Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 12874
Resolución de la directora de la Fundación Mallorca Turismo por la que se establecen las condiciones para suscribir contratos de patrocinio para proyectos que generen un retorno publicitario para la Fundación

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Los estatutos de la Fundación Mallorca Turismo establecen, en el artículo 6, que la finalidad de la Fundación es fomentar la promoción turística de Mallorca en los mercados nacional e internacional, junto con la creación de producto turístico, la gestión de servicios turísticos en general y cualquier otra actividad que tenga por objetivo promover el turismo de la isla.

2. El Plan de actuación de la Fundación para el año 2019 establece, entre otras, que se lleven a cabo diferentes patrocinios con entidades privadas para patrocinar acciones concretas que generen un retorno publicitario en la Fundación.

3. El Patronato de la Fundación Mallorca Turismo aprobó el 4 de diciembre de 2018, entre otras, una partida de 200.000 € a cargo del presupuesto de la Fundación de 2019.

4. La voluntad de la Fundación y del Patronato es que la participación en esta convocatoria para formalizar contratos de patrocinio con entidades privadas que estén sujetos a los principios de publicidad, transparencia, cooperación y eficiencia de la utilización de recursos públicos. La participación en estas convocatorias supone la aceptación de los términos y de las condiciones establecidas en esta resolución.

5. Esta convocatoria pretende promocionar la marca Mallorca en los diferentes productos que quiere desarrollar la Fundación, concretamente: cultura, deportes, MICE, turismo activo e identidad local y sostenibilidad.

Resolución

Por todo ello, resuelvo:

1. Aprobar las condiciones generales para hacer patrocinios con entidades que mejoren la competitividad turística de Mallorca (Anexo I).

2. Aprobar el pliego de condiciones generales que deben regir la tramitación de los expedientes de contratación que se deriven de las solicitudes de patrocinio (Anexo II) con entidades privadas que mejoren la competitividad turística de Mallorca durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio.

3. Aprobar el Anexo IV para la correcta justificación del evento.

4. Publicar esta resolución y los anexos que lo acompañan en el BOIB.

Esta resolución tendrá efectos desde el día siguiente de publicarse en el BOIB.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora de la Fundación Mallorca Turismo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de publicarse en el BOIB, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de publicarse en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso administrativa.

   

Palma, 10 de diciembre de 2018

La directora de la Fundación Mallorca Turismo,

Maria Paula Ginard Vilchez

   

Anexo I

Condiciones generales para suscribir contratos de patrocinio para proyectos que generen un retorno publicitario de la Fundación Mallorca Turismo y mejoren la competitividad turística de Mallorca

1. Objeto

El objeto de esta convocatoria, pública y abierta, es ofrecer la posibilidad de suscribir contratos privados de patrocinios que generen un retorno publicitario de la marca Mallorca y mejoren la competitividad turística de Mallorca, mediante proyectos o acciones promocionales.

La intención de estos proyectos y de estas acciones es:

- Impulsar el turismo fuera de temporada de verano para fomentar la desestacionalización y los productos que desarrolla la Fundación, tales como cultura, deportes, MICE, turismo activo e identidad local y sostenibilidad.

- Valorar que las actuaciones / acciones lleven en el título la palabra «Mallorca» en cualquier idioma, para conseguir una mayor visibilización de la marca Mallorca.

- Conocer la duración del evento y los gastos indirectos hechas para saber si mejora la competitividad y la diversificación.

- Estudiar el público destinatario para poder analizar los proyectos que correspondan a una estrategia de inserción en circuitos regionales o internacionales, así como conocer los mercados en los que se promocionará el proyecto.

- Valorar la proyección internacional que tiene cada acción / evento. Por este motivo, se pide el número de idiomas en que se promocionará la acción / evento y el nombre de los países a los que va destinada.

Se consideran acciones susceptibles de obtener patrocinio:

- Proyectos, actuaciones, celebraciones y eventos que contribuyan a la creación de producto y la promoción, comercialización y diversificación turísticas de Mallorca.

- Jornadas, encuentros, conferencias, congresos, simposios y foros, exposiciones, talleres, viajes de prensa (press trips), viaje de familiarización (fam trips), workshops o acciones similares.

