Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 291
Acuerdo pleno extraordinario del ayuntamiento de Es Mercadal del día 19 de diciembre de 2018 sobre la propuesta de delegación competencia del alcalde para aprobar y firmar el convenio para la prestación del servicio insular de seguridad y salud laboral de la administración local de la isla de Menorca
El Pleno de la Corporación celebrado, el día 19 de diciembre de 2018, en sesión extraordinaria ha adoptado el siguiente acuerdo, que dice:
4. PROPUESTA DELEGACIÓN COMPETENCIA Al ALCALDE PARA LA APROBACIÓN Y FIRMA DEL CONVENIO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INSULAR DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE La ISLA DE MENORCA
Se da cuenta de la siguiente propuesta del Alcalde sobre la delegación de competencia para la aprobación y firma del convenio para la prestación del servicio insular de seguridad y salud laboral de la administración local de la isla de Menorca, la cual fue dictaminada en la Comisión Informativa extraordinaria de Cuentas, Hacienda, Régimen Interno, Cultura, Área Social Sanitaria y Medio Ambiente celebrada en fecha 14 de diciembre de 2018, por 3 votos a favor del grupo PSOE y 4 abstenciones de los grupo PP (2) y ENTESA (2).
PROPUESTA DE ALCALDIA
Asunto: Propuesta delegación de competencia del Pleno al Alcalde para la aprobación del convenio entre el Ayuntamiento des Mercadal y la CIM por el servicio insular de Seguridad y Salud Laboral de la administración local de la Isla de Menorca.
Dado que desde el pasado mes de julio de 2018 está en tramitación el expediente E0446 / 2018 000030 relativo a la aprobación del convenio entre el Ayuntamiento de Mercadal y el CIM por el servicio insular de Seguridad y Salud Laboral de la administración local de la Isla de Menorca, desde el Ayuntamiento se ha emitido dos informes por parte del interventor municipal y se han remitido a la CIM para su consideración y que en estos momentos parece ser que se está tramitando una adenda a este convenio para que se pueda aprobar.
Dado que según la cláusula undécima del borrador de convenio, el convenio tiene efectos a partir de 1 de enero de 2019, una vez formalizado mediante la firma, y acaba el 31 de diciembre de 2021, y por tanto razones de eficacia y mayor celeridad en la aprobación de este convenio hace necesario que sea el Alcalde quién pueda aprobar este convenio, dado que hasta el día 30 de enero de 2019 no se celebrará el pleno ordinario siguiente.
Dado que según el artículo 51.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Local, el Pleno puede delegar cualquier de sus atribuciones, en todo o en parte, en el Alcalde y en la Junta de Gobierno, con excepción de las enumeradas en el artículo 23.2b) segundo inciso de la Ley 7/1985, de 2 de abril, siendo el régimen general de las delegaciones el contenido en los artículos 114 a 118 del ROF.
El acuerdo plenario por el que se produzca la delegación, se adoptará por mayoría simple, producirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma
Como Alcalde al pleno PROPONGO:
PRIMERO: El Pleno municipal delega en el Alcalde del Ayuntamiento la facultad y competencia para la aprobación del convenio entre el Ayuntamiento des Mercadal y la CIM por el servicio insular de Seguridad y Salud Laboral de la administración local de la Isla de Menorca por el periodo 2019 a 2021.
SEGUNDO: Publicar este acuerdo al BOIB y dar cuenta de la resolución de Alcaldia de aprobación del convenio al próximo pleno que se celebre.
No obstante el pleno con su superior criterio resolverá El Alcalde
VOTACIÓN
Pasada a votación esta propuesta es aprobada por 6 votos a favor del grupo municipal PSOE y 7 abstenciones (4 de la ENTESA y 3 del PP).
Es Mercadal, 14 de enero de 2019
El Alcalde
Francisco Ametller Pons