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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 13222
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino, de 18 de diciembre de 2018, por la que se establece una veda anual para la pesca recreativa desde tierra en la Reserva Marina de la Isla del Toro

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Texto

La Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 28 de mayo de 2004, por la cual se establece la Reserva Marina de la isla del Toro, comprendida entre el clot des Moro, la isla del Toro y cala Rafalbeig, señala en el artículo 4 que la Dirección General de Pesca, actualmente Dirección General de Pesca y Medio Marino, podrá establecer periodos de veda para la pesca artesanal y recreativa y limitaciones de actividades para preservar los recursos marinos y pesqueros en función de los resultados del seguimiento científico.

En la quinta reunión de la Comisión de Seguimiento de las reservas, que tuvo lugar el 22 de octubre de 2015, se expusieron los resultados del seguimiento y la vigilancia en la reserva del Toro y se puso de manifiesto la necesidad de limitar la pesca recreativa desde tierra debido a la masificación de esta práctica, las dificultades para su control, la degradación ambiental que provoca y el riesgo que supone para el buceo recreativo.

Por todo esto, en virtud de las competencias para establecer medidas de control y regulación atribuidas a esta Dirección General de Pesca y Medio Marino por la orden de creación de la reserva ya mencionada, una vez escuchada la Comisión de Seguimiento y revisada la propuesta de regulación con los sectores afectados, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo primero

El objeto de esta resolución es establecer medidas complementarias de regulación de la pesca recreativa desde tierra en la Reserva Marina de la Isla del Toro.

Artículo segundo

Se establece una veda para la pesca marítima recreativa desde tierra desde el 1 de abril al 30 de septiembre.

Disposición final única

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y tendrá un vigencia de tres años.

 

Palma, 18 de diciembre de 2018

El Director General de Pesca y Medio Marino Juan Mercant Terrasa