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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 13137
Resolución del síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, de 18 de diciembre de 2018, por la cual se publican el resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 137/2017 sobre la rendición de cuentas del sector público local de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2016

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Texto

Hechos

  1. El día 20 de diciembre de 2017, el Consejo de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears acordó aprobar el Informe 137/2017 sobre la rendición de cuentas del sector público local de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2016.

  2. El día 18 de abril de 2018, el presidente del Parlamento de las Illes Balears comunicó a la SCIB que se había llevado a cabo el último trámite parlamentario referente a dicho Informe, que tuvo lugar con la presentación y el debate del Informe a la sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuestos del día 10 de abril de 2018.

Fundamentos de derecho

  1. El artículo 12.3 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, regula los informes o las memorias de fiscalización y dispone su remisión al Parlamento, a los sujetos fiscalizados y al Tribunal de Cuentas, y también su publicación en el BOIB después del último trámite parlamentario.

  2. El artículo 32.1 del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas establece que esta institución publicará el resultado de la fiscalización en el BOIB, una vez recibida la comunicación expresa de que se ha llevado a cabo el último trámite parlamentario.

Por todo ello, y de acuerdo con lo que disponen la mencionada Ley 4/2004 y el Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears,

Resuelve

Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears el resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 137/2017 sobre la rendición de cuentas del sector público local de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2016, el cual puede ver en el edicto que se adjunta como anexo I.

 

Palma, 18 de diciembre de 2018

El síndico mayor Joan Rosselló Villalonga

 

 

ANEXO I INFORME 137/2017 SOBRE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL DE LAS ILLES BALEARS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2016

I. INTRODUCCIÓN

1. PRESENTACIÓN

El artículo 82 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears establece que corresponde a la Sindicatura de Cuentas, institución regulada en la Ley /2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Illes Balears.

El artículo 18.2.b del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura establece que el Programa anual de actuaciones incluirá, obligatoriamente, un informe sobre la rendición de cuentas de las entidades locales y los otros organismos, empresas y entidades que integran el sector público local balear. En cumplimiento de este mandato, el Consejo de la SCIB emite el Informe sobre la rendición de cuentas del sector público local de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2016, previsto en el Programa de actuaciones para el año 2017 y que, de acuerdo con el artículo 27 del mencionado Reglamento, es de carácter general.

De acuerdo con las Directrices técnicas aprobadas por el Consejo de la Sindicatura, el 31 de marzo de 2017, este Informe consiste en una revisión limitada y formal de la rendición de cuentas de las entidades locales y los otros organismos, empresas y entidades que integran el sector público local balear. Hay que manifestar que no se trata, en ningún caso, de un informe de fiscalización de las cuentas generales de las entidades locales consideradas particularmente.

Los trabajos de fiscalización, los ha llevado a cabo, en las dependencias de la Sindicatura de Cuentas, un auditor del Área de Auditoría de Ayuntamientos y Entidades Locales. La fecha de finalización del trabajo de campo ha sido el mes de octubre de 2017.

2. OBJETIVOS

Los objetivos generales del Informe son los siguientes:

  • Verificar el cumplimiento de la normativa vigente con relación a la rendición de las cuentas.

  • Determinar la integridad de las cuentas anuales requeridas por la normativa, si se ajustan a los modelos establecidos y si contienen toda la documentación exigida.

  • Verificar el cumplimiento de la obligación de remitir la relación anual de contratos.

No es objetivo de este Informe realizar un examen exhaustivo de cada una de las cuentas rendidas. Se trata de llevar a cabo una revisión limitada en la cual se realiza una comprobación de la rendición de las cuentas generales por parte de las entidades incluidas en su ámbito subjetivo, y se incluyen las conclusiones y las recomendaciones de carácter general que se consideran adecuadas.

3. ÁMBITO SUBJETIVO

El ámbito subjetivo está integrado por las 77 entidades locales de las Illes Balears (4 consejos insulares, 66 ayuntamientos, 6 mancomunidades y 1 entidad local menor) y 116 entidades dependientes y adscritas activas (44 organismos autónomos, 25 sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de estas entidades locales, 2 entidades públicas empresariales, 3 sociedades mercantiles de participación mayoritaria, 17 consorcios adscritos, 23 fundaciones dependientes y 2 asociaciones dependientes). Es decir, se trata de 193 entidades en total.

