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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 346
Corrección de errores del edicto núm.187 publicado en el BOIB núm. 7 de fecha 15 de enero de 2019, relativo al Decreto de presidencia núm. 2/2019 de 8 de enero, sobre la atribución de funciones y servicios en materia de políticas de género, mujer y LGTBI

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se ha detectado un error consistente en la publicación en una Sección equivocada (Sección V Anuncios) cuando se debía publicar en la Sección I de Disposiciones generales, y teniendo en cuenta que debía publicarse también la parte dispositiva del decreto.

Por ello, se rectifica el error y se publica el texto íntegro del Decreto en la sección correspondiente a fin de que comience su vigencia:

  

DECRETO DE PRESIDENCIA NÚM. 2/2019, DE 8 DE ENERO, DE ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE POLÍTICAS DE GÉNERO, MUJER Y LGTBI

De conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley Orgánica 1/2007 de 1 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, el pasado mes de diciembre, el Gobierno de las Illes Balears aprobó los siguientes decretos, publicados ambos en el BOIB núm. 160 de 22 de diciembre de 2018;

- Decreto 46/2018 de 21 de diciembre, de traspaso a los consejos insulares de las funciones y servicios inherentes a las competencias propias de estos consejos insulares que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de políticas de género y mujer.

- Decreto 47/2018 de 21 de diciembre, de traspaso a los consejos insulares de las funciones y servicios inherentes a las competencias propias de estos consejos insulares que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de políticas de LGTBI.

Ambos decretos establecen que la fecha de efectividad del traspaso de las funciones y servicios a los que se refieren, es la fijada en el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencias Gobierno- Consejos Insulares, es decir el día 1 de enero de 2019.

En el ámbito organizativo interno, corresponde al Departamento de Bienestar Social y Familia, por Decreto de esta presidencia número 120/2017 de 7 de julio por el cual se atribuyen las competencias a los diferentes departamentos, gestionar las funciones que corresponden a este consejo en materia de políticas de género.

En consecuencia, considero que debe ser este Departamento el que gestione las funciones y servicios transferidos recientemente por la administración autonómica, sin perjuicio de aquellas otras que, por su naturaleza, correspondan a otros órganos del Consejo Insular y, sin perjuicio también, de la necesaria colaboración con el resto de departamentos respecto de aquellas políticas que tengan carácter transversal.

En consecuencia, de conformidad con lo que establece el artículo 9.2 f) de la Ley 8/2000 de Consejos Insulares,

 

RESUELVO:

PRIMERO. Atribuir al Departamento de Bienestar Social y Familia las funciones y servicios que corresponde ejercer a este Consejo Insular, en relación con las materias de políticas de género, mujer y LGTBI.

SEGUNDO. Atribuir, así mismo, a la dirección insular de Bienestar Social y Familia, la gestión, de las funciones y servicios en las materias mencionadas en el punto anterior.

TERCERO. Publicar el contenido de este Decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que ente en vigor el mismo día en que se publique.

 

CUARTO. Notificar este Decreto a los interesados y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

 

Maó, a 16 de enero de 2019

La secretaria interina

Rosa Salord Olèo