- Otras acciones que se puedan valorar de acuerdo con el espíritu de la convocatoria.

Estas acciones deben tener repercusión nacional e internacional para su valoración. No se tendrá en cuenta la valoración de prensa local.

Quedan excluidos de esta convocatoria los patrocinios siguientes:

- Patrocinios de proyectos que incluyan las ferias y / o fiestas integradas en el calendario de ferias de Mallorca.

- Patrocinios individuales o colectivos de clubes deportivos de Mallorca.

- Patrocinios individuales a deportistas destacados.

2. Principios generales de la convocatoria

Esta convocatoria pública se lleva a cabo sobre la base de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y eficiencia para desarrollar el objeto de la acción que mejore la competitividad turística de Mallorca.

Esta convocatoria se basa en el hecho de que las personas promotoras de la acción o del proyecto son las que asumen la organización, aunque la concesión de este patrocinio no supondrá en ningún caso la alteración del régimen normal de contratación público ni alterará el régimen para la obtención de licencias y permisos necesarios.

Así, las personas o entidades promotoras de la acción solicitarán la aportación en forma de patrocinio para apoyar la realización del proyecto, ya que tiene una repercusión turística directa y que la aportación pública mejora la rentabilidad, en concepto de imagen y de notoriedad de la marca Mallorca. En este sentido, pueden ser rechazados proyectos que puedan suponer cualquier tipo de discriminación o menosprecio sexista o racial, y, en cualquier caso, deberá existir un interés común entre el promotor y el patrocinador en la actividad a desarrollar, sin limitarse la prestación en favor del patrocinador a la publicidad del destino que este pueda hacer.

3. Presupuesto de la convocatoria

Esta convocatoria tiene un presupuesto máximo de 200.000 € (impuestos incluidos) del presupuesto de la Fundación Mallorca Turismo del año 2019.

Para optimizar los recursos existentes y para poder hacer una asignación más equitativa, se establece que el importe máximo es de 15.000 € (iva incluido) por solicitud. La cuantía solicitada no puede superar en ningún caso el 30% del presupuesto total.

Si el presupuesto de la acción es menor de 125.000 € se pueden solicitar hasta un máximo de 8.000 €. Las acciones con un presupuesto de más de 125.000 € pueden solicitar hasta un máximo de 15.000 €

4. Ámbito subjetivo

Pueden ser beneficiarias de esta convocatoria pública las personas físicas (excepto las comunidades de bienes) o las personas jurídicas organizadoras de los eventos y proyectos presentados que se ajusten al objeto y que cumplan los requisitos de esta convocatoria, que se establecen en los pliegos de patrocinio.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 118.3 de la Ley de contratos del sector público, no se pueden suscribir más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cantidad de 15.000 € (IVA incluido).

En el supuesto de que dos entidades diferentes soliciten el patrocinio para un mismo evento, sólo se valorará la primera propuesta presentada según el registro de entrada, mientras que la otra propuesta quedará excluida.

Quedan excluidas de la convocatoria:

- Las entidades que no estén al corriente del pago de las obligaciones económicas contraídas con la Fundación Mallorca Turismo, al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca, con el Estado y con la Seguridad Social.

- Las entidades que no hayan cumplido las obligaciones propias de los beneficiarios de patrocinios que la Fundación ha concedido en convocatorias anteriores.

5. Plazo y lugar de presentación de la documentación

La convocatoria para presentar proyectos permanecerá abierta desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOIB hasta que se agote la dotación económica, y como máximo hasta el 15 de marzo de 2019 a las 14.00h.

El lugar para presentar los proyectos es el registro de la Fundación Mallorca Turismo (en el edificio de la Misericordia, en la plaza del Hospital, 4, 2ª planta, 07012, Palma de 9 a 14 h) o a través de la sede electrónica: https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0.

Los expedientes se resolverán por orden de entrada en el registro de la Fundación.

6. Contraprestación para la Fundación Mallorca Turismo

La Fundación y la entidad formalizarán un contrato privado, en el que se establecerá que, en todos los medios y materiales correspondientes a la organización del evento, se reflejarán los logotipos corporativos y la marca promocional.

La Fundación hará llegar a la empresa patrocinada un manual corporativo para un uso correcto de la marca Mallorca, en la que se especificará la aplicación de los logotipos.

