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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 407
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2019 por el que se nombra a los miembros de la Comisión para las Reclamaciones de Acceso a la Información Pública

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Texto

El Decreto 1/2019, de 11 de enero, regulador de la Comisión para las Reclamaciones de Acceso a la Información Pública, en el artículo 1 dispone que dicha comisión es el órgano competente para la instrucción y resolución de las reclamaciones reguladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears. Además, establece que este órgano actúa con autonomía funcional e independencia de criterio en el ejercicio de sus funciones.

La independencia de criterio se ve garantizada por la prescripción de que los miembros de la Comisión no podrán recibir órdenes o indicaciones de ninguna autoridad, así como por la previsión en dicho decreto de las causas tipificadas de remoción en el cargo.

De acuerdo con el artículo 3 del Decreto, la Comisión está formada por un presidente y dos vocales, que deben ser juristas de prestigio reconocido, con más de cinco años de experiencia profesional en el ámbito del derecho público. Los miembros serán nombrados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, por un periodo de tres años, a propuesta del consejero de Presidencia.

Por otra parte, la disposición adicional séptima de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019, establece que el Consejo de Gobierno podrá autorizar, por razones de interés público, la compatibilidad de los empleados públicos de las administraciones de las Illes Balears a fin de que puedan formar parte de órganos de la Administración autonómica que actúan en régimen de autonomía funcional y tienen atribuidas funciones de resolución en materia de recursos, reclamaciones o quejas, como es el caso de la citada comisión.

Las señoras María del Carmen Fernández González y Eva María Ramos García y el señor Miguel Alejandro Dot Ramis son juristas que reúnen las condiciones reglamentarias necesarias para ser miembro de esta comisión.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, en la sesión de 18 de enero de 2019, y en aplicación del Decreto 1/2019, de 11 de enero, regulador de la Comisión para las Reclamaciones de Acceso a la Información Pública, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Nombrar miembros de la Comisión para las Reclamaciones de Acceso a la Información Pública a las señoras María del Carmen Fernández González y Eva María Ramos García y al señor Miguel Alejandro Dot Ramis.

Segundo. Establecer que el mandato de tres años de los miembros de la Comisión, que se rige por el Decreto 1/2019, de 11 de enero, regulador de la Comisión para las Reclamaciones de Acceso a la Información Pública, se inicie el mismo día de su toma de posesión.

Tercero. Autorizar, por razones de interés público, la compatibilidad de los miembros de la Comisión que tengan la condición de funcionarios públicos, en los términos de la disposición adicional séptima de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019.

Cuarto. Notificar este acuerdo a las personas interesadas y publicarlo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 18 de enero de 2019

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra