Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 13052
Aprobación definitiva proyecto de reparcelación de la UA 34 Sant Bartomeu del Pri
La junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrada el 12 de diciembre de 2018, por unanimidad adoptó el siguiente ACUERDO:
1.- Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación de la UNIDAD DE ACTUACIÓN N. 34 SANT BARTOMEU, del Plan de Reconversión integral de la Playa de Palma, presentado por INBLASAN, S.L., como único propietario.
2.- Aceptar la cesión de la parcela detallada en el proyecto de reparcelación como SOLAR B, de 1.500 m2 y edificabilidad 2.250 m2, de uso lucrativo turístico, libre de cargas de urbanización, correspondiendo al 15 % la edificabilidad media ponderada de la UA 34 Sant Bartomeu.
3.- Aceptar la cesión, libre de cargas y gravámenes, de todos los terrenos de cesión obligatoria, conformados por los sistemas locales de cesión: Espacios libres: 1.990 m2, Equipamientos: 4.652 m2, Vialidad: 2.296 m2, tal y como consta a las determinaciones del PRI y se recogen en el proyecto de reparcelación de referencia.
4.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, atendiendo al artículo 213.5 c) del Reglamento General de la Ley 2/2014, del mismo modo que se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro para facilitar su consulta.
5.- Determinar que la formalización del proyecto de reparcelación aprobado se lleve a cabo mediante escritura pública y la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley 12/2017 (LUIB), así como en el artículo 258.2 del Reglamento de la LOUS, siendo íntegramente a cargo de los propietarios afectados todos los gastos correspondientes a la inscripción.
6.- Notificar el presente acuerdo, al propietario para poder inscribir el proyecto de compensación en el registro de la propiedad y lo acredite ante este Ayuntamiento; con indicación de los recursos pertinentes.
Contra el anterior acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ajuntament de Llucmajor, en el plazo de un mes contado des de la fecha de la última publicación, o se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados des de la fecha de la última publicación, sin perjuicio que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente.
Llucmajor, 14 de desembre de 2018.
El Alcalde
Gregorio Estarellas Más