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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 12993
Resolución del Presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares por la que se formula el informe de impacto ambiental sobre el proyecto de ampliación de la capacidad de tratamiento de VFU en el CARD Reciclajes Ibiza S.L. TM Sant Antoni de Portmany (180a/17)

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Texto

Visto el informe técnico con propuesta de resolución de día 11 de octubre de 2018, y de acuerdo con el artículo 10.1.a) del Decreto 4/2018, de 23 de febrero, por el que se aprueban la organización, las funciones y el régimen jurídico de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB) (BOIB núm. 26 de 27 de febrero de 2018),

RESUELVO FORMULAR:

El informe de impacto ambiental sobre el proyecto de ampliación de la capacidad de tratamiento de VFU en el CARD Reciclajes Ibiza S.L. TM Sant Antoni de Portmany, en los siguientes términos:

1.Determinación de sujeción a evaluación ambiental y tramitación

El proyecto se tramita como una evaluación de impacto ambiental simplificada ya que el artículo 14 de la ley 12/2016, de 17 de agosto de evaluación ambiental en las Islas Baleares, indica en su punto 2.a que

Deben ser objeto de evaluación de impacto ambiental simplificada los siguientes proyectos, públicos o privados:

a) Los proyectos incluidos en el anexo II

b) (...)

c) Cualquier modificación de las características de un proyecto del anexo I o del anexo II ... ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente. Se entiende que una modificación puede tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente cuando representa:

...

iii. Un incremento significativo de la generación de residuos.

El supuesto de la VFU puede considerarse incluido dentro del anexo II, grupo 6 apartado 2

(Instalaciones de almacenamiento de chatarra, almacenamiento de vehículos fuera de uso, centros autorizados para la recogida y la descontaminación de vehículos que no se desarrollen en el interior de una nave en el polígono industrial.)

2.Descripción y ubicación del proyecto

El proyecto tiene por objeto la ampliación de la capacidad de tratamiento de VFU en el CARD reciclajes Ibiza SL. El promotor solicita incrementar los 960 VFU/año ya autorizados hasta 2640 VFU/año sin hacer ninguna modificación de las instalaciones. La modificación propuesta consiste en utilizar la zona exterior de la instalación (actualmente empleada como aparcamiento) para la recepción de VFU.

La instalación se implanta sobre una parcela incluida en la delimitación del polígono industrial de Montecristo.

El polígono está en una zona de riesgo a la vulnerabilidad de acuíferos media.

Al tratarse de una zona industrial no hay hábitats de interés comunitario.

3. Evaluación de los efectos previsibles

No hay cambios en el funcionamiento de la actividad respecto del proyecto ya aprobado por la CMAIB (19/02/2010 informe favorable del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente). Ni se gestionan nuevos residuos, ni se modifica la operativa actual. La Memoria Ambiental indica que sólo se modifican los tiempos de tratamiento y los horarios de trabajo para aumentar la producción de los 960 VFU / año a 2.640 VFU / año.

Sí que habrá un aumento significativo de la cantidad o volumen de residuos peligrosos almacenados. Según la Memoria Ambiental, se incrementará la frecuencia de recogida si fuera necesario.

No hay incremento significativo de emisiones atmosféricas, ni ningún efecto significativo sobre las aguas, ni ningún incremento en la utilización de recursos naturales. No hay hábitats de interés comunitario.

Tendrá efectos positivos sobre el factor residuos considerando que permitirá la descontaminación y desmontaje de un mayor número de vehículos y la reutilización y valorización de los materiales extraídos favoreciendo el aprovechamiento de los recursos.

También en el factor socioeconómico se mejora la oferta de este servicio en Ibiza y mejora la eficiencia de la instalación ya construida.

4.Consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas

Se han efectuado consultas a diferentes administraciones.

-El ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

-Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente.

Se ha recibido respuesta del ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y concluye:

1.- "El USO que se pretende realizar SE ENCUENTRA PERMITIDO por los instrumentos de planeamiento".

2.- "No obstante lo anterior, se desconoce el estado de los servicios generales y que forman los servicios urbanísticos básicos necesarios: redes de energía eléctrica, alumbrado público, red de alcantarillado, red de evacuación de aguas pluviales, etc. Ya que no se tiene constancia de la recepción por parte del Ajuntament de Sant Antoni de Portmany de las obras de urbanización que fueron objeto del proyecto de urbanización del Sector 32, aprobado por sesión ordinaria de pleno de fecha 18-diciembre-1998.···/"

No hay respuesta de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente. No se reitera la solicitud, hay un informe favorable anterior y no hay cambios en las instalaciones ni en la actividad realizada.

5.Análisis de los criterios del anexo III de la Ley 21/2013

Se han analizado los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de evaluaciones ambientales, y no se prevé que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, en concreto:

1. Características del proyecto: se prevé incrementar la capacidad de tratamiento de 960 VFU / año hasta 2640 VFU / año. Esta modificación no implica ningún trabajo de modificación de las infraestructuras ni de las instalaciones, se trata de unas instalaciones que ya cumplen las condiciones exigidas para recibir la autorización CARD.

2.Ubicación del proyecto: La instalación se implanta sobre una parcela incluida en la delimitación del polígono industrial de Montecristo.

El polígono está en una zona de riesgo a la vulnerabilidad de acuíferos media.

Al tratarse de una zona industrial no hay hábitats de interés comunitario.

3. Características del potencial impacto: Habrá un aumento significativo de la cantidad o volumen de residuos peligrosos almacenados. Según la Memoria Ambiental se incrementará la frecuencia de recogida si fuera necesario.

No hay incremento significativo de emisiones atmosféricas, ni ningún efecto significativo sobre las aguas, ni ningún incremento en la utilización de recursos naturales. No hay hábitats de interés comunitario.

Conclusiones del informe de impacto ambiental

Primero: No sujetar a evaluación de impacto ambiental ordinaria el Proyecto de ampliación de la capacidad de tratamiento de VFU en el CARD Reciclajes Ibiza SL dado que se prevé que no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, siempre que se cumplan las medidas propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.

Segundo. Se publicará el presente informe ambiental en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluaciones ambientales.

Tercero. El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el BOIB, no se hubiera procedido a la aprobación del plan o programa en el plazo máximo de cuatro años desde la publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.4 de la Ley 21/2013.

Cuarto. El informe de impacto ambiental no debe ser objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en la vía administrativa o judicial ante el acto, en su caso, de autorización del proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.6 de la Ley 21/2013.

Quinto. Esta resolución se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la aprobación. Y, en concreto, de las advertencias que figuran en el informe del ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

  

Palma, a 11 de octubre de 2018

El presidente de la CMAIB,

Antoni Alorda Vilarrubias