En caso de que la Fundación comunique discrepancias por la aplicación de los logotipos o de las marcas, la entidad patrocinada se compromete a realizar las actuaciones necesarias para rectificarlas.

La empresa patrocinada se compromete a hacer llegar a la Fundación Mallorca Turismo un banner con las medidas 820 x 250 para publicar en la web y / o en el Facebook de infomallorca.net, así como un resumen y los horarios de la acción / evento.

Asimismo, la entidad debe publicar un banner que la Fundación le facilitará de la marca Mallorca en la web de la acción / evento, y que se debe redireccionar a la web que la Fundación le comunicará.

La entidad debe especificar en la memoria que presente con la solicitud cuáles son las contraprestaciones o acciones en la que estará presente la marca y el valor económico en materia de publicidad, marketing, proyecciones, ediciones y merchandising.

7. Justificación del proyecto

La entidad patrocinada debe acreditar que se cumplen las condiciones relativas a la presencia de la marca con la siguiente documentación (anexo IV)

a) Memoria del proyecto con el presupuesto liquidado, resumen de la acción, ...

b) Reportaje fotográfico del proyecto

c) Resumen de la repercusión mediática: clipping con el valor económico equivalente tanto de la marca Mallorca como del evento y la inversión publicitaria en los medios; impresos, audiovisuales y en línea

d) Material gráfico y audiovisual hecho durante el desarrollo del proyecto patrocinado

La aceptación del patrocinio implica que la Fundación puede utilizar el material gráfico, fotográfico y audiovisual presentado con las justificaciones para las actividades promocionales.

El valor económico de la repercusión mediática del patrocinio para la marca Mallorca debe ser igual o superior a la cantidad otorgada. En caso de que el valor económico de la repercusión mediática por la marca Mallorca sea inferior, es perderá el total de la cantidad otorgada.

La justificación se presentará en el registro de la Fundación en el plazo de los sesenta días posteriores a la finalización del proyecto.

La empresa patrocinada emitirá la factura una vez que la justificación presentada haya obtenido el visto bueno.

El patrocinio no se pagará hasta que se haya presentado y aceptado la justificación.

La Fundación se reserva la potestad de hacer a posteriori cualquier comprobación que considere adecuado.

8. Protección de datos

De conformidad con lo establecido en la LO 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal, las entidades solicitantes aceptan que se incorporen los datos facilitados en el fichero que cree la Fundación y quedan informadas de esta incorporación.

Las entidades solicitantes están obligadas a cumplir lo establecido en la LOPD y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla, en relación con los datos personales a los que puedan tener acceso durante la vigencia de los contratos que se hagan en el desarrollo y en la ejecución de esta convocatoria.

9. Confidencialidad

La entidad patrocinada debe mantener la confidencialidad de cualquier información que la Fundación le revele mientras dure la vigencia del patrocinio. Además, la entidad se compromete a utilizar esta información únicamente para la finalidad para la que le ha sido revelada, excepto por imperativo legal.

La entidad receptora debe proteger la información confidencial que la Fundación le revele contra cualquier uso no autorizado o contra la revelación a terceros, de la misma manera que protege su información confidencial. El acceso a esta información debe quedar restringido sólo al personal de la entidad que deba conocer para cumplir el objeto que se ha de desarrollar.

   

Anexo II

Pliego de condiciones generales que deben regir la tramitación de los expedientes de contratación que se deriven de las solicitudes de patrocinio para los proyectos que generen un retorno publicitario para las marcas de Mallorca y la Fundación Mallorca Turismo durante el año 2019

1. Objeto

Constituye el objeto de esta convocatoria pública la selección de las actuaciones y de los proyectos promovidos por entidades que generen un retorno publicitario de las marcas de la Fundación Mallorca Turismo, con motivo de la ejecución de alguna o algunas de las actuaciones relacionadas con las siguientes finalidades:

- Impulsar de manera directa o indirecta proyectos que busquen la competitividad, la diversificación y la desestacionalización de la oferta turística de Mallorca.

- Desarrollar proyectos y acciones para incrementar la calidad de la oferta turística y el producto turístico de Mallorca.

