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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 13223
Resolución del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca por la que se somete a trámite de información pública el Plan director sectorial de prevención y gestión de residuos peligrosos de las Islas Baleares (PDSGP-RP)

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Texto

Hechos

1. En fecha 28 de diciembre de 2017, el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca ordenó el inicio de procedimiento y tramitación de la redacción del Plan de prevención y gestión de residuos peligrosos de las Islas Baleares.

2. En fecha 10 de enero de 2018, mediante Resolución el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca se ordenó a la dirección general de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos que llevara a cabo las actuaciones necesarias a fin de sustanciar una consulta pública durante 15 días hábiles a través de la vía telemática del Plan de prevención y gestión de residuos peligrosos de las Islas Baleares.

3. Entre los días 17 de enero de 2018 y hasta el 6 de febrero de 2018 se publicó en la página de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) el enlace a la Consulta pública previa a la redacción del Plan de prevención y gestión de residuos peligrosos de las Islas Baleares.

4. El artículo 133.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que "la consulta, audiencia e información pública reguladas en este artículo deberán realizarse de manera tal que los potenciales destinatarios de la norma y quien realice aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, por lo que deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que sean claros, concisos y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia ".

Fundamentos de derecho

- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

  1. Someter el Plan director sectorial de prevención y gestión de residuos peligrosos de las Islas Baleares (PDSGP-RP) a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la dirección general de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, calle Gremio de Corredores, 10 (polígono Son Rossinyol, Palma) y en su web http://residus.caib.es y el Portal de Participación Ciudadana (<http://participaciociutadana. caib.es>) del Gobierno de las Islas Baleares.

  2. Fijar el plazo para la información pública en cuarenta y cinco días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  3. Las alegaciones deberán presentarse en la sede de la Dirección General de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, calle Gremio de Corredores, 10 (polígono Son Rossinyol, Palma), o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y deben ir dirigidas a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca (Dirección General de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos).

  4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado "Participación en la elaboración de normativa" de la página web Participación Ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Islas Baleares, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

  1. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

  2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

  

Palma, 14 de diciembre de 2018

El consejero,

Vicenç Vidal Matas