Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 13380
Extracto de la Resolución de la Consejera de Cultura, Participación y Deportes de día 20 de diciembre por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones complementarias en relación con los proyectos aprobados en el marco de la iniciativa comunitaria Cuerpo Europeo de Solidaridad
BDNS: 430878
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 bi 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del texto completo que se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero. Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, con domicilio social en las Islas Baleares, que sean promotoras de un proyecto incluido en la iniciativa comunitaria Cuerpo Europeo de Solidaridad, que previamente haya aprobado la Comisión Europea o la Agencia Nacional Española, en las convocatorias de octubre de 2018 y de febrero y abril de 2019.
Segundo. Finalidad:
Apoyar proyectos aprobados en el marco de la iniciativa comunitaria Cuerpo Europeo de Solidaridad, a favor de las entidades que se indican en el apartado 3 y en cuanto a las convocatorias del programa CES que se especifican.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 (BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la orden de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo),
Cuarto. importe:
Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima global de 20.000 € con cargo a las partidas siguientes, correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2019.
- 12.000 € con cargo a la partida 26501 323A01 48000 00 (familias e instituciones sin ánimo de lucro)
- 2.000 € con cargo a la partida 26501 323A01 46001 00 (ayuntamientos)
- 2.000 € con cargo a la partida 26501 323A01 46101 00 (consejos insulares)
- 2.000 € con cargo a la partida 26501 323A01 46401 00 (empresas públicas y otros entes públicos de corporaciones locales)
- 2.000 € con cargo a la partida 26501 323A01 46901 00 (otros entes territoriales)
El importe de subvención solicitado no puede superar el 15% del presupuesto aprobado por la Agencia Nacional Española para el proyecto en concreto. En ningún caso el importe de la subvención puede ser superior al presupuesto aprobado como base de la subvención, ya sea a través de esta ayuda o en concurrencia con otras ayudas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para presentar solicitudes es desde el día siguiente que se publique esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el 1 de julio de 2019.
Sexto. Observaciones:
La eficacia de esta convocatoria de subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2019.
Palma, 20 de diciembre de 2018
La consejera de Cultura, Participación y Deportes,
Francesca Tur Riera