- Llevar a cabo actuaciones que tengan como objetivo mejorar la calidad, la competitividad y el posicionamiento de las marcas de la Fundación Mallorca Turismo en los mercados emisores de cara a consolidar la posición de liderazgo en materia turística.

- Dar a conocer la marca Mallorca en el mercado internacional a través de los diferentes productos turísticos con los que la FMT está trabajando.

La intención de estos proyectos y acciones es:

- Impulsar el turismo fuera de temporada de verano para fomentar la desestacionalización y los productos que desarrolla la Fundación, tales como cultura, deportes, MICE, turismo activo e identidad local y sostenibilidad.

- Valorar que las actuaciones / acciones lleven en el título la palabra «Mallorca» en cualquier idioma, para conseguir una mayor visibilización de la marca Mallorca.

- Conocer la duración del evento y los gastos indirectos hechas para saber si mejora la competitividad y la diversificación.

- Estudiar el público destinatario para poder analizar los proyectos que correspondan a una estrategia de inserción en circuitos regionales o internacionales, así como conocer los mercados en los que se promocionará el proyecto.

- Valorar la proyección internacional que tiene cada acción / evento. Por este motivo, se pide el número de idiomas en que se promocionará la acción / evento y el nombre de los países a los que va destinada.

Son susceptibles de patrocinio las siguientes acciones:

- Proyectos, actuaciones, celebraciones y eventos que contribuyan a la creación de producto y la promoción, comercialización y diversificación turísticas de Mallorca.

- Jornadas, encuentros, conferencias, congresos, simposios y foros, exposiciones, viajes de prensa (press trips), viajes de familiarización (fam trips), workshops o acciones similares.

- Otras acciones que se puedan valorar de acuerdo con el espíritu de la convocatoria y que no estén establecidas explícitamente.

La finalidad de hacer una convocatoria abierta de acceso a contratos de patrocinio es difundir la imagen de Mallorca y crear una vía para dar publicidad a la isla, dada la importancia y relevancia, en cuanto al público, y la repercusión en los medios de comunicación. Por lo tanto, el elemento fundamental del contrato de patrocinio es el retorno publicitario para las marcas de la Fundación.

2. Solicitud y forma de presentación de la documentación

- Solicitud de patrocinio. Anexo II. A

- Documentación administrativa (sobre 1)

- Documentación técnica (sobre 2)

La solicitud debe ir acompañada de dos sobres cerrados e independientes, uno para la documentación administrativa y otro para la documentación técnica. En la parte exterior de los sobres, debe haber el nombre y apellidos o razón social, número de teléfono, la dirección electrónica y el nombre del proyecto y la solicitud debidamente rellenada.

Solicitud. Anexo II. A

Solicitud de patrocinio mediante la presentación del formulario de estas bases. La presentación de la solicitud no se valorará si no se presenta el resto de documentación administrativa y técnica correspondientes al sobre 1 y el sobre 2.

Documentación administrativa (sobre 1). Toda la documentación administrativa ha de estar compulsada.

- Fotocopia del certificado de inscripción en el registro correspondiente, si procede.

- Fotocopia de los estatutos de la entidad depositados en el registro mencionado o debidamente inscrita en el Registro Mercantil, en su caso.

- Fotocopia de la documentación acreditativa de la capacidad de la persona que representa legalmente a la entidad solicitante para actuar en su nombre, así como el DNI.

- Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

- Fotocopia del alta de la declaración censal de inicio de la actividad, del alta del IAE en que conste el epígrafe correspondiente.

En caso de que la entidad ya haya formado parte de un proceso en la Fundación, puede presentar el Anexo III, en la que debe indicar el número de expediente donde está la documentación administrativa, siempre que no haya habido ninguna modificación y siempre que la documentación sea vigente.

El resto de documentación que se relaciona a continuación se presentará también en el sobre 1:

Personas físicas y jurídicas españolas:

- Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones de contratar con la Administración según el artículo 60 de la LCSP. Esta declaración responsable u otro documento debe incluir la manifestación expresa de que la empresa no incurre en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB.

- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración autonómica, estatal y con la Seguridad Social, emitidas por los organismos correspondientes.

- Declaración responsable de estar al corriente de pago con la Fundación Mallorca Turismo, así como de la justificación de otros contratos hechos con la Fundación. Si se constata que hay deudas pendientes o que la justificación de expedientes anteriores ha sido incorrecta, sin que se haya renunciado expresamente, la entidad será excluida de la convocatoria de patrocinio.

