Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 12890
Aprobación definitiva del proyecto de creación de dos tramos de carril de bicicletas en Cala Ferrera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Felanitx, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 2018 ha adoptado, entre otros, el siguiente ACUERDO:

“Visto el expediente electrónico 3155/2017 resulta que:

ANTECEDENTES DE HECHO

1. Aprobación inicial.

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2018, ha aprobado inicialmente el proyecto de creación de dos tramos de carril de bicicletas en Cala Ferrera de fecha 20 de agosto de 2018, NREG 4696, que ha redactado el Sr. Joan Forteza Mesquida, arquitecto. El tramo 1 tiene que conectar Cala Ferrera con el inicio del camino de Cala sa Nau y el tramo 2 tiene que conectar Cala Ferrera con Cala d'Or (Santanyí).

El promotor de las obras es el Ayuntamiento de Felanitx.

2. Información pública.

De conformidad con el artículo 149 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, el citado proyecto se ha sometido a información pública, por el plazo de 15 días hábiles, para que cualquier persona pudiese presentar las alegaciones o las sugerencias que considerasen oportunas. Esta información pública se ha anunciado:

- En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 135 de día 30 de octubre de 2018. El plazo de información pública de 15 días hábiles se tiene que computar desde el día 31 de octubre de 2018 hasta el día 21 de noviembre de 2018, ambos incluidos.

- Y, a partir del día 26 de octubre de 2018, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx (ajfelanitx.eadministracio.cat) a la que se puede acceder a través de la página web del Ayuntamiento de Felanitx (www.felanitx.org). El plazo de información pública de 15 días hábiles se tiene que computar desde el día 29 de octubre de 2018 hasta el día 19 de noviembre de 2018, ambos incluidos.

De acuerdo con el certificado de Secretaría 379/2018, de día 29 de noviembre, durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación ni sugerencia.

3. Informe técnico municipal de día 15 de octubre de 2018.

Mediante el informe técnico municipal de día 15 de octubre de 2018 se ha informado favorablemente la aprobación del proyecto de fecha 20 de agosto de 2018, NREG 4696, condicionado al cumplimiento de las prescripciones impuestas en el informe de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de fecha 26 de marzo de 2018.

El presupuesto de ejecución por contrata de la obra de realización de dos tramos de carril de bicicletas en Cala Ferrera se fija en la cantidad de 424.478, 37 €.

Para el conocimiento de la administración el 1% cultural que prevé el artículo 80.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares se fija en la cantidad de 4.244, 78 €.

El plazo de ejecución de las obras es de 2 meses.

4. Certificado de Intervención 75/2018, de día 10 de octubre.

El certificado de Intervención 75/2018, de día 10 de octubre, certifica que:

«Primero.- Que en la aplicación presupuestaria 2018/0/1532/619002 del vigente presupuesto municipal de gastos hay crédito adecuado y suficiente para asumir los gastos de 424.478,37 euros, IVA incluido, y también incluidos el Estudio de Seguridad y Salud y gestión de residuos + 10% IVA, para la ejecución de las obras de Creación de dos tramos de carril bici en Cala Ferrera.

Segundo.- Que el importe anterior no supera el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto municipal 2018.

Tercero.- Que se ha reservado la aplicación presupuestaria 2018/0/3360/227061, por importe de 12.000 euros (RC nº 8371), para a la redacción del Plan Museuístico del yacimiento arqueológico dels Closos de Can Gaià, importe que supera el 1 % cultural que prevé el artículo 80.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares».

5. Informe jurídico municipal de día 30 de noviembre de 2018.

El informe jurídico municipal de día 30 de noviembre de 2018 ha informado favorablemente que la Junta de Gobierno Local apruebe definitivamente el proyecto de creación de dos tramos de carril de bicicletas en Cala Ferrera de fecha 20 de agosto de 2018, NREG 4696.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Aprobación del proyecto. El artículo 146.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, sobre los actos sujetos a licencia urbanística municipal, indica que:

«4. A los efectos de la presente ley, cuando los actos de construcción o edificación, instalación y uso del suelo sean promovidos por los ayuntamientos en su término municipal, el acuerdo municipal que los autorice o apruebe estará sujeto a los mismos requisitos y producirá los mismos efectos que la licencia urbanística, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de régimen local».

