Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 12776
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal 13T.OD reguladora de la Tasa para prestación de servicios y realización de actividades en instalaciones municipales y uso de escuelas públicas
El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2018 acordó aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal 13T.OD reguladora de la Tasa por prestación de servicios y realización de actividades en instalaciones municipales y uso de escuelas públicas.
Dicho acuerdo fue publicado en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica en fecha 11 de octubre de 2018, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de fecha 12 de octubre de 2018 y en el BOIB núm. 127 de fecha 13 de octubre de 2018.
Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan interpuesto reclamaciones, el referido acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con el artículo 17.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las modificaciones de las ordenanzas entrarán en vigor día 1 de enero de 2019, previa publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 17.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales el artículo 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El texto íntegro de los artículos donde constan las modificaciones es el siguiente:
ORDENANZA FISCAL 13T.OD
TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN INSTALACIONES MUNICIPALES Y USO DE ESCUELAS PÚBLICAS.
FUNDAMENTO LEGAL
ARTÍCULO 1.
De conformidad con el articulo 20 del RD Legislativo 2/2004, se establece una tasa por prestación de servicios y realización de actividades en instalaciones municipales y uso de escuelas públicas.
CUOTAS Y TARIFAS
ARTÍCULO 4
RECOGIIDA DE CARROS DE COMPRA DE LA VIA PÚBLICA |
19,20€ |
CASES DE SON TALENT |
€/DIA |
- Grupos d’1 a 15 personas |
15€/grupo |
- Grupos de 16 a 30 personas |
30€/grupo |
- Grupos de 31 a 50 personas |
45€/grupo |
- Grupos de 51 a 75 personas |
55€/grupo |
- Grupos de 76 a 100 personas |
65€/grupo |
- a partir de 100 personas |
(*) |
(*) Para grupos superiores a 100 personas la taaa se calcula sumando a 65€ el coste que corresponde por el incremento de personas.
ESCOLA RURAL DEL PUIG D’ALANAR |
€/DIA |
€/FINES DE SEMANA |
€/SEMANA |
- Grupos d’1 a 15 personas |
15€/grupo |
30€/grupo |
70€/grupo |
- Grupos de 16 a 30 personas |
30€/grupo |
54€/grupo |
100€/grupo |
- Grupos de 31 a 50 personas |
45€/grupo |
60€/grupo |
150€/grupo |
- Grupos de 51 a 75 personas |
55€/grupo |
70€/grupo |
175€/grupo |
- Grupos de 76 a 100 personas |
65€/grupo |
85€/grupo |
200€/grupo |
- a partir de 100 personas |
(**) |
(**) |
(**) |
(**) Para grupos superiores a 100 personas la tasa se calcula sumando a la tasa correspondiente al grupo de 76 a 100 personas el coste que corresponde per l’incremento de personas.
ESCOLA RURAL SA MURTERA |
€/DIA |
- Grupos d’1 a 15 personas |
15€/grupo |
- Grupos de 16 a 30 personas |
30€/grupo |
- Grupos de 31 a 50 personas |
45€/grupo |
- Grupos de 51 a 75 personas |
55€/grupo |
- Grupos de 76 a 100 personas |
65€/grupo |
- a partir de 100 personas |
(*) |
(*) Para grupos superiores a 100 personas la tasa se calcula sumando a 65€ el coste que corresponde por el incremento de personas.
Otros servicios, el equivalente al coste del servicio previa fijación por la Junta de Gobierno.
Manacor, 5 de diciembre de 2018
La alcaldesa,
Catalina Riera Mascaró