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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 304
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la modificación del plan de inspección de las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada de las Islas Baleares 2017-2022

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 29 de noviembre de 2018,

Antecedentes

El Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, que aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002 (actualmente TRLPCIC aprobado por RD Legislativo 1/2016), en su artículo 23, establece que los órganos competentes para realizar las tareas de inspección ambiental garantizarán que todas las instalaciones bajo el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control de la contaminación, estén cubiertas por un plan de inspección ambiental que considere la totalidad del ámbito territorial en que estas operen y que este plan sea objeto de periódica revisión.

De conformidad con el art. 7.2 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, dispone que la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares ha de ejercer las funciones relativas a las autorizaciones ambientales integradas y el Decreto 4/2018, de 23 de febrero, de organización y funciones de la CMAIB, incluye las de planificar la inspección, el control y la vigilancia ambiental, así como de coordinarlas entre sí y con las de otras Administraciones Públicas y organismos inspectores.

En sesión de 6 de abril de 2017 el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares acordó la aprobación del Plan de Inspección de las instalaciones sometidas a AAI de las Islas Baleares 2017-2022 y el referido acuerdo fue publicado en el BOIB núm.53 de 4 de mayo de 2017 que ahora se modifica.

De la presente propuesta de modificación se otorgó trámite de audiencia a las entidades titulares de instalaciones con Autorización Ambiental Integrada otorgada y los Ayuntamientos de los términos municipales donde se ubican para que, en un plazo de 15 días, aleguen lo que a su derecho convenga respecto al contenido de la modificación del plan de inspección propuesta, sin que a día de hoy se hayan presentado alegaciones.

Por lo anterior el Pleno,

ACUERDA

Primero.- Aprobar la siguiente modificación del Plan de Inspección de las instalaciones sometidas a AAI de las Islas Baleares 2017-2022 y publicado en el BOIB núm.53 de 4 de mayo de 2017.

"Descripción de la modificación

El Plan de inspección de las Instalaciones sometidas a AAI de las Islas Baleares 2017-2022 establece en el punto 4.3 que las inspecciones "Corresponde a los técnicos adscritos a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares asignados al programa anual de inspección realizar las inspecciones y la redacción de los programas de inspección ambiental anuales y la ejecución de las actividades de inspección documental de las empresas sujetas a Autorización Ambiental Integrada". Por motivos de falta de tiempo, de número de personal, de instrumentos de trabajo ... se ha modificado el Plan de Inspección de las instalaciones sometidas a AAI de las Islas Baleares 2017-2022, donde se incluye la posibilidad de llevar a cabo las inspecciones por entidades acreditadas.

Modificaciones que se hacen

1 - Objeto:

Donde dice:

"1. ... en las autorizaciones ambientales integradas otorgadas a establecimientos situados en el ámbito territorial de las Islas Baleares ... "

Debe decir:

"1. ... en las autorizaciones ambientales integradas otorgadas a instalaciones situadas en el ámbito territorial de las Islas Baleares ... "

2 - Ámbito material

Se modifica la tabla con el número de instalaciones incluidas en el ámbito del plan.

Desde la elaboración del plan, hasta el día de hoy, ha variado el número de instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación, ya que hay nuevas solicitudes de AAI, e instalaciones que estaban en tramitación y que ya han sido autorizadas.

Donde dice:

1. Constituye el ámbito material del presente plan, la inspección ambiental integral de los establecimientos que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre (BOE núm. 316 de 18 de diciembre de 2016), que aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y, por tanto, sometidas a un procedimiento de Autorización Ambiental Integrada otorgada por la CMAIB.

