Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 13377
Acuerdo del Pleno de día 16 de octubre de 2018 relativo a la aprobación definitiva de la rectificación del expediente número 8 de modificación de créditos en el presupuesto del Institut Mallorquí d'Afers Socials de 2018
Aprobado inicialmente, en sesión del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 16 de octubre de 2018 i transcurrido el plazo de exposición al público sin que se hayan formulado reclamación alguna, queda definitivamente aprobada la rectificación del expediente número 8 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2018 por crédito extraordinario (EXT 01/2018 i SUP 1-18).
Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Palma, 18 de diciembre de 2018
El Secretario general.
(Decreto de 17 de julio de 2015,
BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015) eroni Mas Rigo