Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 13074
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 28 de noviembre de 2018 por la que se declara la caducidad y se dispone el archivo del expediente relativo a la autorización del centro de educación infantil de primer ciclo Chupetes, de Santa Eulària des Riu
Hechos
1. El 26 de marzo de 2015 (NRE 18259/2015), tuvo entrada en la Consejería de Educación y Universidad una solicitud de autorización de la apertura y el funcionamiento del centro Chupetes como centro incompleto de educación infantil de 0 a 3 años, presentada por el titular de la entidad.
2. El 28 de abril de 2015 el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe técnico desfavorable, dado que la documentación presentada no justificaba el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos por el Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil.
3. El 12 de julio de 2018 se notificó al representante del centro que, si en un plazo de tres meses no se realizaban las actuaciones oportunas para enmendar las deficiencias detectadas, se archivaría el expediente.
4. Han transcurrido más de tres meses sin que los interesados hayan hecho ningún trámite adecuado ni ninguna actuación necesaria para reanudar la tramitación y continuar con el procedimiento.
5. El día 26 de noviembre de 2018, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la declaración de la caducidad y el archivo del expediente relativo a la autorización del centro de educación infantil Chupetes, de Santa Eulària des Riu.
Fundamentos de derecho
1. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero.
2. La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears (BOIB nº 32 ext., de 1 de marzo de 2007, y con corrección de errores en el BOIB nº 29, de 28 de febrero de 2008).
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 27 de noviembre de 2018, dicto la siguiente
Resolución
1. Declarar la caducidad del procedimiento indicado y disponer el archivo de los expedientes relativos a la autorización del centro de educación infantil Chupetes, de Santa Eulària des Riu.
2. Notificar esta Resolución a los interesados, de conformidad con lo que establecen los puntos 1 y 2 del artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 28 de noviembre de 2018
El consejero de Educación y Universidad,
Martí X. March Cerdà