Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 137
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de modificación del anexo I de la Resolución del consejero de Administraciones Públicas de 23 de julio de 2012 (BOIB número 110 de 31 de julio) por la cual se declararon de contratación centralizada determinadas obras, suministros y Servicios en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El Pleno de la Central de Contratación, en sesión de día 20 de julio de 2012, aprobó la relación de obres, suministros y servicios de contratación centralizada en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y elevó la propuesta al consejero de Administraciones Públicas  de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 56/2012, de 13 de julio, por el cual se creó la Central de Contratación, se reguló la contratación centralizada y se distribuyeron competencias en esta materia en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico.

2. El día 23 de julio de 2012, el consejero de Administraciones Públicas declaró de contratación centralizada la relación de obras, suministros y servicios aprobada por el Pleno de la Central, mediante Resolución que se publicó en el BOIB el 31 de julio de 2012. Esta Resolució ha sido modificada en tres ocasiones, la primera mediante Resolución del consejero de Hacienda y Presupuestos de 23 de julio de 2012 (BOIB número 169 de 7 de diciembre de 2013), la segunda mediante Resolución de la consejera de Hacienda y  Administraciones Públicas de 21 de junio de 2016 (BOIB núm. 84 de 2 de julio de 2016) y la tercera mediante Resolución de 7 de noviembre de 2016 (BOIB número 146 de 19 de noviembre).

3. En la sesión ordinaria del Pleno de la Central de 20 de junio de 2018 se decidió por unanimidad dejar sin efecto la centralización del servicio de telefonía (fija y móvil) y elevar a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas la oportuna modificación de la Resolución citada. El motivo radica en que la consejería de Innovación, a través de la Dirección General de Desarrollo Tecnológico ostenta la competencia originaria transversal en el ámbito de la CAIB en materia de telecomunicaciones. Al efecto la consejería contrata los servicios de telefonía fija, telecomunicaciones móviles y videoconferencia del que son destinatarias las consejerías de la CAIB. 

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 56/2012 de 13 de julio, por el cual se crea la Central de Contratación, se regula la contratación centralizada y se distribuyen competencias en esta materia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de lslas Baleares y delos entes que integran el sector público autonómico (BOIB 101/2012 de 14 de julio).

2. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB 97/2015 de 2 de julio).

3. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de Islas Baleares por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Islas Baleares (BOIB 120/2015 de 8 de agosto).

RESOLUCIÓN

1. Modificar el anexo de la Resolución del consejero de Administraciones Públicas de 23 de julio de 2012 por la cual se declararon objeto de contratación centralizada en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico determinadas obras, suministros y servicios que queda redactado de la forma siguiente:  

ANEXO Obras, suministros y servicios declarados de contratación centralizada

OBRAS

Reparaciones de edificios en general (fontanería, electricidad, pintura…)

Ejecución de instalaciones de producción de energía eléctrica

Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos

SUMINISTROS

Material de oficina

 Papel para impresión y fotocopias

Cartuchos de tóner y tinta para impresoras, fotocopiadores y faxes

 Mobiliario de oficina

Energía eléctrica

Equipamientos informáticos de oficina

Equipamientos para medir o controlar el consumo ene5gético y el factor de potencia

SERVICIOS

Limpieza

 Seguridad y vigilancia

Mediación para la contratación de seguros

Seguros cuya cobertura incluya todos o algunos órganos de contratación incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto 56/2012

Servicios postales

Agencias de viajes

Mantenimiento de instalaciones

Gestión de la venta de excedentes de producción de instalaciones de generación de energía eléctrica

Mejora de eficiencia energética con una tasa de ahorro garantizada y mantenimiento de las instalaciones térmicas de iluminación y otros consumidores de energía en edificios

Auditorías energéticas.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 10 de diciembre de 2018

La Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera Crespí