- Declaración responsable en que se haga constar si se han recibido y / o se han solicitado ayudas o colaboraciones de instituciones públicas o privadas para realizar el proyecto y las cuantías económicas.

- Declaración responsable de que la entidad no tiene ningún expediente sancionador abierto con una administración pública.

- Acreditación de que el proyecto está avalado por corporaciones locales, insulares o autonómicas.

Personas jurídicas no españolas con actividad en España:

- En el supuesto de que la entidad pertenezca a un estado de la Unión Europea, la capacidad jurídica de la empresa se acreditará mediante la presentación de la constitución de la entidad de acuerdo con la normativa de su país. Se harán constar los estatutos y la acreditación correspondiente, así como una fotocopia compulsada del CIF, ambos traducidos por un intérprete jurado o una intérprete jurada o mediante una traducción oficial y apostillada de acuerdo con el convenio de la Haya de 1961.

- En caso de que la entidad pertenezca a un estado que no es miembro de la Unión Europea, la capacidad jurídica de la entidad se acreditará mediante la documentación relativa a la sucursal o filial en España de la entidad, debidamente inscrita en el registro correspondiente y con una fotocopia compulsada del CIF.

- En cualquiera de los dos casos anteriores, se debe acreditar la capacidad de la persona que representa la entidad solicitante legalmente para actuar en su nombre. También se presentará una copia cotejada del pasaporte / DNI / NIE, traducido por un intérprete jurado o una intérprete jurada o mediante una traducción oficial y apostillada de acuerdo con el convenio de la Haya de 1961.

- Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea y las personas empresarias extranjeras restantes deben acreditar la siguiente documentación:

o Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones de contratar con la Administración según el ordenamiento jurídico español y, por analogía, con el ordenamiento del estado al que pertenece.

o Esta declaración responsable u otro documento debe incluir la manifestación expresa de que la empresa no incurre en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de altos cargos de la CAIB.

o Declaración responsable en que se haga constar si han recibido y / o han solicitado ayudas de instituciones públicas o privadas para realizar el proyecto y las cuantías solicitadas y / o concedidas.

o Copia del alta de la declaración censal, el inicio de actividad y del alta del impuesto de actividades económicas, en su caso.

o Acreditación que la sucursal o filial, en su caso, está al corriente de las obligaciones con el Consejo de Mallorca, con la Administración estatal y con la Seguridad Social, mediante la presentación de la certificación oportuna, emitida por el órgano competente. Si se trata de un agente autorizado para actuar en nombre de la entidad no residente que opere mediante una oficina de representación, debe aportar la certificación acreditativa correspondiente de estar al corriente de pago con la Administración estatal, insular y con la Seguridad Social, emitida por el órgano competente.

- Declaración responsable de que la entidad está al corriente de pago con la Fundación, así como de la justificación de contratos de patrocinio formalizados anteriormente con la Fundación. El hecho de no presentar este documento se considera motivo de exclusión de esta convocatoria de patrocinio.

- Acreditación de que el proyecto está avalado por corporaciones locales, insulares o autonómicas.

Documentación técnica (sobre 2):

Las personas solicitantes deben entregar el Anexo II A cumplimentado (fuera del sobre), así como cualquier otra documentación complementaria a la propuesta técnica, tales como el presupuesto detallado del proyecto, la presentación del proyecto indicando el mercado al que va dirigida la promoción, las acciones de comunicación previstas con un plan de comunicación, el histórico de la acción, el público destinatario, mercado al que se dirige la acción, ...

Procedimiento administrativo para formalizar los patrocinios privados:

La tramitación administrativa para formalizar los contratos de patrocinio se hace como en la tramitación de un contrato menor.

El personal técnico asignado al expediente revisará las propuestas técnicas para determinar si cumplen o no los requisitos técnicos exigidos de acuerdo con lo establecido en estas bases.

Fase administrativa: revisión de la documentación administrativa

Las propuestas se pueden ir revisando a medida que entren las solicitudes y las revisará la asesoría jurídica de la Fundación.