El Informe sobre la rendición de cuentas del sector público local de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2016 es el primero que incluye las sociedades mercantiles de participación mayoritaria, los consorcios adscritos y las entidades sin fines lucrativos —fundaciones y asociaciones— dependientes de las entidades locales de las Illes Balears.

La variación respecto del ejercicio anterior corresponde al alta en la plataforma para la rendición telemática de cuentas de las siguientes entidades:

- Organismo autónomo Fundación Escuela Municipal de Música de Petra (Ayuntamiento de Petra)

- EPE Instituto de la Juventud de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

Y a la disolución de los siguientes entes:

- Iniciativas y Transformaciones Urbanas, S.A. (ITUSA) (51% del Ayuntamiento de Ibiza)

- Consorcio Plan Mirall de Inca (Ayuntamiento de Inca)

- Consorcio Museo de Arte Moderno y Contemporáneo (Ayuntamiento de Palma)

- Consorcio Mirall-Palma-Centro Histórico y Áreas Rehabilitación Integral (Ayuntamiento de Palma)

Además de los 116 entes dependientes y adscritos mencionados, hay 8 inactivos, que son los siguientes:

- Organismo autónomo Museo de Inca (Ayuntamiento de Inca)

- Organismo autónomo Inca Radio (Ayuntamiento de Inca)

- Organismo autónomo Patronato Ca ses Monges (Ayuntamiento de Petra)

- Organismo autónomo Museo de Arte Contemporáneo (Ayuntamiento de sa Pobla)

- Consorcio de Gestión Sociosanitaria de Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

- Consorcio Promoción Turística Playa de Muro (Ayuntamiento de Muro)

- Fundación para la Promoción Turística de Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

- Fundación Juegos Mundiales Universitarios Universíada Palma de Mallorca 1999 (Ayuntamiento de Palma)

4. ÁMBITO TEMPORAL

El ámbito temporal es el ejercicio 2016. Asimismo, se realizan comparaciones con ejercicios anteriores con el fin de facilitar la comprensión de la evolución de la rendición de cuentas y de la remisión de relaciones de contratos de las entidades locales.

Con respecto a la rendición de cuentas, se han considerado los recibidos, debidamente aprobados por el Pleno de la corporación, hasta el 16 de octubre de 2017, fecha en que se agotaba el plazo para la rendición de acuerdo con el art. 223.2 del TRLRHL, dado que siempre se ha considerado que el 15 de octubre es el último día y, de acuerdo con el art. 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cuando el último día del plazo es inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente. La misma fecha se ha fijado para considerar las relaciones de contratos, aunque la fecha límite para remitirlas fue el 28 de febrero de 2017, de acuerdo con la Instrucción relativa a la remisión a la Sindicatura de Cuentas de la información contractual del sector público local de las Illes Balears (BOIB n.º 22, de 16 de febrero).

5. METODOLOGÍA

Las unidades monetarias de las cifras se han expresado en miles de euros en los cuadros agregados (excepto que se especifique el contrario) con el formato de visualización de cero decimales.

Internamente, se ha trabajado con las cifras en euros y en céntimos de euro y se ha conservado la totalidad de las cifras. Se hace constar la cifra 0 cuando el importe es de 0,01 euros a 500,00 euros. La coherencia interna es absoluta, aunque, si sólo se consideran las cifras que figuran en el Informe, aparecen en algunos casos diferencias debidas al formato de visualización de los datos por el redondeo de los importes.

En la redacción del Informe, en los casos que se han considerado relevantes, se muestran entre paréntesis los datos comparativos correspondientes al ejercicio anterior, especialmente con respecto a porcentajes.

6. ALCANCE Y LIMITACIONES

Las entidades que no han rendido las cuentas o no han remitido las relaciones de contratos no figuran en los diferentes apartados y cuadros, sino, únicamente, en los dedicados a reflejar este incumplimiento.

Este trabajo consiste en un examen no exhaustivo de las cuentas generales, es decir, una revisión limitada en la cual se realiza una comprobación de la rendición de las cuentas generales por parte de las entidades incluidas en su ámbito subjetivo.

El Informe se ha elaborado con los datos que han remitido las entidades locales a la plataforma para la rendición telemática de las cuentas, desarrollada en el marco del convenio suscrito entre el Tribunal de Cuentas y varios organismos de control externo de ámbito autonómico, en el entorno de las características técnicas fijadas por la IGAE.

