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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 136
Publicación del Convenio de colaboración entre UNICEF Comité Español y el Consejo Insular de Formentera relativo al cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria de Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia del año 2018

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Texto

De conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley 10/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se hace público el siguiente convenio que aprobó la Comisión de Gobierno en fecha de 11 de diciembre de 2018:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE UNICEF COMITÉ ESPAÑOL Y EL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN LA CONVOCATORIA DE RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA DEL AÑO 2018

Formentera, 11  de Diciembre de 2018

Partes

Dña. Mercedes del Pozo Abejón, presidenta del Comitè Balears, en nombre de UNICEF Comité Español.

Hble Sr. Jaume Ferrer Ribas como Presidente del Consell Insular de Formentera (CIF), quien actúa en nombre y representación del mismo, con CIF número P-0702400-C y con domicilio social en plaza de la Constitución número, 1 de Sant Francesc Xavier, en virtud del Acto de Pleno del Consell Insular de Formentera del 11 de junio de 2011, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

En virtud de la documentación aportada por el Consell Insular de Formentera y en cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria de Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia del año 2018 UNICEF Comité Español ha decidido renovar el reconocimiento al Consell Insular de Formentera como Ciudad Amiga de la Infancia, para el periodo 2018-2022; reconocimiento que es aceptado y asumido por D. Jaume Ferrer Ribas.

Antecedentes

1. El Programa CAI, liderado por UNICEF España, tiene como objetivo general promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, 1989), de la que nuestro país es signatario, en el ámbito de los gobiernos locales.

2. El Programa promueve la participación ciudadana de los niños en la vida municipal, impulsa políticas municipales para favorecer el desarrollo de los derechos de la infancia y la adolescencia y dinamiza la colaboración ciudadana y la coordinación institucional, como vías para facilitar la mejora continua y el desarrollo de estas políticas.

3. En fecha de 20 de diciembre de 2017 el Pleno del Consell de Formentera determinaba por unanimidad realizar la petición de Renovación del Sello de Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia que finalmente fue otorgado el 25 de octubre de 2018, por el que UNICEF España reconoce a los pueblos y ciudades que cumplen con los requisitos establecidos a este efecto.

4. Teniendo en cuenta que el Programa CAI y el Sello de Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia favorecerá los intereses de la población en general y de la infancia en particular; considerando, además, que el municipio de Formentera cumple con los requisitos estipulados, y manifestando la voluntad de contribuir activamente en la difusión y aplicación de la Convención sobre los Derechos de la Infancia en nuestra localidad.

5. En virtud del cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria de Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia del año 2018, es voluntad de ambas partes recoger por escrito los compromisos adquiridos de acuerdo con los siguientes:

PACTOS

1. Que el Consell Insular de Formentera podrá hacer uso público del Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia a los efectos de informar, sensibilizar y dinamizar a la ciudadanía, promover la participación infantil, actuar a favor de la infancia en todos los ámbitos posibles conforme a sus competencias y prestigiar su actividad institucional. El uso de los logos institucionales de UNICEF Comité Español y Ciudades Amigas de la Infancia seguirá las directrices dadas por UNICEF Comité Español para el efecto.

2. Que el presente convenio ratifica el reconocimiento otorgado al Consell Insular de Formentera como Ciudad Amiga de la Infancia y entra en vigor el día de su firma. Estará vigente por un plazo de 4 años, sin perjuicio de la facultad de cualquiera de las partes de promover su finalización de forma unilateral en cualquier momento, informando previamente a la otra de los motivos de dicha decisión.

3. Que a los dos años de la firma del Convenio, el Consell Insular de Formentera se compromete a elaborar y presentar un informe intermedio en el que tenga en cuenta las recomendaciones que le serán entregadas por UNICEF Comité Español. Dicho informe deberá entregarse antes del 1 de diciembre de 2020, en el formato ofrecido por UNICEF Comité Español,

4. Que el Consell Insular de Formentera y UNICEF Comité Español se comprometen a mantener cauces de información, diálogo y colaboración eficaces, a los efectos de desarrollar, mejorar de forma continua e innovar en las políticas locales de infancia y adolescencia.

5. Que el Consell Insular de Formentera colaborará en las campañas de sensibilización y los llamamientos de apoyo a las situaciones de emergencias que realice UNICEF Comité Español.

6. UNICEF Comité Español se compromete a informar al Consell Insular de Formentera de todas las acciones que se realicen en el marco del Programa Ciudades Amigas de Ia Infancia.

7. Que el Consell Insular de Formentera promoverá en su municipio y en todos los centros educativos la celebración del Día Universal de la Infancia (20-N) y dará visibilidad a esta fecha en la agenda local.

8. Que el Consell Insular de Formentera incentivará el registro de los centros educativos al programa educativo de UNICEF Comité Español a través de su página web (www.unicef.es/educa ) donde tendrán acceso de forma gratuita a materiales, recursos, servicios y propuestas educativas sobre derechos de infancia.

9. Que en su promoción de la participación infantil, el Consell Insular de Formentera promoverá que niños, niñas y adolescentes cuenten con espacios propios para la generación de propuestas que serán tenidas en cuenta, así como la coordinación entre municipio, centros educativos y otras asociaciones para desarrollar el concepto de Ciudadanía Global esfuerzo que UNICEF Comité Español apoyará aportando metodología y formación desde el programa Ciudades Amigas de la Infancia y Educación en Derechos de Infancia.

10. Se compromete a realizar todos los esfuerzos posibles para promover los programas de acción para y con la infancia y las familias, prestando especial atención a los colectivos más vulnerables y en situación de riesgo de exclusión social, con objeto de contribuir la consecución de un Pacto de Estado por la Infancia.

11. El Reconocimiento podrá ser retirado por parte de UNICEF Comité Español a un gobierno local si existe evidencia de que, globalmente considerada, su política de actuación en materia de infancia entra en abierta y reiterada contradicción con la Convención sobre los Derechos del Niño o con el presente convenio.

12. La firma de este convenio no implica ninguna contraprestación económica por parte de los firmantes.

13. El presente Convenio podrá resolverse, entre otras causas, por mutuo acuerdo entre las partes y por incumplimiento de las obligaciones esenciales por cualquiera de ellas, en caso de que la contraparte incumplidora opte por la resolución.

14. Este convenio de colaboración tiene la naturaleza prevista en el artículo 6.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, y por tanto, está excluido del ámbito de su aplicación y se regirá por sus cláusulas y por las normas administrativas que sean aplicables.

15. Las partes acuerdan que toda controversia o discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente convenio o relacionados con él, directamente o indirecta, se resolverán definitivamente de forma consensuada entre las partes. En caso de no poder llegar a ningún acuerdo las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la interpretación, la ejecución y, si se tercia, la resolución de este convenio se tienen que someter a la jurisdicción contenciosa administrativa, según el establecido a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Y para que conste a los efectos oportunos, firmamos este convenio en dos ejemplares

Palma 2 de enero de 2019

 

El Presidente

En nombre de UNICEF Comité Español 

 Consell Insular de Formentera

Mercedes el Pozo

Jaume Ferrer Ribas