Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE COSTITX
Núm. 13028
Modificación definitiva del artículo núm. 9 de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre Bienes Inmuebles de Costitx
Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan interpuesto reclamaciones contra el acuerdo provisional de modificación del artículo núm. 9 de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, BOIB núm. 143, de fecha 15/11/2018, que a continuación se transcribirá, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, se entienden elevados a definitivos dicho acuerdo publicándose su texto íntegro.
El texto definitivo del artículo núm. 9 de la Ordenanza fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles es el que se inserta a continuación:
"ARTÍCULO 9. Cuota tributaria y tipo de gravamen.
1. La cuota íntegra de este impuesto será el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen.
2. La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones legalmente previstas
3 Los tipos de gravámenes, dentro de los límites previstos en la Ley reguladora, son los siguientes:
- Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0'48% [0,4% -1,10%].
- Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza rústica serán del 0'51% [0,3% -0,90%].
- Los Tipos de gravamen para los bienes de características especiales serán del 0'52% [0,4% -1,30%]. "
Lo que se hace público para general conocimiento.
Costitx, 17 de diciembre de 2018
EL ALCALDE
Antoni Salas Roca