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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 12853
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes por la cual se conceden ayudas destinadas al fomento del uso del catalán en el ámbito de las federaciones y los clubs deportivos en las Islas Baleares para el año 2018

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Texto

Hechos

1. El 8 de septiembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 31 de agosto de 2018 por la cual se convocan ayudas para el fomento del uso del catalán en el ámbito de las federaciones y los clubs deportivos en las Islas Baleares para el año 2018.

2. La Dirección General de Política Lingüística recibió, durante el plazo de presentación, 6 solicitudes por optar a las subvenciones.

3. El 17 de octubre de 2018 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes presentadas. De acuerdo con lo que establece el punto 7.7 de la Resolución de convocatoria, la Comisión de Evaluación acordó requerir a la Societat Esportiva de Vilafranca para que aportara la documentación necesaria para completar su solicitud.

4. En fecha 31 de octubre de 2018 el presidente de la Societat Esportiva de Vilafranca presentó un escrito en el registro de la Dirección General de Política Lingüística en el cual comunicaba que desistían de su solicitud.

5. El 14 de noviembre de 2018 la Comisión de Evaluación se reunió nuevamente para valorar la documentación aportada por los solicitantes y calcular el importe que tiene que recibir cada beneficiario, de acuerdo con el baremo, la fórmula, las previsiones relativas al remanente y las limitaciones en el importe máximo que puede percibir cada beneficiario, todas ellas previstas en el punto 11 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 31 de agosto de 2018. La Comisión de Evaluación elaboró el informe preceptivo que sirvió de base a la propuesta de resolución.

6. La propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística para adjudicar las ayudas destinadas al fomento del uso del catalán en el ámbito de las federaciones y los clubs deportivos en las Islas Baleares para el año 2018 se publicó en la página web de la Dirección General de Política Lingüística (http://dgpoling.caib.cat) y en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes el día 26 de noviembre de 2018.

7. Según establece el punto 9.4 de las bases de la convocatoria, los beneficiarios tienen que comunicar a la Dirección General de Política Lingüística si aceptan la subvención o renuncian. En cualquier caso, si en el plazo de ocho días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución el beneficiario no hace constar lo contrario, se entenderá que acepta la subvención que se le ha adjudicado. Una vez transcurrido el plazo establecido, ninguno de los beneficiarios ha renunciado a la subvención.

8. Los beneficiarios de estas subvenciones no están sometidos a prohibiciones para ser beneficiarios y se encuentran al corriente de sus obligaciones con la hacienda autonómica y con la de la Administración del Estado, y también con la Seguridad Social, lo cual ha comprobado la Administración y queda constancia en el expediente.

9. Hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 26401 455B01 48000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018.

Fundamentos de derecho

1. Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.

2. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

6. Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 9/2017, de 7 de abril.

7. Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

8. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el cual se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado por el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.

9. Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 31 de agosto de 2018 por la cual se convocan ayudas para el fomento del uso del catalán en el ámbito de las federaciones y los clubs deportivos a las Islas Baleares para el año 2018.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los siguientes beneficiarios con cargo en la partida presupuestaria 26401 455B01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018:

Solicitante

NIF

Importe

Centre d'Estudi de Judo Renshinkan

V07928807

650,98

Club Esportiu Artà

G07988314

47,19

Club Sant Josep Obrer

G07835887

8.562,79

Federació Bàsquet Illes Balears

G07192156

12.539,55

Motoclub de Formentera i Eivissa

G07882848

2.000,00

2. Aceptar el desistimiento presentado por Societat Esportiva Vilafranca, con NIF G57268286.

3. Informar a los beneficiarios de que el pago de la subvención se hará de acuerdo con lo que dispone el apartado 12 del anexo 1 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 31 de agosto de 2018.

4. Comunicar a los beneficiarios que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones recogidas en el apartado 15 del anexo mencionado.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

  

Palma, 10 de diciembre de 2018

La consejera de Cultura, Participación y Deportes,

Francesca Tur Riera