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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 12797
Regiduría de Función Pública y Gobierno Interior. Regulación zonas del centro octubre 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento de Palma mediante Decreto núm. 178 de fecha 9 de octubre de 2018 acordó: ""Regular en aplicación del artículo 17.7 de la vigente OMOVP, autorizar y dar cobertura a la ocupación de varias zonas del Centro Histórico, fijando la superficie de ocupación máxima, su situación y el porcentaje de afectación total de la plaza, en la mayoría de los casos afectadas por una reducción de espacio, debiendo ajustarse dicha ocupación a las condiciones específicas que se fijan en la presente resolución:

1. La presente es una propuesta municipal que delimita los espacios globales acotados, según planos adjuntos, de las zonas siguientes:

- Pl. Porta Pintada: ocupación propuesta 219’93m². Horario general: de 7:00h a 00:00h. Viernes, sábados y días anteriores a los festivos hasta las 00:30h del día siguiente. Porcentaje de ocupación 12,13.

- Pl. Alexandre Jaume: ocupación propuesta 37’91m². Horario de 08:00h a 23:00h. Porcentaje de ocupación 4,59.

- Pl. Capellers: ocupación propuesta 72’68m². Horario de 08:00h a 23:00h. Porcentaje de ocupación 15,17.

- Pl. Coll: ocupación propuesta 140’56m². Horario de 08:00h a 23:00h. Porcentaje de ocupación 33,65.

- Principio c/ Sindicato: ocupación propuesta 63’24m². Horario de 08:00h a 23:00h. Porcentaje de ocupación 22,92.

- Pl. Mercè: ocupación propuesta 30,00m². Horario: de 08:00h a 23:00h. Porcentaje de ocupación 13,76.

- Pl. Raimundo Clar: ocupación propuesta 245’20 m². Horario de 8:00h a 23:00h Porcentaje de ocupación 13,73. El triángulo central de la plaza tendrá que quedar totalmente libre de elementos. Los bares o cafés, cafeterías y restaurantes ubicados en la plaza podrán ocupar la vía pública con la anchura máxima definida al plano adjunto. Únicamente los locales ubicados en las calles que confluyen en la plaza y su fachada esté en la parte mas cercana de los árboles, podrán colocar los elementos entre los alcorques.

- Pl. Olivar: ocupación propuesta 106.’00 m². Horario general: de 7:00h a 00:00h. Viernes, sábados y días anteriores a los festivos hasta las 00:30h del día siguiente. Porcentaje de ocupación 4,50.

- La Rambla: ocupación propuesta 146’53 m². Horario general: de 7:00h a 00:00h. Viernes, sábados y días anteriores a los festivos hasta las 00:30h del día siguiente. Porcentaje de ocupación 3,41. Sólo se autorizarán a bares o cafés, cafeterías y restaurantes que tengan más de la mitad de la proyección perpendicular de su fachada a la parte delimitada como ocupable en el plano adjunto, que es toda la superficie central peatonal comprendida entre los pasos de vehículos y de peatones que la limitan. Se podrán autorizar además de mesas y sillas, estufas, sombrillas (no toldos), 2 mamparas rígidas transparentes por ocupación, separadas 10 cm. del suelo y con una altura máxima de 1’70 m, que se colocaran de forma transversal al paseo. Las zonas a ocupar siempre respetarán una zona de paso central para peatones de 4 metros. El personal que atienda las terrazas, necesariamente tendrá que transitar zonas peatonales o pasos de peatones, siendo responsables los titulares de la licencia. En las siguientes fechas tendrán preferencia en la ocupación los titulares de los quioscos de flores:

a.- Días 13 y 14 de febrero, “Día de San Valentín”.

b.- De día 28 de octubre al 2 de noviembre, festividad de Todos los Santos.

c.- Tres días previos al fin de semana de mayo “Día de la *Madre”.

2. Dado que esta normativa determina la superficie total de la plaza y la zona ocupable, gráfica y porcentualmente, se establece que en las plazas que tengan agotada la ocupación no se podrán instalar más terrazas, y si hubiera incremento de negocios de restauración, el espacio ocupable permitido se tendrá que distribuir entre todos ellos de manera proporcional.

3. Sólo se autorizarán mesas, sillas, estufas, sombrillas y 2 mamparas rígidas transparentes por ocupación, separadas 10 cm. del suelo y de una altura máxima de 1’70 m. Respecto de los toldos se estará a lo que prevé la OMOVP del 2018 que sólo mantiene la moratoria para los existentes. Todos los elementos se tendrán que retirar obligatoriamente cada día.

4. La propuesta municipal delimita un espacio global acotado, en el ámbito del cual se podrá autorizar la ocupación de la vía pública mediante licencia previa solicitud de cada peticionario. En el caso de que las peticiones superen el espacio ocupable, éste será redistribuido cada año, proporcionalmente entre los establecimientos solicitantes.

5. La entrada en vigor de esta resolución será el 1 de enero de 2019.

6. En todo momento prevalecerá el derecho del Ayuntamiento para realizar actividades singulares (conciertos, mercadillos, exposiciones, ferias, actividades ciudadanas, etc.) y en caso de necesidades urbanísticas o imprevistos, comprometiéndose los autorizados a retirar todos los elementos de la ocupación al ser requeridos, sin derecho a indemnización o compensación.""

Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos.

  

Palma, 10 de diciembre de 2018.

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INTERIOR

Juan Carlos Sastre Sastre

Documentos adjuntos