Las principales limitaciones del trabajo realizado son las que hacen referencia a los siguientes aspectos:

- La falta de rendición de las cuentas anuales de algunas entidades o su remisión incompleta, ya que no todas las entidades locales han cumplido la obligación de rendir las cuentas a la Sindicatura antes de la fecha límite prevista para elaborar este Informe, que es el 16 de octubre de 2017.

- La falta de remisión de las relaciones de contratos de algunas entidades o su remisión incompleta, ya que no todas las entidades locales han cumplido la obligación de remitir las relaciones a la Sindicatura antes de la fecha límite prevista para elaborar este Informe.

6. TRÁMITE DE ALEGACIONES

De acuerdo con el artículo 30.c del Reglamento de la Sindicatura, una vez aprobado provisionalmente el lnforme, se envió a los cuentadantes de las entidades locales, a fin de que pudieran formular las alegaciones y presentar los documentos que consideraran adecuados.

Sólo han presentado alegaciones el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, el Ayuntamiento de Palma y el Ayuntamiento de Petra, que constan como anexo de este Informe.

Las alegaciones han sido analizadas y evaluadas, y se ha suprimido o modificado el texto del Informe cuando la Sindicatura ha aceptado su contenido. Cuando no se ha alterado el Informe ni se ha emitido opinión sobre el contenido de las alegaciones, es que estas o son explicaciones que confirman los hechos y las valoraciones expuestos, o no se han justificado de forma adecuada los criterios o las afirmaciones mantenidas en la alegación, o se trata de supuestos en que se manifiesta la voluntad de subsanar la deficiencia en el futuro.

 

II. RENDICIÓN DE CUENTAS

El texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales y la Ley de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears fijan el plazo de las entidades locales para rendir las cuentas correspondientes al ejercicio 2016. Cumplieron el plazo cincuenta y dos entidades locales: cuarenta y siete ayuntamientos, cuatro mancomunidades y la Entidad Local Menor de Palmanyola.

Las entidades locales que incumplieron esta obligación, de acuerdo con la Ley de economía sostenible, pueden ver retenidos los importes de las entregas a cuenta y, si procede, de los anticipos y las liquidaciones definitivas de la participación en los tributos del Estado, hasta que se considere cumplida esta obligación de remisión de la cuenta general (art. 36 de la Ley 2/2011, modificado por la Ley 23/2013). El Tribunal de Cuentas comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la relación de entidades que no han rendido la cuenta general.

Hay que recordar que la rendición de la cuenta general en plazo no tan sólo es una obligación legal, sino también un elemento fundamental para la publicidad y la transparencia de la gestión pública. Su falta no permite la fiscalización de la actividad pública y, por lo tanto, impide sus efectos, que son la contribución a la regeneración democrática necesaria, la promoción de la eficiencia y la eficacia de las entidades públicas y el favorecimiento del crecimiento económico.

Han rendido cuentas en plazo 52 de las 77 entidades locales existentes, lo cual representa el 67,5% (55,8% en el 2015), y 57 de las 116 entidades dependientes y adscritas, lo cual supone el 49,1% (50,7% en el 2015), sin considerar, para este porcentaje, las entidades dependientes inactivas, que son 8 (4 entidades en el 2015).

Las entidades locales que, el día 16 de octubre de 2017, no han rendido la cuenta general correspondiente al ejercicio 2016 debidamente aprobada por el Pleno de la corporación y, por lo tanto, han incumplido la obligación establecida en el art. 223.2 del TRLRHL y el art. 11.2 de la LSCIB, son las siguientes:

  • Consejo Insular de Ibiza

  • Consejo Insular de Formentera

  • Consejo Insular de Mallorca

  • Consejo Insular de Menorca

  • Ayuntamiento de Alaró

  • Ayuntamiento de Algaida

  • Ayuntamiento de Andratx

  • Ayuntamiento de Banyalbufar

  • Ayuntamiento de Escorca

  • Ayuntamiento de Esporles

  • Ayuntamiento de Estellencs

  • Ayuntamiento de Fornalutx

  • Ayuntamiento de Mancor de la Vall

  • Ayuntamiento de Maria de la Salut

  • Ayuntamiento de Muro

  • Ayuntamiento de Palma

  • Ayuntamiento de Petra

  • Ayuntamiento de Puigpunyent

  • Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

  • Ayuntamiento de Sant Joan

  • Ayuntamiento de Santa Eugènia

  • Ayuntamiento de Sencelles

  • Ayuntamiento de Sineu

  • Mancomunidad Servicios Públicos Insulares

  • Mancomunidad Tramuntana

Las entidades dependientes de las entidades locales que no han rendido en plazo las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2016 son las siguientes:

