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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 12978
Acuerdo del Consell Ejecutivo de aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Sa Pobla, en el pago de las expropiaciones llevadas a cabo para la ejecución de la Ronda de Sa Pobla, fases II y III, en compensación de las cesiones de la calzada de la Ronda efectuadas por el Ayuntamiento en fechas 03/04/2006 y 22/10/2014, así como también la fijación de las condiciones relativas a la Fase I de la Ronda

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Texto

El Consejo Ejecutivo, en sesión de 29 de noviembre de 2018, aprobó el acuerdo que transcribo literalmente:

“1. Aprobar el convenio de colaboración entre el Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Sa Pobla, a través del cual el Consell de Mallorca colaborará en el pago de las expropiaciones llevadas a cabo para la ejecución de la Ronda de Sa Pobla, fases II y III, en compensación de las cesiones de la calzada de la Ronda efectuadas por el Ayuntamiento en fechas 03/04/2006 y 22/10/2014, así como también la fijación de las condiciones relativas a la Fase I de la Ronda. El convenio quedará redactado en los términos siguientes:

«Convenio entre el Consell de Mallorca y el Ayuntamiento de Sa Pobla de colaboración en el pago de las expropiaciones llevadas a cabo para la ejecución de la Ronda de Sa Pobla, fases II y III, en compensación de las cesiones de la calzada de la Ronda efectuadas por el Ayuntamiento en fechas 03/04/2006 y 22/10/2014, así como también la fijación de las condiciones relativas a la Fase I de la Ronda.

Palma, xxxxxx de 2018

Reunidos, de una parte, la Sra. Mercedes Garrido Rodríguez, consejera ejecutiva de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca y, de la otra, el Sr. Biel Ferragut Mir, alcalde del Ayuntamiento de Sa Pobla.

Actúan la Sra. Garrido, en nombre y representación del Consell de Mallorca (CIF S0711002F), y el Sr. Ferragut, en nombre y representación del Ayuntamiento de Sa Pobla (CIF P0704400A).

Se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica y de obrar y

EXPONEN

I. La colaboración entre el Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca y el Ayuntamiento de Sa Pobla se articula por la vía del convenio de colaboración entre diferentes administraciones para la financiación conjunta de obras en las diferentes redes prevista en el artículo 21.1, 2 y 4 de la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la CAIB y el artículo 44 del Real decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento general de carreteras.

II. Que son objetivos comunes del Consell de Mallorca, por medio del Departamento de Territorio e Infraestructuras, y del Ayuntamiento de Sa Pobla, entre otros, fomentar y estimular iniciativas de cooperación y colaboración continuada entre las dos administraciones para realizar las obras de acondicionamiento y reforma de las vías de circunvalación con el fin de mejorar la movilidad y el tránsito rodado.

III. La Ronda de circunvalación de Sa Pobla se desarrolló en tres fases. La construcción de la primera fase se inició por el Gobierno de las Islas Baleares, aunque durante el transcurso de la ejecución, se transfirieron las competencias en materia de carreteras al Consell Insular de Mallorca quien acabó de ejecutarla. Por otra parte, la construcción de las Fases II y III de la Ronda fueron ejecutadas por el Ayuntamiento de Sa Pobla, a través de sendos convenios instrumentalizadores de subvenciones otorgadas por el Gobierno de las Islas Baleares, en fechas 31 de octubre de 2003 y 21 de abril de 2005.

IV. Durante el transcurso de la ejecución de las fases II y III, algunos de los propietarios expropiados han ido presentando reclamaciones a la administración expropiante, el ayuntamiento de Sa Pobla, solicitando el incremento de las indemnizaciones en concepto de expropiación por no estar de acuerdo con las valoraciones iniciales. A consecuencia de estas reclamaciones, se están siguiendo ante el Jurado Provincial de Expropiación y también en instancias judiciales, varios contenciosos. A día de hoy, ya se han dictado varias resoluciones del Jurado de Expropiación así como también sentencias judiciales que han puesto de manifiesto que los valores de expropiación que estaban previstos a los proyectos técnicos, eran claramente insuficientes y, por lo tanto, suponen un sobrecoste inasumible por la administración municipal.

