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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 186
Corrección de errores advertidos en el anexo 1 de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de octubre de 2018 por la que se conceden ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que han cursado estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 140, de 8 de noviembre de 2018, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de octubre de 2018 por la que se conceden ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que han cursado estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018.

Se ha observado un error en la publicación del anexo 1 de la Resolución en relación con los expedientes de tres solicitantes a los que se propuso conceder una ayuda de acuerdo con la propuesta del director general de Política Universitaria y de Enseñanza Superior de 17 de octubre de 2018 (publicada en la página web http://dguni.caib.es) y 26 de octubre de 2018 (notificada por correo certificado a la interesada), que, por un error en la transcripción, no aparecen en la lista de beneficiarios, cuando tienen esta condición y así se ha tramitado en el procedimiento.

Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; asimismo, la rectificación de errores tiene que especificar, en su caso, los efectos jurídicos que derivan de esta, y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero

Corregir el error advertido en relación con tres expedientes de las personas beneficiarias que figuran en el anexo 1 de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de octubre de 2018 por la que se conceden ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que han cursado estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018.

De esta manera, en la relación ordenada alfabéticamente de las personas a las que se conceden ayudas de movilidad dentro del ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que han cursado estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018, que figura en el anexo 1 mencionado, se tienen que añadir los expedientes siguientes:

Núm. exp.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

19

PALOU

OLIVER

SÍLVIA

****8827M

528

PAREDES

PUJOL

XAVIER

****7243P

799

MARÍ

ALMAGRO

PAULA

****6737B

 

 

Segundo

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 20 de diciembre de 2018

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà