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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 12796
Regiduría de Función Pública y Gobierno Interior. Pla ordenación playa de Palma octubre 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento de Palma mediante Decreto nº 7956 de 17 de abril de 2018 acordó :  ""Autorizar y dar cobertura a la regulación de la zona de ocupación de terrazas de la primera línea de la Playa de Palma, desde la calle Grúa hasta la calle Amilcar, que se tendrá que autorizar mediante licencia, previa solicitud de los interesados, de conformidad con la misma normativa aplicada al resto de ocupaciones de la vía pública de esta ciudad y a las siguientes condiciones específicas:

1. El presente es un plan de ocupación de vía publica para la primera línea de Playa de Palma para el año 2018 y siguientes. 

2. La regulación afecta en la zona comprendida desde la calle Amilcar hasta la calle Perla, y permitirá la ocupación ante la proyección de su fachada, únicamente, del espacio de 1.90 metros de anchura situado en el paseo, siendo el límite más alejado la alineación exterior de los alcorques de la primera línea de palmeras, y el límite interior el resultado de aplicar la medida de la anchura, siempre que desde ésta quede la distancia mínima de 2 metros lineales completamente libres por el tránsito de peatones en el espacio de dominio y uso público, sin que se permita la ocupación del espacio interior de los alcorques de las palmeras y/o arbolado de la zona, y desde la calle Perla hasta la calle Grúa, mantener esta ordenación ampliando 0.80 metros hacia el espacio central de peatones, hasta un total de 2’70 metros de anchura.

3. El horario autorizable será el que rige en esta zona: desde el 1 de abril al 31 de octubre de 08:00h a 01:00h. Finalizada estas fechas regirá el horario general, que en lugar de la 01:00h será las 00:30h.

4. En todo momento prevalecerá el derecho del Ayuntamiento para realizar actividades singulares (conciertos, mercadillos, exposiciones, ferias, actividades ciudadanas, etc.) y en caso de necesidades urbanísticas o imprevistas, comprometiéndose los autorizados a retirar todos los elementos de la ocupación al ser requeridos, sin derecho a indemnización o compensación.""

Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos.

Palma, 10 de diciembre de 2018

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INTERIOR

Juan Carlos Sastre Sastre

Documentos adjuntos