V. El ayuntamiento de Sa Pobla, ha solicitado al Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca, mediante escrito presentado en fecha 20/11/2018, RGE 38357, la colaboración económica en el pago de las expropiaciones llevadas a cabo para la ejecución de la Ronda de Sa Pobla, fases II y III. Consta en el expediente certificado municipal de fecha 27 de noviembre de 2018, acreditativo de los importes pagados y pendientes de pagar por parte del Ayuntamiento, en concepto de gastos líquidos y exigibles por este concepto y que quedan al margen de la financiación de los convenios firmados entre la CAIB y el ayuntamiento de Sa Pobla en fechas 31/10/2003 y 21/04/2005.

VI. El Consell de Mallorca es titular, por cesión del ayuntamiento de Sa Pobla, en fechas 03/04/2006 y 22/10/2014, de los 9 metros de anchura de la calzada principal de la ronda de circunvalación correspondientes a las fases II y III, ejecutadas por el ayuntamiento de Sa Pobla sobre parte de los terrenos expropiados a los particulares que han reclamado y obtenido un precio de compensación muy superior al previsto tal como se ha expuesto anteriormente, por lo cual el Consell de Mallorca estima oportuno colaborar económicamente con el Ayuntamiento de Sa Pobla para sufragar estos costes.

VII. El Consell Ejecutivo del Consell de Mallorca, en sesión celebrada el día xxxxxxxxxxxxx, ha aprobado el contenido de este convenio.

Y, para llevarlo a cabo,

CONVIENEN

PRIMERA.- OBJETO

El objeto de este convenio es articular la colaboración entre el Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Sa Pobla, por la cual el Consell colaborará en el pago de las expropiaciones llevadas a cabo para la ejecución de la Ronda de Sa Pobla, fases II y III, y que quedan al margen de la financiación de los convenios firmados entre la CAIB y el ayuntamiento de Sa Pobla en fechas 31/10/2003 y 21/04/2005, en compensación de las cesiones de la calzada de la Ronda efectuadas por el Ayuntamiento en fechas 03/04/2006 y 22/10/2014, así como también la fijación de las condiciones relativas a la Fase I de la Ronda.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia de este convenio es de 1 anualidad a partir de la fecha de la firma de este documento y, en consecuencia, obliga a las partes desde este momento y hasta el cumplimiento de las obligaciones por ambas partes, o bien hasta que sobrevenga una de las causas de extinción a la cláusula quinta.

TERCERA.- DESARROLLO DE LOS OBJETIVOS

Las partes mediante el presente convenio acuerdan, los derechos y las obligaciones que cada una de ellas asume.

1. El Consell de Mallorca se compromete a abonar al Ayuntamiento de Sa Pobla, en concepto de gastos de expropiación de la Ronda, fases II y III, la cantidad de cuatro millones de euros (4.000.000 €).

a) El pago de esta cantidad se llevará a cabo de la siguiente forma: cuatro millones de euros (4.000.000 €), con la firma de este convenio. El pago de estas cantidades irá a cargo de la aplicación presupuestaria 55.45320.60000 del vigente presupuesto de gastos del Consell de Mallorca y reserva de crédito 220180032230, de fecha 26 de noviembre de 2018.

b) Los tipos de gastos en los cuales el Consell de Mallorca colaborará en su pago, son los derivados del coste de la indemnización, en concepto de expropiación, que fijen las sentencias y resoluciones del Jurado Provincial de Expropiación que se hayan dictado con anterioridad a la firma de este convenio, así como las cantidades abonadas en concepto de límite de conformidad en cumplimiento del artículo 50.2 de la Ley de Expropiación Forzosa. En ningún caso, se entenderán incluidas, dentro del concepto de gasto, ni las tasas judiciales ni tampoco las costas judiciales. Sólo se podrán presentar, en concepto de gasto imputable a este convenio, las cantidades que se fijen en los mencionados procesos en concepto de precio justo e intereses derivados del mismo.

c) El Ayuntamiento de Sa Pobla, tendrá que acreditar, dentro de los quince días siguientes en la recepción de los 4 M de €, su abono a los particulares expropiados, mediante certificación municipal acreditativa de la realización de la transferencia a su favor, indicando el nombre y concepto de la misma, o bien haberse consignado en la caja de depósitos a su favor. El incumplimiento de esta cláusula será causa de resolución del presente convenio por incumplimiento y, por lo tanto, el ayuntamiento estará obligado a reintegrar la totalidad de los fondos recibidos.