En caso de que la solicitud necesite subsanarse, la dirección de la Fundación requerirá a la entidad interesada para que realice las enmiendas oportunas o para que aporte los documentos que faltan. Estas enmiendas se presentarán en la Fundación en el plazo de tres días naturales, teniendo en cuenta que, si no se presentan, se considerará que desisten de su solicitud, archivándose, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015.

El requerimiento de la documentación se hace por medios electrónicos, por lo que queda constancia en el expediente.

Fase técnica: revisión de documentación técnica

Una vez finalizada la revisión de la documentación administrativa, el órgano de contratación designará una persona para revisar la propuesta técnica para determinar si se cumplen o no los requisitos técnicos exigidos de acuerdo con lo establecido en estas bases.

En caso de que en la documentación técnica se detecten deficiencias, se requerirá que se subsanen en el plazo de tres días naturales. Si la enmienda no es correcta o no se subsana la documentación requerida, la solicitud se excluirá del procedimiento de contratación.

El requerimiento de la documentación se hace por medios electrónicos, por lo que queda constancia en el expediente.

Adjudicación y formalización del patrocinio

El órgano de contratación adjudicará el contrato privado y, posteriormente, formalizará el contrato en el que constarán las obligaciones de ambas partes, las contraprestaciones que recibirá la Fundación y la forma de justificar el patrocinio.

La entidad patrocinada debe ceder de forma expresa las imágenes del proyecto para usos no comerciales.

Este contrato se firmará en el plazo máximo de un mes desde el momento en que se adjudica. En caso contrario, la Fundación puede resolver que el patrocinio no se lleva a cabo.

Las imágenes de la entidad y de la Fundación deben figurar en todos los elementos de promoción previa al proyecto o la acción, así como en los de promoción que se lleven a cabo durante el desarrollo del proyecto.

En caso de que la Fundación comunique a la entidad adjudicataria alguna discrepancia, la entidad se compromete a realizar las actuaciones necesarias para rectificarlas.

Pago y justificación:

La justificación técnica de la acción se presentará antes de presentar la factura.

La aportación de la Fundación se hará efectiva una vez terminada la acción objeto de patrocinio, mediante la presentación de una memoria justificativa de la acción realizada. Este documento debe ir acompañado de una declaración responsable del gasto efectivamente hecha del proyecto.

La entidad debe presentar en soporte digital la siguiente documentación (anexo IV):

a) Memoria del proyecto con el presupuesto liquidado, resumen de la acción, ...

b) Reportaje fotográfico del proyecto

c) Resumen de la repercusión mediática: clipping con el valor económico equivalente tanto de la marca Mallorca como del evento y la inversión publicitaria en los medios, impresos y audiovisuales y en línea.

d) Material gráfico y audiovisual hecho durante el desarrollo del proyecto patrocinado

La aceptación del patrocinio implica que la Fundación puede utilizar el material gráfico, fotográfico y audiovisual presentado con las justificaciones para hacer difusión y uso en actividades promocionales.

El valor económico de la representación mediática de la marca Mallorca debe ser igual o superior a la cantidad otorgada. En caso de que el valor económico de la repercusión mediática de la marca Mallorca sea inferior, es perderá el total de la cantidad otorgada.

El patrocinio no se pagará hasta que se haya presentado la justificación.

La justificación se presentará en el registro o en la sede electrónica de la Fundación en el plazo de los sesenta días posteriores a la finalización del proyecto.

Una vez validada la justificación técnica se comunicará a la entidad adjudicataria para que presente la factura correspondiente.

No se pagará la entidad patrocinada hasta que se haya presentado la justificación específica de la actividad que se determine en el contrato en relación con la actividad patrocinada.

Suspensión del patrocinio

Son causas de suspensión del patrocinio:

a) La falsedad de los datos aportados

b) La extinción jurídica de la personalidad de cualquiera de las partes

c) El acuerdo mutuo de las partes

d) El incumplimiento total o parcial de todas o alguna de las condiciones generales y particulares pactadas

e) La realización por parte de la entidad patrocinada de actuaciones contrarias a los objetivos y las finalidades de la Fundación

Régimen jurídico aplicable

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias derivadas de la formalización de los contratos privados de patrocinio, sin que se pueda interponer ningún tipo de recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial civil.

