Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 12915
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 10 de diciembre de 2018 por la cual se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2017-2018
El Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio, por la cual se crean y regulan los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior establecidos por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, dispone que para cada familia profesional podrán concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior que anualmente convoque el Ministerio de Educación, los alumnos que hayan obtenido previamente Premio Extraordinario de Formación Profesional de grado superior convocado a su comunidad autónoma, en su ámbito de competencia, de acuerdo con lo que establece la Orden mencionada.
La Consejería de Educación y Universidad prevé medidas para potenciar la formación profesional y reconocer la trayectoria académica y profesional de calidad basada en el trabajo, la dedicación y el esfuerzo de los alumnos que, habiendo acabado las enseñanzas de formación profesional, hayan demostrado un rendimiento brillante en sus estudios, como también una mayor madurez profesional.
La convocatoria anual de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior, como opción previa a la inscripción para concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior, representa un incentivo para todos aquellos alumnos que quieren confirmar su excelencia en la preparación académica.
Esta convocatoria está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo de 2018).
Por todo ello, según el que disponen el artículo 15.1 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, modificado por la disposición final séptima de la Ley 13/2017, y el artículo 4 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio); a propuesta de la directora general de Formación Profesional y Formación del profesorado, y en uso de las facultades que me atribuye la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Aprobar la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2017-2018.
Segundo
Aprobar los términos de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Tercero
Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y ordenar que entre en vigor al día siguiente de haberse publicado.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de publicarse, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 10 de diciembre de 2018
El consejero
Martí X. March Cerdà
ANEXO 1
Convocatoria
1. Objeto y ámbito territorial de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria es convocar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso 2017-2018 para los alumnos matriculados en centros docentes dependientes de la Consejería de Educación y Universidad de las Illes Balears.
2. Ámbito de aplicación
Esta convocatoria es de aplicación para los alumnos que hayan cursado y superado, tanto en centros públicos como en centros privados o concertados de esta comunidad autónoma, un ciclo de formación profesional de grado superior, tanto en la modalidad de enseñanza presencial como en la modalidad de educación a distancia.
3. Importe de la convocatoria y partida presupuestaria
El crédito máximo disponible destinado a los premios que se tienen que distribuir en esta convocatoria es de 17.000,00 euros a cargo de la partida 13901 421G07 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019, condicionado a la inclusión de esta convocatoria en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma para el Ejercicio 2019.
La concesión de los premios objeto de esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de la obligación en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2019.
Este expediente se tiene que regir por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio 2019 de acuerdo con el artículo 44.1 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos.
4. Importe y número de premios
Se puede conceder un premio extraordinario por cada familia profesional que se imparte en las Illes Balears, con una dotación para cada uno de 1.000,00 euros.
El número de premios concedidos en ningún caso puede exceder de 17.
5. Requisitos de los aspirantes
Para poder optar al premio extraordinario los alumnos tienen que cumplir los requisitos siguientes:
Haber cursado en centros docentes de esta comunidad autónoma los estudios de formación profesional de grado superior, en cualquiera de las modalidades de enseñanza presencial y de educación distancia.
Haber finalizado estos estudios, incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.
Haber obtenido como calificación final del ciclo formativo una puntuación igual o superior a 8,5. A este efecto, la calificación final del ciclo formativo se tiene que determinar calculando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica, y el resultado se tiene que consignar con dos cifras decimales. Por lo tanto, no se tienen que tener en cuenta para el cálculo de la calificación final las calificaciones de apto, exento o convalidado.
6. Solicitudes
La documentación que se tiene que presentar es la siguiente:
Solicitud, de acuerdo con el anexo 2, cumplimentada y firmada.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
Certificado de calificaciones, según el modelo que se encuentra en el anexo 3, cumplimentado por la secretaría del centro en que se encuentre el expediente académico. El certificado tiene que incluir la denominación del ciclo formativo, la relación de los módulos cursados con la correspondiente duración en horas y la calificación de cada uno, el curso académico (especificando el número de convocatorias), así como también la calificación final. Los centros pueden presentar el certificado expedido por el GestIB.
Currículum breve (anexo 4), con indicación, si es el caso, de los premios o becas que haya obtenido el alumno participante y otros méritos profesionales o académicos que se quieran hacer constar, acompañados de las fotocopias compulsadas de la documentación acreditativa correspondiente; todo relacionado con la familia profesional de la titulación del candidato.
7. Admisión de la solicitud
La convocatoria y el modelo oficial de solicitud están a disposición de las personas interesadas en la página web <http://formacioprofessional.caib.es>.
La solicitud, junto con la documentación que figura en el punto 6 de esta convocatoria, se tiene que dirigir a la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Universidad.
El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación adjunta, en la secretaría del centro docente donde el alumno ha cursado los estudios, es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 18 de enero de 2019.
Los centros docentes tienen que presentar las solicitudes, junto con la documentación especificada en el punto anterior, en un plazo máximo de 7 días hábiles, dirigida a la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Universidad, en cualquiera de los registros que se determinan a continuación:
En cualquiera de los registros de la Consejería de Educación y Universidad o a las delegaciones territoriales de la Consejería de Educación y Universidad en Menorca y en Ibiza y Formentera.
En cualquiera de los lugares que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De acuerdo con lo que establece el artículo 21 de la Ley 39/2015, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, el órgano instructor del procedimiento tiene que requerir a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con la indicación que, si no lo hace, se considera que desiste de su petición y se archivará, previa resolución que se tiene que dictar en los términos que prevé el artículo 21 de la Ley mencionada.
8. Jurado de Selección
El Jurado de Selección se tiene que constituir para el examen y la valoración de las solicitudes y está formado por los miembros siguientes:
Presidenta: la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue.
Vocales:
9. Valoración de las solicitudes
En caso de empate en la nota media del expediente académico, el Jurado de Selección puede tener en cuenta cualesquiera otros méritos profesionales o académicos, justificados debidamente. Los méritos profesionales y académicos se tienen que valorar de acuerdo con el baremo siguiente:
Titulaciones adicionales de la misma familia profesional y otras titulaciones relacionadas con la familia profesional, hasta un máximo de 2 puntos:
Por cada título de técnico de la misma familia profesional: 0,5 puntos.
Por cada título de técnico superior de la misma familia profesional: 1 punto.
Por cada título universitario relacionado con la misma familia profesional: 1 punto.
Titulaciones oficiales de las escuelas oficiales de idiomas, hasta un máximo de 2 puntos:
Por cada certificado de nivel básico A2: 0,25 puntos.
Por cada título del ciclo elemental o certificado de nivel intermedio B1: 0,5 puntos.
Por cada título del ciclo superior o certificado de nivel adelantado B2: 1 punto.
Cursos relacionados con la familia profesional cursada, realizados durante los cuatro últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del ciclo, convocados y expedidos por la Administración, la Universidad u otras entidades colaboradoras con la Administración, así como entidades o centros autorizados debidamente, hasta un máximo de 2 puntos:
Por cada 10 horas de formación en cursos convocados por la Administración o por la Universidad: 0,10 puntos.
Por cada 10 horas de formación en cursos convocados por entidades colaboradoras con la Administración o entidades o centros debidamente autorizados: 0,05 puntos.
Participación en proyectos relacionados con la familia de formación profesional que ha cursado el aspirante; premios y menciones relacionados con la familia cursada, hasta un máximo de 1 punto:
Participación en proyectos relacionados con la familia profesional por la cual opta al premio: hasta 0,5 puntos.
Premios y menciones relacionados con la familia profesional por la cual opta al premio: hasta 0,5 puntos.
Actividades laborales relacionadas con la familia profesional cursada, desarrolladas durante el periodo en que hubiera estado matriculado en los estudios por los cuales concurre al premio y hasta su finalización: 0,125 puntos por cada periodo de 1 mes completo, hasta un máximo de 3 puntos.
En el supuesto de empate, el Jurado de Selección tiene que tener en cuenta las diferentes calificaciones finales obtenidas en cada uno de los módulos profesionales, así como la convocatoria en que se obtuvieron. En este caso, el Jurado de Selección puede recabar de los centros educativos la información académica complementaria que permita discriminar a los candidatos empatados. De persistir el empate, este será resuelto por sorteo.
