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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 12731
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 5 de diciembre de 2018 por la que se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. El 9 de marzo de 2018, mediante un Acuerdo del Consejo de Gobierno, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) n.º 31, de 10 de marzo.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde su aprobación motiva la necesidad de ajustar las previsiones contenidas en el anexo. Ahora bien, aunque éste se estructura en objetivos y líneas sin tener en cuenta el órgano directivo, con respecto a la explicación de los hechos deben tenerse en cuenta los mismos, ya que las modificaciones concretas de las líneas que se especifican en el anexo son gestionadas directamente, en este caso, por la Consejería de Cultura, Participación y Deportes.

3. Por una parte, la Consejería mencionada incluye dos nuevas líneas que integran el Objetivo estratégico IV, Convivencia e Instituciones Sólidas, concretamente en la línea IV.3 Programas de integración e inclusión sociales. Con respecto a la línea IV.3.10, se trata de una convocatoria anual de ayudas para que las entidades de voluntariado puedan hacer frente a unos gastos obligatorios derivados del seguro de las personas voluntarias que trabajan en ámbitos diversos, por lo que la dotación prevista es de 32.500 euros.

La otra línea IV.3.11 con convocatoria anual tiene como objetivo la puesta en valor del mundo del voluntariado y el reconocimiento a una tarea que da respuesta en toda una serie de necesidades de diferente naturaleza, por la que se prevé una dotación de 12.500 euros.

4. Por otra parte, se propone la modificación de las líneas VI.5.2, VI.5.6 y VI.5.7 y la inclusión de dos nuevas líneas, VI.5.8 y VI.6.3, que integran el Objetivo estratégico VI, Acceso a la Enseñanza y a la Cultura. Con respecto a línea VI.5.2, se cambia la descripción de la convocatoria en el sentido de suprimir la referencia al año 2018, visto el carácter anual de la misma. La línea VI.5.6 aumenta en 50.000 euros su dotación, por lo que el importe total de esta línea asciende a 150.000 euros.

En cuanto a la línea VI.5.7 se modifica la nomenclatura, dado que el Servicio de Voluntariado Europeo del programa Erasmus + ya no existe, y, en su lugar, se crea un nuevo programa denominado “Cuerpo Europeo de Solidaridad”.

Con respecto a la nueva línea VI.5.8, se trata de una convocatoria de ayudas para el año 2019 consistente en la suscripción con carácter temporal y gratuito para aquellos que cumplan dieciocho años el año de la convocatoria, con una dotación de 30.000 euros. La otra línea VI.6.3, con convocatoria anual, justifica su inclusión en la necesidad de preservar la memoria de la democracia y, también, en la creación de secciones específicas en los archivos públicos, con una dotación de 100.000 euros.

5. Visto lo expuesto en los apartados anteriores, es necesario modificar el anexo al Plan Estratégico de subvenciones 2018-2020, con el fin de incorporar las modificaciones y las nuevas líneas que se prevén.

6. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido de incluir cuatro líneas nuevas de subvenciones y modificar tres.

Así, quedan incorporadas al Plan las líneas IV.3.10, IV.3.11, VI.5.8 y VI.6.3 siguientes:

PLA ESTRATÉGICO SUBVENCIONES 2018-2020

— OBJETIVO IV

CONVIVENCIA E INSTITUCIONES SÓLIDAS

IV.3 Programas de integración e inclusión sociales

IV.3.10

Dirección general o entidad: Dirección General de Participación y Memoria Democrática.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: subvenciones para que las entidades de voluntariado puedan tener aseguradas las personas voluntarias y acreditadas que trabajan en ámbitos diversos. También para que puedan llevar a cabo campañas de captación de nuevas personas voluntarias.

Objetivos y efectos: Puesta en valor del mundo del voluntariado y seguridad para las personas voluntarias y las entidades promotoras de programas que disponen de voluntariado.

Coste: 32.500 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia en el mercado.

IV.3.11

Dirección general o entidad: Dirección General de Participación y Memoria Democrática.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: premios autonómicos de voluntariado. Se convocará un premio de voluntariado por isla, para poner en valor e impulsar un programa de voluntariado o iniciativa de entidades de voluntariado que mejore y acerque al voluntariado al resto de la ciudadanía. Por otra parte, se premiará con un reconocimiento autonómico a una persona que haya destacado en el mundo del voluntariado.

Objetivos y efectos: puesta en valor del mundo del voluntariado y estímulo de actitudes ciudadanas activas e implicadas en el mundo del voluntariado.

Coste: 12.500 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia en el mercado.

— OBJETIVO VI

ACCESO A LA ENSEÑANZA Y A LA CULTURA

VI.5 programas culturales juveniles

VI.5.8

Dirección general o entidad: Dirección General de Deportes y Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: subvenciones en especie consistentes en la suscripción temporal y gratuita en una publicación diaria a las personas que cumplen dieciocho años durante el año de la convocatoria.

Objetivos y efectos: fomentar la lectura de prensa entre las personas jóvenes.

Coste: 30.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

VI.6 Conservación y promoción del patrimonio cultural

VI.6.3

Dirección general o entidad: Dirección General de Participación y Memoria Democrática.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: línea de ayudas para la digitalización de archivos públicos y privados de documentación de interés relacionada con la memoria democrática.

Objetivos y efectos: garantizar la preservación de los legados documentales públicos y privados relacionados con la memoria democrática. Está dirigida a ayuntamientos, asociaciones, fundaciones, sindicatos y partidos políticos.

Coste: 100.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia en el mercado.

Con respecto a las líneas VI.5.2, VI.5.6 y VI.5.7, quedan modificadas de la siguiente manera:

—   OBJETIVO VI

ACCESO A LA ENSEÑANZA Y A LA CULTURA

VI.5 Programas culturales juveniles

Donde dice:

VI.5.2

Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: ayudas mediante la convocatoria del certamen de Spots Carné Joven 2018, dirigida a los centros educativos de secundaria de las Illes Balears.

Objetivos y efectos: aumentar el conocimiento del Carné Joven entre los centros educativos de las Illes Balears y fomentar el aprendizaje de herramientas audiovisuales y la creatividad de las personas jóvenes mediante la realización del spot.

Coste: 9.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

Debe decir:

VI.5.2

Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: ayudas mediante la convocatoria del certamen de Spots Carné Joven, dirigida a los centros educativos de secundaria de las Illes Balears.

Objetivos y efectos: aumentar el conocimiento del Carné Joven entre los centros educativos de las Illes Balears y fomentar el aprendizaje de herramientas audiovisuales y la creatividad de las personas jóvenes mediante la realización del spot.

Coste: 9.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

Donde dice:

VI.5.6

Dirección general o entidad: Dirección General de Deportes y Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: subvenciones destinadas a fomentar proyectos de intervención,

de investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud, en el ámbito territorial de las Illes Balears.

Objetivos y efectos: promover la investigación, la innovación y las publicaciones en todo lo referente a la juventud y al análisis de la situación de las personas jóvenes en las Illes Balears.

Coste: 100.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

Debe decir:

VI.5.6

Dirección general o entidad: Dirección General de Deportes y Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: subvenciones destinadas a fomentar proyectos de intervención, de investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud, en el ámbito territorial de las Illes Balears.

Objetivos y efectos: promover la investigación, la innovación y las publicaciones en todo lo referente a la juventud y al análisis de la situación de las personas jóvenes en las Illes Balears.

Coste: 150.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

Donde dice:

VI.5.7

Dirección general o entidad: Dirección General de Deportes y Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: subvenciones dirigidas a las entidades de las Illes Balears que

participan en el programa de Voluntariado Europeo del programa Erasmus +

Juventud.

Objetivos y efectos: apoyar a las entidades que acogen voluntarios en las Illes Balears, en el marco del programa de Voluntariado Europeo del programa Erasmus + Juventud.

Coste: 50.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

Debe decir:

VI.5.7

Dirección general o entidad: Dirección General de Deportes y Juventud.

Fuente de financiación: capítulo IV.

Descripción: subvenciones dirigidas a las entidades de las Illes Balears que

participan en la iniciativa comunitaria Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Objetivos y efectos: dar apoyo a las entidades que acogen voluntarios en las Illes Balears, en el marco del programa Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Coste: 20.000 €.

Convocatoria: anual.

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado.

2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 5 de diciembre de 2018

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí