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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 12786
Acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa en relación con el Convenio Específico entre el Consell Insular d'Eivissa y el Ajuntament d'Eivissa para impulsar el fomento entre el espíritu emprendedor en Eivissa para la promoción de políticas activas de ocupación, la promoción económica y el desarrollo local Eivissa Crea 2018

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Texto

En la reunión extraordinaria de fecha 28 de noviembre de 2018, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza acordaron aprobar por unanimidad los miembros asistentes, la siguiente propuesta:

"(...)

1. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales, en relación con el Convenio Específico entre el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Eivissa para impulsar el fomento del espíritu emprendedor a Ibiza para la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local - Ibiza Crea - Año 2018 (2018 / 00012941Q).

Habiéndose presentado la siguiente propuesta, previa declaración de urgencia:

"Visto el escrito de fecha 18 de octubre de 2018 (NRGE 230701 de fecha 22/10/2018), en el que el Ayuntamiento de Ibiza comunica al Consejo Insular de Ibiza, la voluntad de formalizar el correspondiente convenio de colaboración para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en la isla de Ibiza, para posibilitar la obtención de una subvención nominativa.

Dado el Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Ibiza aprobado por acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 16 de marzo de 2018 (BOIB núm. 37 de 24 de marzo de 2018), en el que consta una subvención nominativa al Ayuntamiento de Ibiza para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en la isla de Ibiza (Ibiza Crea 2018) por importe de 50.000 € a cargo de la partida 4220.46202.

Vista la providencia de la consejera ejecutiva del departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales de fecha 25 de octubre de 2018, en la que se impulsa el expediente administrativo para que se lleven a cabo todos los trámites necesarios para la formalización de un convenio de colaboración entre el Consell Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Eivissa para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Ibiza para la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local, con una aportación económica máxima del Consejo Insular de Ibiza de 30.000 €.

Vista la propuesta de convenio aportada por el Ayuntamiento de Ibiza (NRGE 24735 de 11/12/2018), en el que se incluyen las actuaciones a realizar en el año 2018, así como se refleja la aportación del Consejo a dicho convenio de 30.000 €, cuantía que es de conformidad con lo indicado por la consejera ejecutiva del Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales en su providencia de inicio.

Teniendo en cuenta que la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local prevé en el art. 36b) como competencia de los consejos insulares la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios.

Considerando que esta actuación conjunta de dinamización comercial, mediante la firma de convenios de colaboración entre el Consejo Insular i el Ayuntamiento, redunda en el beneficio de los emprendedores de la isla de Ibiza

Visto el informe propuesta de la jefe de sección de Industria de fecha 15 de noviembre de 2018, con el visto bueno del secretario técnico de Economía, Hacienda, Industria y Comercio.

Dado que el Decreto de Presidencia de fecha 8 de julio de 2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza, atribuye al Consejo Ejecutivo la competencia para aprobar los convenios con otras entidades públicas cuya cuantía supere los divuil mil euros (18.000,00 €) y visto que este convenio tiene una cuantía máxima de treinta mil euros (30.000,00 €).

En virtud de todo lo anterior, de conformidad con el artículo 72.d del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 136, de 18-9-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10 -2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016), elevo al Consejo Ejecutivo, la siguiente

PRIMERO: Aprobar el Convenio Específico entre el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Eivissa para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Ibiza para la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local - Eivissa Crea - Año 2018.

SEGUNDO: Autorizar los gastos relacionados en el convenio que corresponden al Consejo Insular de Ibiza por importe máximo de 30.000 € a cargo de la partida 4220.46202.

TERCERO: Publicar el presente convenio en el Boletín oficial de las Islas Baleares y en la Base Nacional de Datos de Subvenciones.

(...). "

 

Ibiza, 7 de diciembre de 2018

La secretaría técnica del Departamento de Turismo, Interior, Territorio y Movilidad

en sustitución del secretario técnico del Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales

(DP núm. 20180001040 de 5 de diciembre de 2018)

Margarita Planells Torres

     

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE IBIZA Y EL AYUNTAMIENTO DE IBIZA PARA IMPULSAR FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRENDEDOR EN IBIZA PARA LA PROMOCIÓN DE POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO, LA PROMOCIÓN ECONÓMICA Y EL DESARROLLO LOCAL - EIVISSA CREA - AÑO 2018

Eivissa, de de 2018

REUNIDOS

Por un lado, el señor Vicente Torres Guasch, presidente del Consejo Insular de Ibiza, en representación de esta entidad, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 8/2000, de 25 de octubre de consejos insulares, y el art. 52 del Reglamento Orgánico de esta corporación, con domicilio en Ibiza, Av. España 49 y con CIF S-0733001-B.

Por otro, el señor Rafael Ruiz González, alcalde del Ayuntamiento de Ibiza, en representación de esta entidad, actuando en virtud de las facultades previstas en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, con domicilio en Ibiza, calle Pere Tur 1 y con CIF P-0702600-H.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar este Convenio y

MANIFIESTAN

I. Que el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Ibiza tienen entre sus fines la promoción del empleo estable y de calidad de los ciudadanos y ciudadanas del municipio de Ibiza y de toda la isla respectivamente, mediante, entre otros, el desarrollo de estrategias de promoción económica y desarrollo local y de fomento del espíritu emprendedor, el autoempleo y la creación de empresas.

II. Visto que la Ley 7/1985, de 27 de abril, Reguladora de las Haciendas Locales, prevé en su artículo 36.b) como competencia de los consejos insulares, la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica y dado que el Ayuntamiento de Eivissa, a través del servicio Eivissa Crea, ubicado en el Vivero de Empresas y dependiente de la Concejalía de Promoción Económica y Desarrollo Local, da apoyo directo a las personas emprendedoras y asesoramiento a largo plazo en el proceso de creación y consolidación de sus empresas, siendo el único servicio de estas características en toda la isla de Ibiza.

III. Que desde sus inicios el servicio Eivissa Crea ha asesorado más de 1800 ideas y proyectos empresariales presentados por más de 2450 personas emprendedoras y se han evaluado más de 130 empresas. En el Vivero de Empresas han sido incubadas 52 empresas, de las cuales casi el 90% siguen en funcionamiento.

IV. Que los mecanismos de colaboración establecidos anteriormente entre ambas entidades permitieron que más de la mitad de los proyectos asesorados en Ibiza Crea fueran de personas emprendedoras de fuera del municipio de Ibiza, siendo la media de personas atendidas fuera del municipio entre 2009 y 2017 del 50,15% (ANEXO I).

V. Que el coste total anual de este servicio y de las acciones de fomento y apoyo a la creación y consolidación de empresas es de 137.500,00 € (ANEXO II).

VI. Que, en base a la ocupación real a mediados de este año, el Vivero de empresas, tiene una previsión de ingresos durante el año 2018 de 15.000 €.

VII. Que es voluntad de ambas instituciones que todos los ciudadanos de la Isla de Ibiza puedan beneficiarse del asesoramiento y apoyo proporcionado por Eivissa Crea de fomento del espíritu emprendedor y creación y consolidación de empresas.

Y por todo lo expuesto, ambas partes suscriben este convenio que se rige por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.- Objeto del convenio

Es objeto del presente convenio establecer los términos y las condiciones de colaboración entre el Consell Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Eivissa para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Ibiza para la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local durante el año 2018.

Segunda.- Obligaciones por parte del Ayuntamiento de Ibiza

1.- Soporte técnico del equipo de profesionales del servicio Eivissa Crea durante todo el proceso de creación y consolidación de empresas a personas emprendedoras de toda la isla de Ibiza:

• Asesoramiento y tutorización del itinerario personalizado de creación y / o consolidación de empresas de los usuarios (técnico responsable del Servicio en colaboración con uno de los agentes de empleo y desarrollo local del Ayuntamiento de Ibiza y un técnico asesor del Instituto de Innovación Empresarial de las islas Baleares - IDI)

• Facilitar asesoramiento específico en áreas de negocio concretos (en colaboración con asociaciones empresariales con presencia en Ibiza: PIMEEF)

Las personas usuarias del servicio provienen de todos los municipios de la isla, derivadas de diversas instituciones, desde el propio Ayuntamiento de Ibiza y del Consejo de Ibiza, del SOIB, del IDI, de Pimeef y también de las oficinas de atención al emprendedor de los otros municipios de la isla, para recibir en Ibiza Crea un asesoramiento y una tutorización más en profundidad de la que se puede recibir en cualquier otra entidad.

2.- Facilitación de espacio en el Vivero de Empresas a empresas de nueva creación promovidas por emprendedores de toda la isla de Ibiza.

3- Realización de acciones de difusión y promoción de la emprendedoría especialmente dirigidas a jóvenes y mujeres:

• Difusión del espíritu emprendedor a alumnos de los IES (en colaboración con los agentes de empleo y desarrollo local del Ayuntamiento de Ibiza) - oferta de charlas bajo demanda de 2 horas de duración a alumnos de los IES de la isla para sensibilizar sobre el emprendimiento complementados con visitas al vivero de empresas y la participación de alguna empresa del sector de los estudios de los alumnos.

• Realización de la segunda edición de la gimcana CREATHLÓ - itinerario de creación de empresas especialmente dirigida a alumnos de los IES, en el marco de la I Feria de emprendimiento EIVISSA CREA [Octubre 2018].