El Jurado de Selección puede declarar desierto alguno de los premios. También puede conceder menciones especiales, en los casos que lo considere adecuado.
10. Instrucción del procedimiento
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado.
La Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, vista la valoración de las solicitudes hecha por el Jurado de Selección, hará pública la propuesta de resolución provisional, que tiene que incluir, por orden decreciente de puntuación, la relación de alumnos propuestos para la obtención del Premio Extraordinario por cada una de las familias profesionales. Esta lista provisional se publicará a la página web <http://formacioprofessional.caib.es>.
Las personas interesadas pueden presentar alegaciones por escrito mediante una instancia dirigida a la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución provisional de alumnos propuestos para la obtención del Premio Extraordinario en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado. Esta instancia se tiene que presentar en el Registro de la Consejería de Educación y Universidad (c. del Ter, 16, 07009 Palma).
El Jurado de Selección resolverá las reclamaciones presentadas en un plazo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la finalización del plazo de reclamación.
11. Resolución y adjudicación de los premios
La Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, de acuerdo con la propuesta definitiva formulada por el Jurado de Selección, propondrá al consejero de Educación y Universidad la concesión y la publicación de los Premios Extraordinarios.
Vista esta propuesta definitiva de resolución, el consejero de Educación y Universidad dictará, en el plazo máximo de un mes, la resolución de concesión de los premios, que se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La obtención del Premio Extraordinario de Formación Profesional se tiene que anotar en el expediente académico del alumno premiado, mediante una diligencia del secretario del centro donde se hizo la inscripción.
12. Reconocimiento de los premios
Los alumnos premiados recibirán el diploma acreditativo de esta distinción.
Los alumnos premiados recibirán la cantidad de 1.000,00 euros, a cargo de la partida presupuestaria 13901 421G07 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del año 2019, condicionada a la inclusión de esta convocatoria en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma para el Ejercicio 2019. Este premio es compatible con otros que se puedan obtener de la misma administración o de otra entidad pública o privada.
La obtención del Premio Extraordinario de Formación Profesional de grado superior da opción, previa inscripción, a concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior que convoque el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El alumno que obtenga un premio extraordinario en un ciclo formativo de grado superior de formación profesional concedido por el ministerio competente o por la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears puede acogerse a la exención total de los precios de matrícula de los créditos de primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado de qué se matricule por primera vez en la Universidad de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece la Ley 2/1997, del 3 de junio, de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOCAIB núm. 76, de 1997), modificada por la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
13. Instrucciones para solicitar el pago de los premios
Para tramitar el pago de este premio, los interesados tienen 10 días hábiles, a partir de la fecha de publicación en el BOIB de la resolución de concesión de los premios, para presentar la solicitud, según el modelo del anexo 5, en el Registro de la Consejería de Educación y Universidad, dirigida a la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado.
Asimismo, junto con la solicitud, tienen que presentar una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, de acuerdo con el modelo normalizado del anexo 6 (que se puede encontrar en la web del Gobierno de las Illes Balears). En caso de que el alumno sea menor de edad, como titular de la cuenta tiene que figurar, al menos, uno de los padres o tutores legales.
14. Aceptación de las bases
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.
15. Retirada de la documentación
La documentación presentada por los solicitantes puede ser retirada por los interesados, o por una persona autorizada debidamente, de la sede de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado (c. del Ter, 16, 07009, Palma) en el plazo de tres meses a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB de la Resolución de concesión de los premios. Una vez acabado este plazo, se entiende que se renuncia a la recuperación y se pierden todos los derechos a la documentación mencionada.