Organismos autónomos (18):

  • Patronato para la Gestión y Funcionamiento de la Escuela de Turismo del Consejo Insular de Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

  • Patronato Municipal de Turismo (Consejo Insular de Formentera)

  • Instituto del Deporte Hípico de Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (Consejo Insular de Mallorca)

  • Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística y Territorial de Mallorca* (Consejo Insular de Mallorca)

  • Instituto Menorquín de Estudios (Consejo Insular de Menorca)

  • Consejo Económico y Social de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Patronato Municipal de Deportes (Ayuntamiento de Binissalem)

  • Patronato de Escuelas Municipales de Esporles (Ayuntamiento de Esporles)

  • Patronato Municipal de Cultura, Deporte y Tiempo Libre (Ayuntamiento de Esporles)

  • Instituto Municipal del Deporte (Ayuntamiento de Palma)

  • Patronato Municipal de Escuelas Infantiles (Ayuntamiento de Palma)

  • Patronato Municipal de la Vivienda (Ayuntamiento de Palma)

  • Instituto Municipal de Innovación (Ayuntamiento de Palma)

  • Agencia de Desarrollo Local PalmaActiva (Ayuntamiento de Palma)

  • Patronato de Realojamiento y Reinserción Social (Ayuntamiento de Palma)

  • Instituto Municipal de Obras Viarias (Ayuntamiento de Palma)

  • Fundación Escuela Municipal de Música de Petra (Ayuntamiento de Petra)

Sociedades mercantiles y EPE (15):

  • Ferias, Congresos y Acontecimientos de Ibiza, SAU (Consejo Insular de Ibiza)

  • Radio y Televisión de Mallorca, S.A. (Consejo Insular de Mallorca)

  • Instituto de la Juventud de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Servicio de Informática Local de Menorca, S.A. (Consejo Insular de Menorca)

  • Promociones Urbanísticas, S.L. (Ayuntamiento de Mahón)

  • Sociedad Municipal Andratx Siglo XXI, S.A. (Ayuntamiento de Andratx)

  • Empresa Municipal de Aguas y Alcantarillado, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

  • Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma de Mallorca, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

  • Sociedad Municipal de Aparcamientos y Proyectos, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

  • Empresa Funeraria Municipal, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

  • Mercapalma, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

  • Palacio de Congresos, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

  • Obras y Servicios Sant Antoni 2005, S.A. (Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany)

  • EPE Sóller 2010 (Ayuntamiento de Sóller)

  • Empresa Funeraria Municipal de Sóller, S.L. (Ayuntamiento de Sóller)

Los consorcios adscritos y las entidades sin fines lucrativos dependientes de las entidades locales que no han rendido en plazo las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2016 son las siguientes:

Consorcios adscritos (11):

  • Consorcio Movilidad por Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

  • Consorcio para la Gestión de los Servicios Locales en la Isla de Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

  • Consorci Eurolocal-Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Consorcio Sierra de Tramontana Patrimonio Mundial (Consejo Insular de Mallorca)

  • Consorcio Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Consorcio Pabellón Deportivo Multifuncional (Consejo Insular de Menorca)

  • Consorcio Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico en la Isla de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Consorcio Residuos y Energía de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Consorcio Sociosanitario de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Consorcio Penya-segats Puerto de Mahón (Ayuntamiento de Mahón)

  • Consorcio Amigos de la Música, la Danza y el Arte en Sóller (Ayuntamiento de Sóller)

Fundaciones y asociaciones dependientes (15):

  • Fundación Casa Museo Llorenç Villalonga, Padre Ginard y Blai Bonet (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Mallorca Turismo (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Musical de Área de Creación Acústica (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Teatro Principal de Palma (Consejo Insular de Mallorca)

  • Asociación Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Enciclopedia de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación Fomento del Turismo de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación Menorquina de la Ópera (Consejo Insular de Menorca)