2. Dado que la fase I de la ronda de Sa Pobla fue finalmente ejecutada por el Consell de Mallorca, a través de este convenio, las dos partes convienen que:

a) El Consell de Mallorca se reserva la titularidad del tramo de la calzada principal de la Fase I de la ronda, que va desde la Ma-3450 entre las rotondas de las carreteras Ma-3421 y Ma-3420, con una anchura de 9 metros, como dominio público viario con una superficie de 11.631'20 m2, marcada con color azul según el plano que se adjunta.

b) El Consell de Mallorca cede expresamente a favor del Ayuntamiento de Sa Pobla los elementos correspondientes a servicios urbanos: agua potable, alcantarillado, drenaje, alumbrado público, electricidad, telefonía, semáforos, jardinería y mobiliario, así como las aceras y el vial de servicio lateral, para ser de su competencia, cuya superficie es de 15.950'80 m2, marcada con color verde según el plano que se adjunta.

c) El Ayuntamiento de Sa Pobla cede al Consell de Mallorca la superficie de 1.075'70 m2, correspondientes a las partes de parcelas o viales que eran propiedad municipal y sobre los cuales está ejecutada la calzada principal que constituye el dominio público viario, marcada con color rojo según el plano que se adjunta.

3. El Ayuntamiento de Sa Pobla se compromete a regularizar la situación jurídica de las parcelas ubicadas en los terrenos sobre los cuales se ejecutó la calzada de la Ronda de titularidad del Ayuntamiento, para cederlas al Consell de Mallorca, con todos los derechos y obligaciones que eso comporta.

4. El Consell de Mallorca quedará exento de cualquier clase de reclamación en materia de responsabilidad patrimonial dentro del ámbito de las superficies expropiadas para la ejecución de la Ronda, fases II y III, con la excepción de las que se puedan efectuar dentro del límite de la calzada que fue objeto de cesión en el Consell de Mallorca los años 2006 y 2014. Así como también, queda exento, desde la firma de este convenio de cualquier clase de reclamación en materia de responsabilidad patrimonial dentro del ámbito de exclusión en lo que hace referencia el punto 3 anterior.

CUARTA.- GESTIÓN DEL CONVENIO

Con la finalidad de tratar todas las aquellas cuestiones que se puedan derivar del presente convenio y proponer, si ocurre el caso, a los órganos competentes las medidas a adoptar, se constituirá una comisión de seguimiento, formada por dos representantes de cada administración.

QUINTA.- EXTINCIÓN

El convenio quedará extinguido una vez transcurrido el periodo de vigencia mencionado en la cláusula segunda, o por la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:

- Por mutuo acuerdo entre las partes.

- Por incumplimiento de sus obligaciones por cualquiera de las partes.

SEXTA.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Las partes acuerdan resolver de mutuo acuerdo las cuestiones que puedan surgir de la interpretación y el cumplimiento de este convenio o plantearlas, en su caso, ante la Comisión de Gestión del Convenio que se cree.

Como prueba de conformidad con el contenido de este convenio, las partes lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al encabezamiento»

2. Autorizar y disponer un gasto por un importe de CUATRO MILLONES DE EUROS (4.000.000'00 €) a favor del Ayuntamiento de Sa Pobla, P0704400A, Plaza Constitución, 1, 07420, Sa Pobla, con cargo a la aplicación 55.45300.60000 del Presupuesto del ejercicio de 2018 del Consell de Mallorca (Reserva de crédito nº. RC 220180032230.

3. Trasladar este acuerdo al Ayuntamiento de Sa Pobla, a la Dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad del Departamento de Territorio e Infraestructuras, así como también a la Intervención Delegada. ”

Este Convenio fue firmado por las partes el día 3 de diciembre de 2018.

  

Palma, 11 de diciembre de 2018

El Secretario General

Jeroni M. Mas Rigo

(Decreto de 17 de julio de 2015,

BOIB nº. 114, de 28 de julio de 2015)

Documentos adjuntos