• Cesión de un espacio para mujeres emprendedoras, durante el mes de noviembre, en el marco de las actividades de promoción del emprendimiento en mujeres mediante el Día Internacional de la Mujer Emprendedora el 19 de Noviembre. Durante todo el mes de Noviembre se cederá un espacio en un local en el exterior del mercado Nuevo para mujeres emprendedoras y empresarias puedan mostrar, testar y vender sus productos, servicios y actividades. [Noviembre 2018].

4.- Realización de actuaciones de apoyo a la persona emprendedora en el proceso de creación de empresa:

◦ Talleres de creación de empresa - En el momento de comenzar el camino empresarial surgen muchas dudas: ¿Dónde voy? ¿Qué me hace falta? Cómo lo hago? Dudas que se pueden resolver teniendo una buena información a la hora de dirigirse a un lugar o en otro. Los talleres se realizan en la sala de usos múltiples del Vivero de empresas de 10 a 12 h:

◦ Taller Gestión Administrativa del autónomo - Para aprender a manejar altas fiscales, otros de permisos y licencias de actividad, contabilidad y facturación, impuestos (IVA e IRPF). [Marzo 2018] [Noviembre 2018]

5.- Actuaciones de apoyo inicial a la actividad emprendedora:

• Talleres especializados en áreas específicas:

◦ Planificación y gestión eficaz del tiempo - taller de 4 horas dirigido a pymes y emprendedores para aprender los fundamentos que permitirán una planificación y gestión eficaz del tiempo. [Febrero 2018]

◦ Claves para potenciar la calidad y la satisfacción del cliente - taller de 6 horas dirigido a pymes y emprendedores para aprender a gestionar y potenciar de manera efectiva la calidad del servicio, la satisfacción de clientes y la reputación de la empresa. [Febrero 2018]

◦ Mindfulness para gestionar el estrés laboral - taller de 4 horas dirigido a pymes y emprendedores para aprender a gestionar de forma eficaz el estrés laboral. [Marzo 2018]

◦ Comunicación y habilidades sociales - taller de 4 horas dirigido a personas emprendedoras y jóvenes empresas para aprender los fundamentos de la comunicación y de las habilidades sociales. [Marzo 2018]

◦ Técnicas de ventas y fidelización del cliente - taller de 9 horas dirigido a personas emprendedoras y jóvenes empresas para aprender los fundamentos de las técnicas de venta. [Abril 2018]

6.- Realización de acciones de difusión y promoción de nuevas metodologías de gestión empresarial y de buenas prácticas empresariales:

• I Feria de emprendimiento Ibiza Crea con un espacio de exposición y demostración para empresas e instituciones y un programa de actividades y charlas para dar herramientas de calidad a las personas emprendedoras y las jóvenes empresas. [Octubre 2018]

7.- Hacer frente a los gastos restantes del resultado de este convenio por importe de 85.300 €.

Tercera.- Aportaciones del Consejo Insular de Ibiza. condiciones

El Consejo Insular de Ibiza aportará como máximo de 30.000,00 euros y correrá a cargo de la partida 4220.46200, según se prevé en el plan estratégico de subvenciones (BOIB núm. 37 de 03/24/2018).

Esta aportación es compatible con la concesión de otras ayudas por el mismo concepto por parte de otras entidades públicas o privadas, sin perjuicio de la obligación del Ayuntamiento de Ibiza comunicarlo al Consejo Insular de Ibiza.

En ningún caso el importe de las aportaciones y las ayudas recibidas puede superar el coste de la actividad, según el presupuesto que obra en el anexo del presente convenio.

Cuarta.- Pago

El pago de la aportación descrita en la estipulación tercera se realizará en el plazo máximo de 30 días desde la presentación por parte del Ayuntamiento de Ibiza de la documentación justificativa que se especifica en la estipulación quinta.

Quinta.- Justificación

Para la justificación del Convenio, el Ayuntamiento de Ibiza deberá presentar la siguiente documentación:

1.- Certificado de la secretaría del Ayuntamiento de Ibiza en el que se acredite el conjunto de las obligaciones reconocidas y pagadas en cumplimiento del objeto de este convenio (Ibiza-Crea Año 2018).

El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en el presente convenio o la justificación insuficiente de la misma conllevará la reducción proporcional de la parte no ejecutada del presupuesto que figura en el anexo II del convenio o, en caso de total incumplimiento, su revocación en aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. las causas de reintegro y el procedimiento para su exigencia deben ser regidas por lo establecido en el artículo 44 del RD Leg. 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de de subvenciones.

2.- Memoria técnica de las actividades realizadas, que deberá especificar los usuarios del servicio indicando los que son residentes del municipio y cuáles son de fuera del municipio. Esta memoria deberá indicar todas las acciones realizadas y su coste.