II.- Requisitos para ejecutar las obras públicas locales. El artículo 149 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, sobre los requisitos para ejecutar las obras públicas locales, dispone que:

«1. La ejecución de las obras públicas locales requiere la elaboración, la aprobación y el replanteo previos del correspondiente proyecto técnico, salvo en los casos en los que no sea exigible por la naturaleza de la obra y la legislación aplicable. Estos proyectos, cuando sean obras de primer establecimiento o reforma estructural, tienen que exponerse al público por un plazo no inferior a quince días.

El contenido de los proyectos técnicos se ajustará a los requisitos mínimos establecidos en la legislación general de contratos de las administraciones públicas, así como a los que complementariamente puedan establecerse reglamentariamente en desarrollo de la presente Ley y de las especialidades que pueda establecer la legislación sectorial urbanística, la de protección medioambiental, la de patrimonio histórico u otras.

2. Las obras se ejecutarán conforme a su proyecto técnico y a la correspondiente dotación presupuestaria. La competencia para aprobar el proyecto corresponde, salvo previsión contraria de la Ley, al órgano que sea competente para contratar, sin perjuicio de las autorizaciones de otras administraciones públicas cuando así lo establezcan expresamente las leyes reguladoras de los distintos sectores de la acción pública».

III.- El 1% cultural. El artículo 80.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, sobre el 1% cultural, prevé que:

«1. En el presupuesto de cualquier obra pública, superior a cincuenta millones de pesetas (300.506, 05 euros), financiada total o parcialmente por el Gobierno de las Illes Balears, los consejos insulares, los ayuntamientos, sus organismos autónomos y empresas públicas que dependan de ellos y sus concesionarios, se incluirá una partida de importe igual o superior al 1% de los fondos aportados por las citadas entidades, que se destinarán a la conservación, protección y enriquecimiento del patrimonio histórico o al fomento de la creatividad artística, y se aplicará con preferencia en la misma obra o en su entorno inmediato».

IV.- Competencias en materia de contratación en las Entidades Locales. La disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, determina que corresponde al alcalde la competencia como órgano de contratación respecto de los contratos de obra cuando su valor estimado no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de 6 millones de euros.

Conforme al Decreto de la Alcaldía 656/2018, de día 18 de junio, el alcalde del Ayuntamiento de Felanitx ha delegado en la Junta de Gobierno Local sus competencias en materia de contratación.

En base a los hechos y fundamentos de derecho expuestos, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad:

Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de creación de dos tramos de carril de bicicletas en Cala Ferrera de fecha 20 de agosto de 2018, NREG 4696, que ha redactado el Sr. Joan Forteza Mesquida, arquitecto. El tramo 1 tiene que conectar Cala Ferrera con el inicio del camino de Cala sa Nau y el tramo 2 tiene que conectar Cala Ferrera con Cala d'Or (Santanyí).

 

Segundo. La aprobación definitiva del proyecto queda condicionado al cumplimiento de las prescripciones impuestas en el informe de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de fecha 26 de marzo de 2018.

Tercero. El presupuesto de ejecución por contrata de la obra se fija en la cantidad de 424.478, 37 €. El plazo de ejecución de las obras es de 2 meses.

Cuarto. Publicar el presente acuerdo mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx (ajfelanitx.eadministracio.cat), a la que se puede acceder a través de la página web del Ayuntamiento de Felanitx (www.felanitx.org).

Recursos

Contra el anterior acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Felanitx, en el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación, o se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde la fecha de la última publicación, sin perjuicio que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente.

Consulta e información del expediente

El expediente se puede consultar en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Felanitx, de lunes a viernes, de las 9:00h hasta a las 14:00h, excepto festivos. Para obtener información se podrán utilizar los medios (dirección postal, teléfono y fax) que se indican a continuación: Ayuntamiento de Felanitx, Plaza de la Constitución núm. 1 07200 Felanitx (Islas Baleares) - Teléfono 971580051 - Fax 971583271.

 

Felanitx, 12 de diciembre de 2018

El alcalde

Jaume Monserrat Vaquer