ANEXO 2 Modelo de solicitud para optar a los Premios Extraordinarios de
Formación Profesional de grado superior 2017-2018
Apellidos: |
Nombre: |
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Fecha de nacimiento: |
DNI: |
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Domicilio: |
Teléfono: |
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Localidad: |
Provincia: |
CP: |
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Dirección electrónica: |
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Centro donde se han cursado los estudios: |
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Localidad: |
Provincia: |
CP: |
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Tipo de centro: |
( )Centro público |
( )Centro privado |
()Centro concertado |
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Familia profesional: |
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Denominación del ciclo formativo cursado: |
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Horas del currículum: |
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Solicito participar en la convocatoria para la obtención de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso 2017-2018. _______________, ______ de ____________ de 201_
[rúbrica]
Documentos adjuntos: 1.____________________________________________________________ 2.____________________________________________________________ 3.____________________________________________________________ DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD |
ANEXO 3 Modelo de certificado para optar a los Premios Extraordinarios de
Formación Profesional de grado superior
(a rellenar por el centro docente)
(Nombre y apellidos) ________________________________________________________________, secretario/secretaria del centro docente ________________________________________,
CERTIFICO:
Que el señor/la señora ___________________________________________ ha acabado durando el curso 2017-2018 los estudios de _____________________________________ (denominación del ciclo formativo), ha cursado los módulos profesionales y ha obtenido las calificaciones siguientes:
Módulos |
Horas |
Curso académico |
Calificación |
Convocatoria (nº) |
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Calificación final (nota media aritmética): ____________
Y, para que conste, expido este certificado.
_________________, ______ d ______________________ de 201_
[rúbrica y sello del centro]
ANEXO 4 |
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Modelo de currículum europeo |
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INFORMACIÓN PERSONAL |
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Apellidos, nombre |
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Dirección |
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Teléfono(s) |
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Dirección electrónica |
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Nacionalidad |
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DNI |
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Fecha de nacimiento |
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EDUCACIÓN Y FORMACIÓN |
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Fechas (de ..... a ....) |
(Empezad por el más reciente y añadís la misma información de cada curso hecho) |
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Nombre y tipo de organización que ha impartido la educación o la formación |
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Título de la calificación obtenida |
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CAPACIDADES Y APTITUDES PERSONALES |
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IDIOMAS |
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(Escribís el idioma) |
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Lectura |
(Indicad el nivel: excelente, bien, básico) |
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Escritura |
(Indicad el nivel: excelente, bien, básico) |
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Expresión oral |
(Indicad el nivel: excelente, bien, básico) |
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CAPACIDADES Y COMPETENCIAS INFORMÁTICAS Y TÉCNICAS |
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(Describidlas e indicad dónde se adquirieron) |
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(Con ordenadores, tipos específicos de equipos, maquinaria, etc.) |
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CAPACIDADES Y COMPETENCIAS ARTÍSTICAS |
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(Describidlas e indicad dónde se adquirieron) |
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(Música, escritura, diseño, etc.) |
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OTRAS CAPACIDADES Y COMPETENCIAS |
(Describidlas e indicad dónde se adquirieron) |
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(Que no se hayan mencionado anteriormente) |
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INFORMACIÓN ADICIONAL |
(Hay que introducir aquí cualquier información que se considere importante) |
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EXPERIENCIA LABORAL |
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Fechas (de... a …..) |
(Empezad por el más reciente y añadís la misma información de cada lugar de trabajo) |
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Nombre y dirección de la empresa |
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Tipo de empresa o de sector |
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Lugar o cargos ocupados |
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Principales actividades y responsabilidades |
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ANEXOS |
(Enumerad los documentos anexos) |
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ANEXO 5
Solicitud para tramitar el pago del premio
Solicitante |
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Nombre y apellidos: |
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DNI/NIE: |
Teléfono: |
Dirección e.: |
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Dirección de notificación: |
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Localidad: |
Código postal: |
Municipio: |
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Todos estos datos quedan protegidos en aplicación de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, especialmente del artículo 10. |
EXPONGO: |
|
SOLICITO: |
Que incorporáis al expediente la declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados adjunta.
|
.............................................., ........ d.................................. de 2019 |
[rúbrica]
SERVICIO DE PLANIFICACIÓN Y PARTICIPACIÓN. DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD |
CAIB/SIMP |
Modelo/06 |
Fecha |
20/12/2013 |