Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD
Núm. 13239
Extracto de la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 10 de diciembre de 2018, por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para establecer nuevos puntos de recarga rápida para vehículo eléctrico en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas y las asociaciones empresariales, con cualquier figura jurídica admitida por el ordenamiento jurídico (personas físicas, personas jurídicas de derecho privado y comunidades de bienes), que lleven a cabo su actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Segundo. Objeto
El objeto de esta Resolución es aprobar y regular, dentro del marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible, la convocatoria pública de ayudas para fomentar la instalación de puntos de recarga rápida de acceso público para vehículo eléctrico.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Islas Baleares.
En todo lo que no prevén esta Resolución ni la Orden mencionada se aplicará el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
Cuarto. Cuantía
Esta convocatoria se tramita con carácter plurianual por un importe 6.000.000,00 €, con cargo al presupuesto de la Comunitat Autónoma para los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 y, concretamente, al centro de coste 25601, subprograma 731A01, capítulo 7, artículo 77.
La distribución de los fondos por anualidad y lote será la siguiente:
— Año 2019
Se asigna un importe de 3.240.000 € con el siguiente desglose:
Lote 1: 356.400 €
Lote 2: 356.400 €
Lote 3: 356.400 €
Lote 4: 356.400 €
Lote 5: 356.400 €
Lote 6: 648.000 €
Lote 7: 648.000 €
Lote 8: 162.000 €
— Año 2020
Se asigna un importe de 1.800.000 € con el siguiente desglose:
Lot 1: 198.000 €
Lot 2: 198.000 €
Lot 3: 198.000 €
Lot 4: 198.000 €
Lot 5: 198.000 €
Lot 6: 360.000 €
Lot 7: 360.000 €
Lot 8: 90.000 €
— Año 2021
Se asigna un importe de 480.000 € con el siguiente desglose:
Lote 1: 52.800 €
Lote 2: 52.800 €
Lote 3: 52.800 €
Lote 4: 52.800 €
Lote 5: 52.800 €
Lote 6: 96.000 €
Lote 7: 96.000 €
Lote 8: 24.000 €
— Año 2022
Se asigna un importe de 480.000 € con el siguiente desglose:
Lote 1: 52.800 €
Lote 2: 52.800 €
Lote 3: 52.800 €
Lote 4: 52.800 €
Lote 5: 52.800 €
Lote 6: 96.000 €
Lote 7: 96.000 €
Lote 8: 24.000 €
La asignación será vinculante por el importe total y no por cada lote. En caso de que no se cubriera la totalidad del presupuesto inicial asignado a cada lote de la anterior distribución, el importe remanente de cada anualidad se dividiría y asignaría a partes iguales entre los lotes en los que se haya agotado el presupuesto. En caso de que no se cubriera la totalidad del presupuesto correspondiente a una anualidad después de la redistribución entre los lotes, el importe remanente se podría incorporar a futuras anualidades.
Esta convocatoria se tramita como expediente de gasto anticipado, y de acuerdo con el artículo 43.1 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el 2019, 2020, 2021 y 2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finalizará a los tres meses de la publicación de esta Resolución en el BOIB.
Palma, 10 de diciembre de 2018
El consejero de Territorio, Energía y Movilidad Marc Isaac Pons i Pons