La justificación de este convenio se realizará antes del 5 de diciembre de 2018.

3.- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, así como estar al corriente de las obligaciones tributarias o de otro tipo ante el Consejo Insular de Ibiza , o declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa competente o notario público de estar. Se podrá autorizar el Consejo Insular para conseguir esta documentación.

4.- Certificado de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 10 de texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

5.- Si la documentación presentada es incompleta o incorrecta, el servicio responsable pedirá al Ayuntamiento de Ibiza que haga la rectificación oportuna en el plazo improrrogable de (siete) 7 días hábiles.

6.- En ningún caso serán gastos subvencionables, y por tanto, no podrán formar parte del presupuesto subvencionable ni del presupuesto del proyecto las siguientes:

- Gastos que no cumplan los requisitos establecidos por la normativa específica en materia de subvenciones aplicable.

- Los gastos el importe supere el precio superior al de mercado.

- Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, las periciales para la realización del proyecto subvencionable.

- Los intereses deudores de las cuentas bancarias, recargos y sanciones administrativas y los gastos de procedimientos judiciales.

- Los impuestos indirectos, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos sobre la renta.

- Los gastos relativos a comidas, refrigerios, servicios de comidas o de otros parecidos.

- Los gastos de inversión.

- En ningún caso no será gasto subvencionable el impuesto de valor añadido (IVA), excepto el IVA no recuperable cuando sea costeado de forma efectiva y definitiva por el beneficiario.

Si el gasto justificado supera el importe concedido, la posible desviación presupuestaria irá a cargo de la entidad subvencionada. Si, por el contrario, el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado, se reducirá proporcionalmente la subvención concedida.

El Consejo Insular de Ibiza podrá inspeccionar las actividades subvencionables, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder, por normativa legal o reglamentaria, a otros organismos o instituciones.

Sexta.- Requisitos de contratación

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cantidades establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de octubre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/2013 / UE y 2014/24 / UE, de 26 de febrero de 2014, para el contrato menor, el Ayuntamiento deberá seguir los trámites y procedimientos previstos en esta ley para su contratación.

Séptima.- Publicidad

El Ayuntamiento de Eivissa se compromete a que en los carteles, anuncios, folletos, stands y en todo el material relativo a las actividades objeto de este convenio figurará expresamente la colaboración del Consejo Insular de Ibiza, y su logotipo . También hará constar esta colaboración en su memoria anual.

Octava.- Resolución

El no cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del presente convenio por alguna de las partes podrá dar lugar a su rescisión, con las obligaciones y efectos previstos en la normativa vigente aplicable.

Novena.- Vigencia

El presente Convenio de Colaboración tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, y no se prevé en ningún caso su prórroga.

Y, en prueba de conformidad firman este documento, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por el Consell Insular d’Eivissa

Por el Ayuntamiento de Ibiza

El Presidente

El Alcalde

Vicent Torres Guasch

Rafael Ruiz González

 

 

ANEXO I

ATENCIONES EIVISSA CREA DESGLOSADO POR MUNICIPIOS

ANEXO I

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Eivissa

44,25

47,02

50,21

45'27

48'15

45'43

48'94

49'27

49’35

Santa Eularia

23'45

24'40

21'28

20'40

23'15

28'57

21'28

20'29

21’10

Sant Antoni

12'39

12'20

11'81

13'43

12'04

8'99

8'51

8'70

9’00

Sant Josep

13'72

13'39

13'19

16'92

13'89

14'29

19'15

21'74

18’25

Sant Joan

6'19

2'88

3'40

3'98

2'78

1'79

2'13

0'00

1’80

Total Fora Vila

55'75

52'98

48'79

54'73

51'85

53'57

51'06

50'73

50’15

 

ANEXO II

 PREVISIÓN DE GASTOS E INGRESOS (€)

PREVISIÓN DE GASTOS

GASTOS PERSONAL

54.000,00

Director Área (45%)

 

Responsable Eivissa Crea

 

GASTOS ALQUILER Y GENERALES

52.000,00

Alquiler local Vivero Empresas

 

Gastos generales

 

ACTIVIDADES EIVISSA CREA

30.000,00

Consultoría especialitzada PIMEEF

 

Actividades formativas externas

 

I Feria Eivissa Crea Creathló

 

PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

1.500,00

Publicidad y difusión de las actuaciones

 

TOTAL

137.500,00

PREVISIÓN DE INGRESOS

Pago de tasas de incubación de empresas

15.000,00

Recursos propios del Ayuntamiento de Ibiza

85.300,00

Aportación del Consell Insular de Ibiza

30.000,00

IDI

7.200,00

TOTAL

137.500,00