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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 35
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Acta de aprobación del calendario laboral para el año 2019 del Convenio colectivo del sector de la construcción de las Illes Balears (código de convenio 07000335011981)

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Texto

Antecedentes

1. El 29 de noviembre de 2018, la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de la construcción de las Illes Balears acordó y suscribió el calendario laboral para el año 2019.

2. El 30 de noviembre, Eduardo López Ramos, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la mencionada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acta de aprobación del calendario laboral para el año 2019 del Convenio colectivo del sector de la construcción de las Illes Balears en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Paritaria.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Paritaria y que la versión catalana es una traducción.

4. Publicar el Convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, a 5 de diciembre de 2018

La directora general de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral Isabel Castro Fernández Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria (BOIB 105/2015)

 

 

 

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS ILLS BALEARS

Asistentes:

UGT-FICA-BALEARES

Sonia Saavedra Ferreira

Roberto Serrano Herrero

CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS CCOO

Miguel A. Pardo Bergas

Francisco Lahilla Felipe

ASOCIACIÓN DE CONSTRUCTORES DE BALEARES

Sandra Verger Rufián

Andrés Moll Linares

ASOCIACIÓN PATRONAL YESEROS-ESCAYOLISTAS DE BALEARES

ASOCIACIÓN MAESTROS PINTORES DE BALEARES

Antonia Capó Parrilla

ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE PROMOTORES INMOBILIARIOS DE BALEARES

Manuel Domingo García

En Palma de Mallorca, a 29 de noviembre de 2018, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de las Illes Balears, integrada por las personas y representaciones antes relacionadas, adoptando los acuerdos siguientes:

Primero.- Determinación del calendario laboral para 2019.

La Comisión Paritaria aprueba el calendario laboral para 2019, en los términos que se recogen en documento que se anexa a la presente acta.

Segundo.- Delegación de facultades.

La Comisión Paritaria autoriza a Andrés Moll Linares, para que realice cuantas gestiones sean necesarias para el registro y publicación del acuerdo anterior.

Leída y hallada conforme, las partes asistentes firman la presente acta en el lugar y fecha antes señalados.

 

CALENDARIO LABORAL 2019

ANEXO

2019

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Sept.

Oct.

Nov.

Dic.

1

F.N.

8

F.A.

8

F.N.

S

8

8

D

8

F.N.

D

2

8

S

S

8

8

D

8

8

8

8

S

8

3

8

D

D

8

8

8

8

S

8

8

D

8

4

8

8

8

8

S

8

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8

8

8

8

5

S

8

8

8

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8

8

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8

S

8

8

6

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S

8

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S

8

8

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8

F.N.

7

8

8

8

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8

8

D

8

S

8

8

S

8

8

8

8

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8

8

D

8

8

D

9

8

S

S

8

8

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S

8

10

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D

8

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8

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S

8

8

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8

11

8

8

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8

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8

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8

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8

12

S

8

8

8

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8

8

8

8

F.N.

8

8

13

D

8

8

S

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S

8

8

D

8

8

14

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8

8

D

8

8

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8

8

S

15

8

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8

8

S

8

F.N.

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8

8

D

16

8

S

S

8

8

D

8

N.L.

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S

8

17

8

D

D

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S

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18

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8

F.A.

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8

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19

S

8

8

F.N.

D

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8

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20

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8

S

8

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8

8

21

8

8

8

D

8

8

D

8

S

8

8

S

22

8

8

8

F.A.

8

S

8

8

D

8

8

D

23

8

S

S

8

8

D

8

8

8

8

S

N.L.

24

8

D

D

8

8

8

8

S

8

8

D

N.L.

25

8

8

8

8

S

8

8

D

8

8

8

F.N.

26

S

8

8

8

D

8

8

8

8

S

8

F.A.

27

D

8

8

S

8

8

S

8

8

D

8

N.L.

28

8

N.L.

8

D

8

8

D

8

S

8

8

S

29

8

 

8

8

8

S

8

8

D

8

8

D

30

8

 

S

8

8

D

8

8

8

N.L.

S

N.L.

31

8

 

D

 

8

 

8

S

 

N.L.

 

N.L.

Horas 

176

152

160

152

176

160

184

160

168

168

160

112

                         

TOTAL HORAS

1.928

       

S

Sábado

VACACIONES

176

       

D

Domingo

2 FESTIVOS LOCALES

16

       

F.N.

Festivo Nacional

HORAS CONVENIO

1.736

       

F.A.

Festivo Autonómico

                 

N.L.

No Laborable

El presente calendario laboral para 2019 es el resultado de la adecuación a la jornada anual de 1.736 horas,

prevista para 2019, y del mismo deberán descontarse los dos días festivos locales y los 22 días laborables de

disfrute de vacaciones, ofreciendo un resultado de nueve (9) días no laborables (N.L.) que, en defecto de

acuerdo en el seno de la empresa adoptado antes del 30 de enero, se disfrutarán en las fechas del 28 de febrero, 16 de agosto, 30 y 31 de octubre y 23, 24, 27, 30 y 31 de diciembre.

 

Los trabajadores que finalicen su contrato a lo largo de 2019, tendrán derecho a disfrutar de un (1) día no

laborable por cada 41 días naturales completos de trabajo como único prorrateo. Caso de no disfrutarlos

deberán comprenderse en la correspondiente liquidación contractual.