Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 13169
Extracto de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 14 de diciembre de 2018, por la cual se aprueba, como gasto anticipado, la convocatoria de subvenciones del Programa SOIB Jove- Cualificados Sector Público/ Ayuntamientos 2019, la cual se prevé que pueda ser cofinanciada por el Fondo Social Europeo con cargo al Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil
(EXPEDIENTE DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA DE GASTO)
BDNS (Identif.): 429923
De acuerdo con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entes y entidades beneficiarias
Pueden solicitar las ayudas establecidas en esta convocatoria las entidades siguientes:
a) Los entes de la comunidad autónoma de las Illes Balears siguientes:
b) La Universidad de las Illes Balears y sus entidades dependientes o vinculadas
- Ayuntamientos que no se hayan beneficiado de una subvención de la línea 1 en la convocatoria SOIB Jove- Cualificados Entidades Locales 2018 aprobada por Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 9 de julio de 2018 (BOIB nº 86 de 12 de julio de 2018).
No pueden beneficiarse de las ayudas previstas en esta convocatoria las entidades en las cuales concurra alguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones modificado por la Disposición final séptima de la Ley 7/2018, de 31 de julio, de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 7 de agosto), el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE de 18 de noviembre) y en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOIB núm. 99, de 4 de agosto).
Segundo. Objeto
Este programa pretende fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes desocupadas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El objeto de esta convocatoria es subvencionar parte de los costes salariales y de Seguridad Social de los jóvenes que se contraten, con el objetivo de que mejoren su empleabilidad en el ejercicio práctico de los conocimientos adquiridos en su formación y en las áreas de su conocimiento y, de esta manera, mejorar las posibilidades de inserción posterior en el mercado laboral.
La concesión de las subvenciones es por el procedimiento de concurrencia competitiva aplicando los criterios de valoración que se exponen en el punto 10 de esta convocatoria.
El ámbito de aplicación de esta convocatoria es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Tercero. Bases reguladoras
En la Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2013 se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Ocupación de las Illes Balears (BOIB nº 146, de 24 de octubre).
Cuarto. Crédito
El crédito total asignado a esta convocatoria es de 5.500.000 € que se tiene que repartir entre las dos líneas de ayudas de la manera siguiente:
Cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan se puede aumentar el importe de esta convocatoria sin abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, siempre que la ampliación de crédito se apruebe en cualquier momento anterior a la resolución de concesión.
En previsión que la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales para el 2019 mantenga el criterio que establece la disposición adicional quinta de la Orden TMS/658/2018, de 18 de junio (BOE nº 149 de 20 de junio), las acciones previstas en esta convocatoria podrán ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa Operativo de Empleo Juvenil (2014-2020), objetivo específico 8.2.2. «Reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación».
Quinto. Importe
El hecho subvencionable es la contratación a jornada completa de las personas jóvenes bajo la modalidad del contrato en prácticas por una duración de quince (15) meses.
Son gastos subvencionables:
La cuantía de la subvención será del 80 % del importe de los gastos subvencionables antes relacionados.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución y del extracto en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Séptimo. Otros datos
Se pueden contratar las personas jóvenes desocupadas, con más de 18 años y menos de 30 años, con titulación universitaria o formación profesional de grado superior acreditada, inscritos como demandantes desocupados en el SOIB, que cumplan los requisitos siguientes:
Palma, 14 de diciembre de 2018
El Consejero de Trabajo, Comercio e Industria y Presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears
Iago Negueruela Vázquez