Los establecimientos cubiertos por el presente plan de inspección a la fecha de su aprobación es de 19 establecimientos autorizados y 5 más en tramitación. La distribución de dichos establecimientos en función del tipo de instalación es la representada en la siguiente tabla:

Tipo de instalación

Autorizadas

En tramitación

1. Instalaciones de combustión

6

0

2. Producción y transformación de metales

0

0

3. Industrias mineras

4

0

4. Industrias químicas

0

0

5. Gestión de residuos

8

5

6. Industrias derivadas de la madera

0

0

7. Industrias textiles

0

0

8. Industrias del cuero

0

0

9. Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas

1

0

10. Consumo de disolventes orgánicos

0

0

11. Industrias del carbono

0

0

12. Industrias de conservación de la madera

0

0

13. Tratamiento de aguas

0

0

14. Captura de CO2

0

0

TOTAL

19

5

En la página web de la CMAIB se publicará la relación actualizada periódicamente de los establecimientos cubiertos por el presente plan de inspección, se recogerá también la información relativa a la actividad inspectora.

Debe decir:

1. Constituye el ámbito material del presente plan, la inspección ambiental integral de las instalaciones que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre (BOE núm. 316 de 31 de diciembre de 2016), que aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y, por tanto, sometidas a un procedimiento de Autorización Ambiental Integrada otorgada por la CMAIB.

Las instalaciones cubiertas por el presente plan de inspección a la fecha de su aprobación es de 24 instalaciones autorizadas y 3 más en tramitación. La distribución de dichas instalaciones en función del tipo es la representada en la siguiente tabla:

Tipo de instalación

Autorizadas

En tramitación

1. Instalaciones de combustión

6

0

2. Producción y transformación de metales

0

0

3. Industrias mineras

4

0

4. Industrias químicas

0

0

5. Gestión de residuos

13

3

6. Industrias derivadas de la madera

0

0

7. Industrias textiles

0

0

8. Industrias del cuero

0

0

9. Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas

1

0

10. Consumo de disolventes orgánicos

0

0

11. Industrias del carbono

0

0

12. Industrias de conservación de la madera

0

0

13. Tratamiento de aguas

0

0

14. Captura de CO2

0

0

TOTAL

24

3

En la página web de la CMAIB se publicará la relación actualizada periódicamente las instalaciones cubiertas por el presente plan de inspección, se recogerá también la información relativa a la actividad inspectora.

Donde dice:

"2. ... o la instalación en relación con las medidas y análisis de contaminantes realizados en la misma, así como ... "

Debe decir:

"2. ... o la instalación en relación con las medidas y análisis de contaminantes realizados, así como ... "

4 - Órganos competentes

Se incluye la posibilidad de participación de entidades externas independientes que demuestren la capacidad técnica adecuada para llevar a cabo actuaciones materiales de inspección que serán colaboradoras de la administración para la realización de inspecciones, tanto en inspecciones programadas, como en inspecciones no programadas.

Donde dice:

-A la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares le corresponde, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, ejercer las funciones relativas a las autorizaciones ambientales integradas. El Decreto 29/2009, de 8 de mayo, de organización y funciones de la CMAIB, incluye las de planificar la inspección, el control y la vigilancia ambiental, así como de coordinarlas entre sí y con las de otras Administraciones Públicas y organismos inspectores.

Debe decir:

-A la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares le corresponde, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, ejercer las funciones relativas a las autorizaciones ambientales integradas. El Decreto 4/2018, de 23 de febrero, por el que se aprueban la organización, las funciones y el régimen jurídico de la CMAIB, en el artículo 9.1.a) -V se establece que le corresponde al Pleno de la CMAIB la aprobación del plan de inspección y el programa anual.

Donde dice:

-Corresponde a los técnicos adscritos a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares asignados al programa anual de inspección realizar las inspecciones y la redacción de los programas de inspección ambiental anuales y la ejecución de las actividades de inspección documental de las empresas sujetas a Autorización Ambiental Integrada.

Debe decir:

-Corresponde a los técnicos adscritos a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares asignados al programa anual de inspección, realizar la redacción de los programas de inspección ambiental anuales y la ejecución de las actividades de inspección documental de las empresas sujetas a Autorización ambiental Integrada. Las propias Autorizaciones Ambientales Integradas incluyen programas de seguimiento que se tendrán en cuenta a la hora de elaborar los programas de inspección anual. El objetivo será que al menos una vez cada 3 años se hayan supervisado todos los aspectos ambientales y de proceso contenidos en la AAI.