  • Asociación Fondo Menorquín de Cooperación (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación Personas con Discapacidad Isla de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación Castillo de Alaró (Ayuntamiento de Alaró)

  • Fundación es Garrover (Ayuntamiento de Inca)

  • Fundación Casales de Arte y Espacios Expositivos (Palma Espai d'Art) (Ayuntamiento de Palma)

  • Fundación Mixta Turismo Palma de Mallorca 365 (Ayuntamiento de Palma)

  • Fundación Pilar y Joan Miró (Ayuntamiento de Palma)

III. CONTRATACIÓN

El Acuerdo del Consejo de la SCIB, de 17 de diciembre de 2015, que entró en vigor el día 30 de diciembre de 2015, establece que todas las entidades del sector público local enviarán una relación certificada, comprensiva de todos los contratos formalizados durante el ejercicio, excepto los contratos menores (de obras inferiores a 50 miles de euros y de otra modalidad inferiores a 18 miles de euros, IVA excluido en ambos casos). Esta Instrucción relativa a la remisión a la Sindicatura de Cuentas de la información contractual del sector público local de las Illes Balears se modificó mediante el Acuerdo del Consejo de la SCIB, de 27 de enero de 2016 (BOIB n.º 22, de 16 de febrero de 2016).

Aunque el 28 de febrero de 2017 finalizó el plazo establecido en el Acuerdo del Consejo de la SCIB para remitir las relaciones de contratos del ejercicio 2016, el día 16 de octubre de 2017 no habían remitido la relación certificada tres consejos insulares, cuatro ayuntamientos y una mancomunidad, que son los siguientes:

  • Consejo Insular de Ibiza

  • Consejo Insular de Formentera

  • Consejo Insular de Mallorca

  • Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

  • Ayuntamiento de Escorca

  • Ayuntamiento de Mancor de la Vall

  • Ayuntamiento de Sa Pobla

  • Mancomunidad Tramuntana

Las entidades dependientes de las entidades locales que no han remitido la relación certificada correspondiente al ejercicio 2016, a 16 de octubre de 2017, son las siguientes:

Organismos autónomos (7):

  • Patronato para la Gestión y Funcionamiento de la Escuela de Turismo del Consejo Insular de Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

  • Patronato Municipal de Turismo (Consejo Insular de Formentera)

  • Instituto del Deporte Hípico de Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (Consejo Insular de Mallorca)

  • Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística y Territorial de Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Patronato Municipal del Hospital (Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca)

  • Patronato de Escuelas Infantiles (Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca)

Sociedades mercantiles y EPE (5):

  • Ferias, Congresos y Acontecimientos de Ibiza, SAU (Consejo Insular de Ibiza)

  • Radio y Televisión de Mallorca, S.A. (Consejo Insular de Mallorca)

  • Instituto de la Juventud de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Servicio de Informática Local de Menorca, S.A. (Consejo Insular de Menorca)

  • Palacio de Congresos, S.A. (Ayuntamiento de Palma)

Consorcios adscripción (7):

  • Consorcio Movilidad por Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

  • Consorcio para la Gestión de los Servicios Locales en la Isla de Ibiza (Consejo Insular de Ibiza)

  • Consorcio Eurolocal-Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Consorcio Sierra de Tramontana Patrimonio Mundial (Consejo Insular de Mallorca)

  • Consorcio Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de Mallorca (Consejo Insular de Mallorca)

  • Consorcio Sociosanitario de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Consorcio para el Desarrollo Deportivo de Ciutadella (Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca)

 

Fundaciones y asociaciones dependientes (11):

  • Fundación Casa Museo Llorenç Villalonga, Padre Ginard y Blai Bonet (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Mallorca Turismo (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Musical de Área de Creación Acústica (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Teatro Principal de Palma (Consejo Insular de Mallorca)

  • Asociación Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación (Consejo Insular de Mallorca)

  • Fundación Enciclopedia de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación Fomento del Turismo de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación Menorquina de la Ópera (Consejo Insular de Menorca)

  • Fundación para Personas con Discapacidad Isla de Menorca (Consejo Insular de Menorca)

  • Asociación Fondo Menorquín de Cooperación (Consejo Insular de Menorca)
  • Fundación Ciutadella Cultura (Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca)

IV. CONCLUSIONES

Las conclusiones de este Informe se han elaborado sobre el análisis de las entidades que han rendido las cuentas y se deba manifestar que no se trata, en ningún caso, de un informe de fiscalización de las cuentas generales de las entidades locales consideradas individualmente.

