviembre de 2018, respectivamente.
2. Establecer que la vigencia de esta bolsa es desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta la fecha en la que se constituya la bolsa mediante el procedimiento ordinario, una vez que haya concluido el proceso selectivo de acceso al cuerpo facultativo de superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidadad asesoramiento lingüístico.
3. Determinar que la Administración de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears sólo puede nombrar interinamente a las personas integrantes de esta bolsa temporal en el supuesto que, atendidos los requisitos establecidos por la relación de lugares de trabajo, el lugar de trabajo en cuestión no pueda ser ocupado por alguna persona integrante de la bolsa extraordinaria del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico, aprobada por la Resolución de 30 de noviembre de 2010 (BOIB núm. 183, de 16 de diciembre de 2010).
4. Adjuntar la composición de la bolsa de personal funcionario interino, con indicación de todas las personas integrantes, el orden de prelación y la puntuación obtenida, que figura en el anexo de esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la página web del Gobierno de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de la Escuela Balear de administración Pública (EBAP).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 11 de enero de 2019
El director/gerent de l’EBAP
Jaime Tovar Jover
Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí
Anexo
Bolsa temporal del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la isla de Mallorca
Dni |
Apellidos, nombre |
Puntuación |
Posición |
Discapacidad |
*5830 |
MATEU SUAU MARIA |
16,1 |
1 |
N |
*4945 |
LLOBET MARTIN DAVID JORDI |
14,298 |
2 |
N |
*070H |
ESTEVE BENEITO FRANCESC |
13,204 |
3 |
N |
*7575 |
MUT MUNAR JOAN |
11,83 |
4 |
N |
*4338 |
CARRIO MARTINEZ JUAN |
8,192 |
5 |
N |
*3746 |
CARRERA OLLER LAIA |
7,853 |
6 |
N |
*5766 |
MUNAR OLIVER JUANA MARIA |
7,74 |
7 |
N |
*5215 |
SAMPOL MENA RAFAEL |
7,514 |
8 |
N |
*3845 |
SERVERA MORA MAGDALA |
7,458 |
9 |
N |
*9890 |
QUINTANA ABRAHAM CARLOS |
7,401 |
10 |
N |
*5092 |
SERRA BENNÀSSAR ANTÒNIA |
7,288 |
11 |
N |
*0105 |
BUJOSA PICORNELL BARBARA MARIA |
7,119 |
12 |
N |
*7634 |
SUAU MAYOL TOMÀS |
7,006 |
13 |
N |
*2356 |
OLIVER MATARÓ FRANCISCA |
6,893 |
14 |
N |
*2560 |
DIAZ JIMENEZ JOSUE |
6,836 |
15 |
N |
*5966 |
CALAFAT PICORNELL IRENE |
6,497 |
16 |
N |
*7180 |
PERELLÓ GAMUNDÍ ANTONIA |
6,102 |
17 |
N |
*5505 |
CAYUELA PONS ESTHER |
6,102 |
18 |
N |
*8035 |
ESCANELLAS MAS MARIA ANTONIA |
6,045 |
19 |
N |
*4594 |
MELIS VILA M. ÀNGELA |
5,989 |
20 |
N |
*8720 |
CANTALLOPS PERELLÓ ELISABET |
5,819 |
21 |
N |
*2646 |
RAMIS AMENGUAL ANTÒNIA |
5,763 |
22 |
N |
*6548 |
GARCIA FRAU XAVIER |
5,028 |
23 |
N |
*1003 |
JANER TORRENS MARTI |
5,028 |
24 |
N |