Añadir los puntos:

-El personal técnico adscrito a otros servicios de la Consejería de Medio Ambiente o personal técnico de otras Consejerías que ejercen competencias sectoriales incorporadas en las autorizaciones ambientales integradas, serán los que hagan seguimiento de la vigilancia e inspección periódica para comprobar el cumplimiento de los requisitos de la AAI. El seguimiento de los condicionantes sectoriales indicados en la AAI será responsabilidad de los servicios competentes en la materia específica, que darán cuenta de los controles realizados a la CMAIB al menos una vez al año en el Informe de Control Documental.

-Las inspecciones sistemáticas y no sistemáticas, incluidas dentro del programa anual, pueden ser realizadas por los técnicos adscritos a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares. Asimismo, la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, en el ámbito del programa anual de inspecciones ambientales, podrá designar entidades acreditadas que demuestren la capacidad técnica adecuada para llevar a cabo, en su nombre, actuaciones materiales de inspección que no estén reservadas a los funcionarios públicos adscritos a la Comisión.

Donde dice:

2) Personal técnico adscrito a otros servicios de la Consejería de Medio Ambiente o personal técnico de otras Consejerías que ejercen competencias sectoriales incorporadas en las autorizaciones ambientales integradas.

Debe decir:

2) Otros entes que puedan desarrollar acciones de vigilancia del medio ambiente, como órganos con Autoridad en la materia.

5 - Definiciones

Se extraen dos definiciones en la modificación del Plan de inspección:

A.Campaña: Nivel de agregación en el que se agrupan las distintas actuaciones que pueden ser incluidas dentro de los programas de inspección ambiental. Se caracteriza por el carácter flexible de su duración o tipología de instalaciones a inspeccionar.

3.Jornada de inspección: Cada día que se dedica a la inspección ambiental física de actividades o instalaciones.

Se modifican las siguientes:

2. Control:

Donde dice:

"... o por entidades privadas debidamente acreditadas, ..."

Debe decir:

"... o por entidades externas independientes debidamente acreditadas ..."

Donde dice:

7.Personal de inspección: Funcionarios públicos o trabajadores con relación directa o indirecta con el órgano competente en tareas de inspección ambiental.

Debe decir:

7.Personal de inspección: Funcionarios públicos o personal cualificado con relación directa o indirecta con la entidad debidamente acreditada competente en tareas de inspección ambiental.

Añadir la definición de entidad designada:

-Entidad designada: Entidad debidamente acreditada, que demuestre la capacidad técnica adecuada para llevar a cabo, en nombre de la administración, actuaciones materiales de inspección en las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de prevención y control de la contaminación que no estén reservadas a los funcionarios públicos adscritos a la administración. (en el programa de inspección se deberán definir las especialidades en las que deben estar autorizadas las empresas designadas para cada una de las AAI en las que puedan intervenir).

6 - Programas anuales de inspección

Donde dice:

2.Acciones de formación continua de los inspectores.

Debe decir:

2.Acciones de formación continua de los inspectores o el personal cualificado de la entidad que efectuará las tareas de inspección.

Añadir el punto:

-Gran parte del programa de inspección queda reflejado en el seguimiento que la propia AAI queda establecido. Y que los responsables de este seguimiento serán los servicios competentes en la materia, que darán cuenta a la CMAIB al menos una vez al año en el Informe de Control Documental. Si bien, ante cualquier incumplimiento que pueda tener afección directa al medio ambiente los servicios avisarán a la CMAIB en el momento en que hayan sido conocedores. "

Segundo.- Publicar el Plan de inspección con sus modificaciones acordadas en la web de la CMAIB y en el BOIB.

  

Palma, a 10 de diciembre de 2018

El presidente de la CMAIB,

Antoni Alorda Vilarrubias