  

ANEXO IIA

Solicitud Patrocinios Enero-junio 2019  (a presentar fuera del sobre 2)

 

NOMBRE DEL PROYECTO:

 

EMPRESA SOLICITANTE:

 

PERSONA DE CONTACTO:

 

MAIL:

 

TELEFONO:

 

1. ACCIÓN/PROYECTO OBJECTO DE PATROCINIO POR PARTE DE LA FMT

Título:

Breve descripción:

Naturaleza del promotor del proyecto:

Número de municipios implicados:

Categoría del producto:

Mes del año en el que se desarrollará el evento:

Duración del evento:

Tipología del evento:

Mercado al que dirigido la acción:

2. Impacto mediático y social

2.1 Acciones de comunicación

Ruedas de prensa previstas:

Comunicados de prensa previstas:

Otras acciones de comunicación previstas:

2.2 Acciones Off line

Número de folletos previstos editar

Número de catálogos previstos editar

Número de guías previstas editar

Publicaciones en revistas especializadas del producto (en caso afirmativo, escribir el nombre de las revistas)

Publicaciones en revistas y prensa generalista (en caso afirmativo, escribir el nombre de las revistas/prensa)

2.3 Acciones On line

Nombre de la página web propia

Número de seguidores a twitter, facebook, u otras redes sociales

Nombre de las plataformas web de comercialización previstas

3. Cantidad que se solicita a la FMT

4. Clipping previsto del evento

Clipping previsto de la marca Mallorca dentro del evento

  

Anexo III

Localización del expediente a la FMT

Declarante

Nombre y apellidos:

DNI / NIF:

Dirección de notificación:

Localidad:

Código postal:

municipio:

provincia:

teléfono:

Fax:

Correo electrónico:

En representación de la entidad:

Declaro:

Que los datos de la entidad que representa no han sufrido variación alguna y por lo tanto nos remitimos al expediente ........., en poder de la  FMT, en el que consta los documentos requeridos como documentación administrativa y que son los siguientes:

1. ...............................................................................................................................

2. ...............................................................................................................................

3. ...............................................................................................................................

4. ...............................................................................................................................

5. ...............................................................................................................................

6. ...............................................................................................................................

7. ...............................................................................................................................

8. ...............................................................................................................................

9. ...............................................................................................................................

Palma, ..... d................ de 20....

 

Firma

   

Anexo 4

Nombre del proyecto:

Entidad solicitante

CIF:

Fecha de presentación de la solicitud:

Importe adjudicado por la FMT:

Relación de documentación que se tiene que entregar:

1. En papel:

Relación de documentación que se entrega con los datos de la empresa, del proyecto y firmada.

2. En soporte digital:

  • Relación de la documentación que se entrega con los datos de la empresa, del proyecto y firmada.
  • Dossier explicativo y justificativo que debe incluir:
  1. Memoria del proyecto y presupuesto liquidado de la acción.
  2. Reportaje fotográfico (en alta resolución) del proyecto.
  3. Resumen de la repercusión mediática: clipping con el valor económico equivalente e inversión publicitaria en medios (impresos, audiovisuales y en línea) con el valor económico equivalente. Solo se tendrán en cuenta las publicaciones que hagan referencia a Mallorca como destino turístico y de la marca Mallorca según el manual entregado. No se tendrá en cuenta la valoración de prensa local.

C.1. SOPORTES IMPRESOS: revistas y prensa escrita

Noticias: es necesario acreditarlas con la recopilación de recortes de prensa original o copia de la página completa, en donde quede constancia del medio de comunicación del que se trata y su fecha de publicación.

Anuncios: se requiere acreditarlos con un certificado del medio en el cual se indique el importe de la tarifa de inserción o el formato y la fecha de publicación. Original completo de la publicación y factura de pago. Si no se tienen, el recorte de prensa, la captura de pantalla, etc. De la página completa.

Núm.

Nom mitjà comunicació

Data de publicació

Inclou marca/ menció

Descripció doc. acreditativa

Observacions

Format*

valoració

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

*Indicad el formato de la publicación: ejemplo color-laborable-pagina-impar. Ejemplo: B/N – domingo – módulo 3x2 impar.

C.2. RADIO Y TELEVISIÓN

Noticias: es necesario acreditarlas con una copia digital de la emisión de la noticia.