A. RENDICIÓN Y APROBACIÓN DE LAS CUENTAS GENERALES

1. El 67,5% (55,8% en el 2015) de las entidades locales de las Illes Balears (47 ayuntamientos, 1 entidad local menor y 4 mancomunidades) ha rendido la cuenta general del ejercicio 2016 en plazo. Por islas, destaca Menorca con una rendición del 88,9% (88,9% en el 2015) de las entidades locales, en parte motivada por la asistencia que reciben las entidades de esta isla del servicio del Consejo Insular de Menorca.

2. Los cuatro consejos insulares (Ibiza, Formentera, Mallorca y Menorca) y el ayuntamiento con más población de las Illes Balears (Ayuntamiento de Palma) no han rendido la cuenta general del ejercicio 2016 en plazo, lo que se ha producido también en el ejercicio 2015. Además, hay otros dieciocho ayuntamientos y dos mancomunidades que no han rendido la cuenta general del ejercicio 2016 en plazo.

3. La representatividad de los municipios que han rendido las cuentas en plazo es del 55,5% (50,2% en el 2015) de la población total; destacan los ayuntamientos de Menorca con el 100%.

4. El Consejo Insular de Formentera, el Ayuntamiento de Sencelles y la Mancomunidad de Tramuntana son las únicas entidades locales que no han rendido algunas de las cuentas generales desde el ejercicio 2003 hasta el ejercicio 2015.

B. REMISIÓN DE LA RELACIÓN DE CONTRATOS

5. El día 16 de octubre de 2017, ha remitido la relación de contratos del ejercicio 2016 un total de 69 entidades locales, las cuales representan el 89,6% del total (90,9% en el 2015), y 86 entidades dependientes y adscritas, que representan el 74,1% del total (84,1% en el 2015). En resumen, las entidades que han remitido las relaciones de contratos representan el 80,3% del total de entidades del ámbito subjetivo del Informe. La representatividad de la población de los municipios que han remitido la relación de contratos es del 95,0% de la población total (95,7% en el 2015).

6. Ha remitido las relaciones de contratos en plazo el 31,2% (37,7% en el 2015) de las entidades locales de las Illes Balears (1 consejo insular, 21 ayuntamientos y 2 mancomunidades). Los consejos insulares de Ibiza, Formentera y Mallorca no han remitido esta relación a 16 de octubre de 2017. Por islas, destaca Ibiza con una remisión de la relación de contratos en plazo de los ayuntamientos del 100,0% (80,0% en el 2015).

7. El retraso medio de las entidades locales en la remisión de las relaciones de contratos del ejercicio 2016 es de 66,5 días (61,8 días en el 2015). Los consejos insulares son los que más tardan, con una media de 230,0 días (220,3 días en el 2015).

8. Dos ayuntamientos (Sa Pobla y Santa Maria del Camí) y una mancomunidad (Tramuntana) no han remitido alguna de las relaciones de contratos de los últimos cuatro ejercicios.

V. RECOMENDACIONES

1. Asumir la rendición de cuentas, por parte de los responsables —cuentadantes—, que son los presidentes/presidentas y alcaldes/alcaldesas, como un eje fundamental en la gestión de las entidades locales, no sólo como una exigencia legal, sino como un compromiso de transparencia y de responsabilidad con la ciudadanía, puesto que se gestionan fondos públicos.

2. Priorizar la rendición de la cuenta general y la remisión de la relación anual de contratos, como manifestaciones concretas y destacadas de la rendición de cuentas. Por ello, las entidades locales deben destinar los medios humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de estas obligaciones.

3. Formar la cuenta general inmediatamente después de liquidar el presupuesto, aprobarla durante el primer semestre del ejercicio y rendirla en el plazo legal, así como ponerla al alcance de la ciudadanía en la sede electrónica o el portal web de la entidad.

4. Introducir en la Plataforma de rendición de cuentas los expedientes de contratos a medida que se formalicen durante el ejercicio y, así, aprovecharla como herramienta de control y seguimiento de expedientes por parte de la entidad, sobre todo con la finalidad de alcanzar con garantías el cumplimiento de la obligación de remitir en plazo la relación anual de contratos.