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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 231
Resolución del director general del Servicio de Salud de 20 de diciembre de 2018 por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de concurso, de un puesto de trabajo de jefe/jefa de grupo del equipo de atención primaria de la Zona Básica de Salud de Es Banyer, de la plantilla orgánica autorizada de atención primaria de Menorca

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Texto

Fundamentos de derecho

1. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB n.º 11/2013, de 22 de enero).

2. Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio).

Por ello dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para proveer, por el procedimiento de concurso, un puesto de trabajo de jefe/jefa de grupo del equipo de atención primaria de la Zona Básica de Salud de Es Banyer, de la plantilla orgánica autorizada de atención primaria de Menorca, de acuerdo con las especificaciones que figuran en el anexo.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa—  puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

No obstante, los interesados pueden optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 20 de diciembre de 2018

El director general del Servicio de Salud Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 13/01/2016 y BOIB 21/01/2016)

  

 

ANEXO Bases de la convocatoria

1. Se acuerda la convocatoria pública para proveer —por el procedimiento de concurso— un puesto de trabajo de jefe/jefa de grupo del equipo de atención primaria de la Zona Básica de Salud de Es Banyer, de la plantilla orgánica autorizada de atención primaria de Menorca, dependiente del director de dicha zona básica de salud y que ha de desempeñar las funciones propias de jefe/jefa de grupo y las de responsable de Admisión:

a. Encargarse de dirigir y coordinar las actividades del personal administrativo integrado en el equipo de atención primaria.

b. Emitir los informes que le requiera la Gerencia del Área de Salud de Menorca.

2. Toda persona aspirante a este puesto de trabajo ha de cumplir los requisitos siguientes antes de que venza el plazo para presentar solicitudes:

a. Tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 o C2.

b. Estar en la situación de servicio activo o en la de reserva de plaza en alguna institución sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

c. Ser miembro del equipo de atención primaria de la Zona Básica de Es Banyer.

d. Tener el nivel de conocimientos de catalán previsto por el Decreto 8/2018 para la categoría en cuestión. A diferencia de los otros requisitos, no es necesario que este se acredite dentro del plazo para presentar solicitudes.

3. Toda persona interesada en participar en este proceso selectivo ha de presentar una solicitud adjuntando una copia del documento de identidad y el currículum, en el que deben constar los datos siguientes:

a. Número del documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

b. Puestos de trabajo que haya ocupado.

c. Experiencia profesional y de gestión.

d. Títulos académicos.

e. Estudios, cursos, ponencias, publicaciones, informes, conocimientos de idiomas y cualquier otro mérito que considere oportuno hacer constar.

Las personas aspirantes también deben adjuntar a la solicitud la documentación que justifique los méritos alegados y la que acredite que cumplen los requisitos de la convocatoria.

4. Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deben presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el Registro General del Servicio de Salud de las Islas Baleares o bien por medio de cualquiera de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. Méritos que se valorarán hasta la fecha de publicación de la convocatoria:

a. Servicios prestados (máximo, 60 puntos):

  • Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1: 0,20 puntos por cada mes completo.
  • Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C2: 0,16 puntos por cada mes completo.

b. Puesto de trabajo relacionados con el puesto al que se opta (máximo, 60 puntos):

  • Puestos de jefatura (máximo, 40 puntos):
  • Por haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 19: 0,20 puntos por cada mes completo.
  • Por haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 19: 0,15 puntos por cada mes completo.
  • Por haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 19: 0,10 puntos por cada mes completo.
  • Otras experiencias profesionales relacionadas con el puesto al que se opta, según lo que se establezca en la convocatoria (máximo, 20 puntos): 0,10 puntos por cada mes completo. Se considera en este apartado la experiencia profesional en unidades de admisión de hospitales y de la atención primaria.

c. Formación relacionada con el puesto al cual se opta (máximo, 30 puntos):

  • Por cada crédito o por cada 10 horas como a docente o discente en cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas relacionados directamente con el contenido del puesto al que se opta: 0,10 puntos. Se consideran relacionadas las áreas temáticas siguientes: calidad, prevención de riesgos laborales, gestión del personal, atención al usuario, facturación y cualquier otra área que la Comisión de Selección considere relacionada con las funciones del puesto de trabajo.
  • Para valorar los cursos, los seminarios, los talleres, los congresos y las jornadas deben cumplir alguno de estos requisitos:
    • Tienen que haber sido organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente. Si la actividad ha sido organizada por una entidad de derecho público de acuerdo con el artículo 2.2.a de la Ley 39/2015, la persona interesada debe acreditar dicha condición.
    • Tienen que haber sido organizados por alguna organización sindical o una entidad sin ánimo de lucro e impartidos en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditados y/o subvencionados por aquellas, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.
    • Tienen que haber sido impartidos en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito dichos acuerdos.
  • Por certificar conocimientos de catalán, de conformidad con lo que prevé la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB n.º 34/2013, de 12 de marzo):
    • Certificado C1: 4 puntos.
    • Certificado C2: 5 puntos.
    • Certificado LA (lenguaje administrativo): 1 punto.
    • Solo se valorará el certificado correspondiente al nivel más alto y que no sea un requisito por poder optar al puesto de trabajo en cuestión; la puntuación del certificado LA se acumula en la del otro nivel acreditado.

6. Se constituye una comisión de evaluación, encargada de analizar las solicitudes presentadas y de valorar los méritos alegados por las personas aspirantes. Está formada por las personas siguientes:

a. Presidente: Jaime Coll Morey, designado por el director general del Servicio de Salud.

b. Vocales:

  • Patricia Vanesa Socias López, designada por el director general del Servicio de Salud.
  • José María Coll Benejam, designado por el director gerente del centro.
  • Dolores Lorente Zurita, designada por el director de la división o del área de dirección a la que está adscrito el puesto.

c. Secretario: Antonio Ligero García, designado por el directivo que tiene encomendada la gestión del área de personal del centro.

Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se designará un nuevo integrante.