Anuncios: Es necesario acreditarlos con una copia digital del anuncio. Acreditar con un certificado del medio en el cual se indique el importe de la tarifa de inserción y su duración, la fecha y la franja horaria de la inserción. Factura y pago de la inserción.

Núm.

Nom mitjà comunicació

Suport

Dies de visibilitat

Inclou marca/ menció

Descripció doc. acreditativa

Observacions

valoració

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C.3. SOPORTES EN LINEA: revistas y prensa online.

Noticias: es necesario acreditarlas con una recopilación de recortes de prensa (capturas de pantalla) donde quede constancia del medio de comunicación y la fecha de publicación.

Anuncios: Es necesario acreditarlos con recortes de prensa (captura de pantalla) en el cual quede constancia del medio de comunicación y la fecha de publicación. Es preciso acreditar con un certificado del medio en el cual se indique el importe de la tarifa de inserción o el formato y la fecha de publicación. Factura y pago de la inserción.

Núm.

Nom mitjà comunicació

Data de publicació

Inclou marca/ menció

Descripció doc. acreditativa

Observacions

Format*

valoració

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C.4. REDES SOCIALES Y CONTENIDOS: Facebook, Twitter, Instagram, Youtube…

Noticias/Información: es necesario entregar todas las publicaciones (post, tweet, publicación, etc.) que se han hecho en los medios, además de los datos siguientes, según la red social que se justifica.

También, se requiere entregar una copia del informe que genera la misma red social con los datos solicitados en el cuadro.

  • Facebook y Twitter: debe indicar la repercusión o las impresiones desde que se ha presentado la documentación a la FMT hasta haber presentado la justificación.
  • Instagram, Youtube, etc. Al margen de las redes sociales: es necesario indicar el sumatorio del número global de impresiones o visualizaciones en relación a todas las publicaciones que hacen referencia al evento.
  • Anuncios: es necesario acreditar con un recorte de prensa (captura de pantalla) donde quede constancia del medio de comunicación y la fecha de publicación. Se requiere acreditar con un certificado de los medios en los que se indique el importe de la tarifa de inserción.

Núm.

Nom mitjà comunicació

Repercussió/ sumatori

Inclou marca/ menció

Descripció doc. acreditativa

Observacions

valoració

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C.5. WEB PROPIA

Debe entregarse una captura de la pantalla de la portada donde se vea la marca y/o logotipo.

Por norma general, se calculará CPM 96€ por web del evento. En el caso de que haya más de 2.000 impactos, será necesario presentar un informe obtenido a través de una plataforma de control (Google Analytics, per ejemplo) en que es detalle el nombre de usuarios que se han obtenido.

Núm.

URL WEB

Usuaris

Inclou marca/ menció

Descripció doc. acreditativa

Observacions

valoració

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C.6. ALTRES: Folletos, flyers, catálogos, revistas, entradas, camisetas, merchandising, escenarios…

Es necesario acreditar el material con dos originales y adjuntar la factura en la cual se detalle la cantidad que se ha realizado.

Es necesario acreditar la ubicación y los asistentes con fotografías.

Núm.

Material/ Format

Quantitat

Assistents/ dies

Inclou marca/ menció

Descripció doc. acreditativa

Observacions

valoració

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. Material gráfico y audiovisual (en alta resolución) de que se ha realizado el proyecto patrocinado.

Según indican las bases:

“El valor económico de la repercusión mediática del patrocinio ha de ser igual o superior a la cantidad otorgada. En el caso de que el valor económico de la repercusión mediática sea inferior, se perderá el total de la cantidad otorgada.

Solo se tendrán en cuenta las publicaciones que se hagan en referencia a Mallorca como destino turístico y de la marca Mallorca, según el manual entregado.

Estas acciones deben tener repercusión nacional e internacional para ser valoradas. No se tendrá en cuenta la valoración de prensa local.”

Declaración responsable:

DECLARO que todos los datos que contienen estos documentos, referidos a esta justificación son ciertas, y que el proyecto se ha realizado según se describe en la memoria y cumple, por tanto, con el fin que ha servido de fundamento para firmar el contrato privado de patrocinios de referencia.

Palma, .... de ........................... de .....

Nombre y apellidos del representante legal de la entidad:

DNI: