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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 158
Anuncio relativo a la aprobación provisional de la modificación puntual de las NNSS de Planeamiento consistente en corregir errores gráficos existentes en el plano 2.2 de ordenación de la Colònia de Sant Jordi que afecta a a 11 solares calificados en parte como zona hotelera

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Texto

Aprobación provisional de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento consistente en corregir errores gráficos existentes en el plano 2.2 de ordenación de la Colònia de Sant Jordi que afecta a 11 solares calificados en parte como zona hotelera.

Por acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Ses Salines en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de diciembre de 2018 se ha aprobado con carácter provisional  la modificación puntual de las Normas Subsidiarías de Planeamiento consistente en corregir errores gráficos existents en el plano 2.2 de ordenación de la Colònia de Sant Jordi en lo que afecta a 11 solares calificados en parte como zona hotelera, el contenido del cual es el siguiente:

Primero.- Aprobar e incorporar al expediente la documentación redactada por el Sr. Jerónimo Sáiz Gomila en octubre de 2018, que incorpora las consideraciones del informe de la presidenta de la CIOTU del Consell de Mallorca de 20/07/2018.

Segundo.- Aprobar provisionalmente la modificación puntual de las NNSS de Planeamiento consistente en corregir errores gráficos existents en el plano 2.2 de ordenación de la Colònia de Sant Jordi en lo que afecta a 11 solares calificados en parte como zona hotelera, cuando la delimitación correcta debería de grafiar el uso hotelero en la totalidad del solar, de acuerdo con la modificación redactada en octubre de 2018, por el Sr. Jerónimo Sáiz Gomila, ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, y el Documento ambiental estratégico, redactado el 27 de marzo de 2018 por el Sr. Gaspar Fuster Amer, asesor técnico en Medio Ambiente, Biólogo col. Núm. IB-00647.

Tercero.- Publicar el acuerdo de aprobación provisional, con la indicación de que esta publicación determinará por ella misma la pròrroga de la suspensión determinada por la aprobación inicial del instrumento. Esta prórroga tendráa una vigencia de un año o hasta la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento.

Cuarto.- Remitir el expedient completo, debidamente diligenciado, al Consell Insular de Mallorca para que proceda, en su caso, a su aprobación definitiva en el plazo máximo de seis meses.

Quinto.- Publicar los acuerdos anteriores en la forma que legalment proceda.

Sexto.- Facultar el alcalde para que lleve a cabo todas las actuaciones necesarias para la efectividad de los anteriores acuerdos.

En aplicación de los artículos 70.2 y 70.ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, se procede a su publicación.

  

Ses Salines, 9 de enero de 2019.

  

El Alcalde

Bernat Roig Galmés